24 C
Iquitos
spot_imgspot_img

JUZGADO MIXTO

Date:

Share:

JUZGADO MIXTO – Sede Requena (MBJ)
EXPEDIENTE: 00037-2021-0-1905-JM-CI-01
MATERIA: DECLARACION DE UNION DE HECHO
JUEZ: RIVEROS DA SILVA FERNANDO JUNIOR
ESPECIALISTA: SOMMO MENDOZA JAVIER FRANCISCO
MINISTERIO PUBLICO: MINISTERIO PUBLICO ,
DEMANDANTE: HUAMBO FERNANDEZ, JENNY
E D I C T O    C I V I L – DECLARACIÓN UNION DE HECHO
EXPEDIENTE: 00037-2021-0-1905-JM-CI-01
Por ante el Juzgado Mixto de Requena, que despacha el Señor Juez Fernando Junior Riveros Da Silva, asistido por el Secretario Judicial Abogado: Javier Francisco Sommo Mendoza, en el Exp. Nº 00037-2021-0-1905-JM-CI-01, mediante resolución número UNO de fecha doce de noviembre del dos mil veintiuno, se dispuso publicar un extracto de la demanda y la resolución que admite a trámite la presente demanda, cuyo tenor literal es como sigue: Proceso seguido por JENNY HUAMBO FERNANDEZ contra la sucesión intestada de ROLANDO TOBAR FIGUEROA sobre DECLARACIÓN DE UNIÓN DE HECHO en la Vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO. RESOLUCIÓN NÚMERO UNO:  ADMITIR la demanda interpuesta por JENNY HUAMBO FERNANDEZ contra la sucesión intestada de ROLANDO TOBAR FIGUEROA sobre DECLARACIÓN DE UNIÓN DE HECHO en la Vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO; teniéndose por ofrecidos los medios probatorios que se indican, los que se valoraran en su oportunidad, en consecuencia, confiérasele traslado a la parte demandada, por el término improrrogable de TREINTA DÍAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, cumpliéndose con notificar por edicto a la sucesión intestada de ROLANDO TOBAR HUAMBO, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal conforme lo establece el artículo 435° última parte del primer párrafo. Efectúense asimismo las publicaciones respectivas en el Diario “La Región” por un período de tres días consecutivos. AL OTROSÍ DIGO:  Estando a lo solicitado, TÉNGASE por nombrado como su abogado defensor a la letrado BRENDA P. CASTILLO INGA, con Registro de C.A.L. N° 1845, otorgándole las facultades plasmados en el Artículo 80° del Código Procesal Civil, delegando representación con amplias facultades que confiere el Articulo 74° de la acotada norma adjetiva, señalando domicilio el indicado en la introducción del presente escrito. Fdo. Dr. Fernando Junior Riveros Da Silva, Juez; Fdo. Abog. Javier Francisco Sommo Mendoza, Secretario Judicial.
Abog: JAVIER F. SOMMO MENDOZA
Secretario Judicial
Juzgado-Mixto de la Provincia de Requena 
V-3(25, 26, 29)

PORTADA DEL DÍA

PUBLICIDAD

━ más noticias

Corte de Loreto moderniza su sistema judicial con almacenamiento de alta tecnología para magistrados

El presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto lideró un trascendental paso hacia la transformación digital de la institución al inaugurar oficialmente...

Implementación del Asistente Virtual «CURIA» en la institución judicial

Entrevista al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto Buenos días a toda nuestra región. Hoy nos encontramos con el Presidente de la...

Alertan sobre presunta minería ilegal cerca de una quebrada de Llanchama en San Juan Bautista

Pobladores encontraron palas, una motobomba y otros implementos que podr+ían estar relacionados con actividades de extracción minera no autorizada. Los moradores del centro poblado Llanchama,...

Directivos de la I.E. Generalísimo José de San Martín hacen llamado a los congresistas de Loreto para que apoyen la construcción de la nueva...

Pese a ser considerado como un colegio emblemático (Bicentenario) y contar con un CUI para la obra, las gestiones no avanzan. De la mencionada institución...

Minedu: más de 26,000 estudiantes de secundaria son atendidos en escuelas rurales

Sector Educación proyecta para ellos nuevas oportunidades de formación técnica y redes de protección Más de 26,790 estudiantes de secundaria rural son atendidos en la...

PUBLICIDAD

Artículo anterior
Artículo siguiente