EDICTO
Que, en el proceso N° 00099-2017-0-1907-JM-FP-01, seguido contra los menores A.T.S.C; L.F.G.A; M.J.Y.S; L.A.T; A.F.S.C; N.A.T; por la Infracción a la Ley Penal en la modalidad de Homicidio Calificado en agravio del occiso Arbañil Villalobos, Mark Antoni; el señor Juez del Juzgado Mixto de la Provincia Datem del Marañón Dr. Julio Alberto Almora Montoya, ha dispuesto: SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial a los TESTIGOS, esto es, ARON CAHUAZA CHANCHARI, con DNI N° 48803391 y DENIS PIZANGO CAHUAZA (D.P.C): con la presente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIOCHO.- San Lorenzo, diecisiete de agosto del dos mil dieciocho. DADO CUENTA: Que de la revisión de autos se tiene; Primero.- A que, mediante resolución número veinticuatro del 26 de julio de 2018, integrada mediante resolución veinticinco, se prorroga excepcionalmente la investigación y el internamiento de los adolescentes investigados de iniciales L.F.G.A y M.Y.S, a fin de recibir la declaración testimonial de Aron Cahuaza Chanchari y Denis Cahuaza Pizango (se les notifique por edicto), así como oficiar a la empresa Claro, y solicitar al Especialista Informático Christian Lomas Flores, entregue el informe respecto a la visualización de la memoria expandible realizada en audiencia, además oficiar a la Fiscalía Penal Corporativa del Datem del Marañón, para que informe sobre la investigación N° 124-2018. Segundo.- De lo anterior se verifica que el 07 de agosto de 2018, se remitió los edictos y programa de difusión a la Oficina de Imagen CSJ Loreto, para su publicación en el Diario “La Región”, los día miércoles 22, jueves 23 de agosto de 2018, los mismos que por razones ajenas a nuestra voluntad no fueron publicados en esas fechas. En consecuencia, Se Dispone: Recíbase la declaración testimonial de Aron Cahuaza Chanchari, para el día martes 28 de agosto de 2018, a horas 15:00, y recíbase la declaración testimonial de Denis Pizango Cahuaza, para el día 28 de agosto de 2018, a horas 16:00, en el local del Juzgado Mixto de Datem del Marañón – San Lorenzo, a quienes se les debe notificar vía edicto, bajo apercibimiento de prescindirse de su declaración testimonial en caso de inconcurrencia; para tal fin ofíciese a la oficina de imagen de la Corte Superior de Justicia de Loreto.. Interviniendo el señor Juez que suscribe por Disposición Superior. Notifíquese y ofíciese. – Juzgado Mixto de Datem del Marañón – Secretario Judicial Jorge Andres Alvarado Manuyama.
JORGE ANDRES ALVARADO MANUYAMA
Especialista Judicial
Juzgado Mixto de Datem del Marañón
V-3(22,23 y 24)
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JUZGADO MIXTO
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