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JUZGADO MIXTO

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JUZGADO MIXTO – Sede Requena (MBJ)
EXPEDIENTE: 00087-2015-0-1905-JM-FT-01
MATERIA: CONTRAVENCION AL CODIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES
JUEZ: PEDRO IVAN MURILLO MENDIVES
ESPECIALISTA: JOSE CARLOS TORRES ZAMORA
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE REQUENA,
MENOR: S C, BR
DEMANDADO: SERAPION DASILVA, JUAN GUILLERMO
DEMANDANTE: SINACAY BARDALES, MARCO ANTONIO
EDICTO
SENTENCIA: RESOLUCION NUMERO TRECE: Requena, diecinueve de junio del año dos mil Diecisiete.- AUTOS Y VISTOS, Puesto los autos en despacho del presente proceso que contiene la investigación Tutelar por Contravención a los derechos del Niño y teniendo en cuenta que la finalidad del proceso para el caso concreto, es la de RESOLVER UN CONFLICTO DE INTERESES CON RELEVANCIA JURÍDICA originada en la vulneración de derechos reconocidos a menores de edad, en aplicación del artículo III del Título Preliminar del Código Procesal Civil; correspondiendo que el Juzgador deba emitir su decisión final sobre el fondo del proceso conforme su estado. I. ANTECEDENTES: PRIMERO.- PRETENSION DEL MINISTERIO PUBLICO: 1) Es materia del proceso por contravención a los derechos de los niños y adolescentes interpuesta por el Fiscal de la Fiscalía Provincial Civil y Familia del Requena, en agravio de la menor BLANCA RUBI SINACAY COBOS (15), alumna de I.E.M.A.R. N° 60623, Bagazan- Rio Ucayali,  solicitando al Juzgado el cese inmediato de las acciones ejercidas en vulnerar la integridad psíquica a través de insultos y palabras humillantes hacia la menor agraviada y solicita que por sentencia se declare fundada la demanda… III.- DECISION: Por los fundamentos expuestos, en atención a los artículos 69° y siguientes  del Código del Niño Adolescente, articulo 197° del Código procesal Civil, el Juzgado Mixto de Requena: RESUELVE. Declarar INFUNDADA la demanda sobre contravenciones a los derechos del niño interpuesta por el Representante del Ministerio Público en agravio de la menor de iníciales B.R.S.C. (15), por vulneración en la integridad Psíquica a través de insultos y palabras humillantes al interior hacia la menor agraviada en la institución Educativa. CONSENTIDA Y/O EJECUTORIADA que sea la presente. Notifíquese vía Cedula y Edicto.
ABG. JOSÉ CARLOS TORRES ZAMORA
SECRETARIO JUDICIAL
JUZGADO MIXTO DE REQUENA
V-3(03,04 y 05)

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