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JUZGADO FAMILIA

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EDICTO FAMILIA TUTELAR
La Señora Juez del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Maynas, NOTIFICA a la agraviada MARJORIE NAREN VILCHEZ AHUANARI y al demandado ROGER SOLSOL MOZOMBITE, la parte resolutiva de la Resolución número Dos – AUTO QUE DICTA MEDIDA DE PROTECCIÓN A FAVOR DE LA AGRAVIADA, emitida en la diligencia de audiencia oral, en el Expediente Nº01810-2018-0-1903-JR-FT-02, sobre Violencia Familiar – Ley Nº30364: RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Iquitos, veintitrés de julio Del año dos mil dieciocho.- Por tales consideraciones y normas glosadas; la señora Juez del Segundo Juzgado de Familia de Maynas; RESUELVE: 1) DICTAR COMO MEDIDA DE PROTECCIÓN INMEDIATA QUE DEBERÁ CUMPLIR EL DEMANDADO ROGER SOLSOL MOZOMBITE: A) EL IMPEDIMENTO DE APROXIMACIÓN O ACERCAMIENTO CON FINES DE MALTRATO FÍSICO, EN AGRAVIO DE DOÑA MARJORIE NAREN VILCHEZ AHUANARI, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO PENALMENTE POR EL DELITO DE DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO. B) ABSTENCIÓN DE REALIZAR COMENTARIOS NEGATIVOS POR PARTE DEL DEMANDADO HACIA LA AGRAVIADA, CON FINES DE MALTRATO, A TRAVÉS DE SUS AMIGOS, FAMILIARES Y TERCEROS, BAJO APERCIBIMIENTO DE DICTARSE UNA MEDIDA MÁS SEVERA, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO. C) CESE DE ACOSO EN LA VÍA PÚBLICA, CENTRO DE TRABAJO Y EN EL DOMICILIO DE LA AGRAVIADA, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO PENALMENTE POR EL DELITO DE DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO. D) ABSTENCIÓN DE REALIZAR COMUNICACIÓN DE EPISTOLAR Y ELECTRÓNICOS COMO POR MEDIOS DE REDES SOCIALES (WHATSAPP, MESSENGER, MENSAJES DE TEXTOS) Y OTROS MEDIOS DE COMUNICACIÓN, CON FINES DE MALTRATOS HACIA LA AGRAVIADA. 2) Remítase los actuados a la FISCALIA PENAL DE TURNO, por ser competente en atención a la Ley 30364 – Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los integrantes del Grupo Familiar. 3) PUESTO EN CONOCIMIENTO DE LA PARTE AGRAVIADA: TÉNGASE PRESENTE. PUESTO EN CONOCIMIENTO DEL DENUNCIADO: TÉNGASE PRESENTE. 4) EJECUTESE la presente resolución disponiéndose que por secretaria se considere HITO estadístico y se remitan los actuados al Órgano Jurisdiccional correspondiente. Con lo que se dio por concluida la audiencia, firmando los presentes en señal de conformidad, luego que lo hizo la señora Juez, ordenándose notificar vía cédula y/o edicto al demandado y a la agraviada. CERTIFICO. Fdo. Dra. BETTY MAGALLANES HERNÁNDEZ.- Juez Titular.- Fdo.- Abogada NATALY MALDONADO RENGIFO – Secretaria Judicial que interviene por Disposición Superior.
Iquitos, 23 de julio del 2018
V-3(25,26 y 27)

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