EDICTO FAMILIA TUTELAR
El Señor Juez encargado del despacho del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Maynas, NOTIFICA a la demandada ERIKA PRISCILIA CHÁVEZ DÍAZ y al agraviado CRISTOFER FERNANDO SÁNCHEZ CHÁVEZ, la parte resolutiva del AUTO QUE DECLARA CONSENTIDA LA SENTENCIA, emitida en el Expediente Nº01326-2012-0-1903-JR-FT-03, sobre Violencia Familiar – Ley Nº26260: RESOLUCIÓN NÚMERO OCHO.- Iquitos, primero de febrero del dos mil dieciocho.- Por estas consideraciones; SE RESUELVE: 1) DECLARAR CONSENTIDA la RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE – SENTENCIA, que declara fundada la demanda de violencia familiar en la modalidad de MALTRATO PSICOLÓGICO contra ERIKA PRISCILA CHÁVEZ DÍAZ, en agravio del menor CRISTOFER FERNANDO SÁNCHEZ CHÁVEZ – Diez meses de nacido en el momento que sucedieron los hechos. 2) REQUERIR A LA DEMANDADA, CUMPLA la MEDIDA DE PROTECCIÓN DICTADA A FAVOR DEL MENOR AGRAVIADO. 3) SE ORDENA que la demandada se someta a TERAPIA SICOLÓGICA en el Hospital Regional de Loreto, a través de S.I.S. Salud Mental Comunitaria por espacio de DOCE (12) MESES; para cuyo efecto, deberá dar cuenta a este Juzgado de Familia, de su cumplimiento, sin perjuicio de que realice el trámite del seguro para su atención gratuita, bajo responsabilidad. 4) NO SE ESTABLECE REPARACIÓN CIVIL. 5) NOTIFÍQUESE VÍA EDICTO un extracto de la presente resolución. 6) SE COMUNICA a las partes procesales en caso de incumplimiento de las medidas decretadas por la Juez, se ejercerá las facultades coercitivas contempladas en el artículo cincuenta y tres del Código Procesal Civil y/o el artículo ciento ochenta y uno inciso a) y c) del Código de los Niños y Adolescentes, sin perjuicio de las responsabilidades penales a que hubieran lugar. Fdo. Dr. Alan Josue García Murrieta.- Juez Supernumerario.- Fdo.- Abogada NATALY MALDONADO RENGIFO – Secretaria Judicial que interviene por Disposición Superior.
Iquitos, 01 de febrero del 2018
V-3(05,06 y 07)