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Iquitos

JUZGADO FAMILIA

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EDICTO
La señora Juez del tercer juzgado de familia, CITA, LLAMA Y EMPLAZA a la persona de: WILMER VILCHEZ MAZANETT, a fin de hacer de su conocimiento la RESOLUCION NÚMERO DOS, de fecha 01 de junio del año dos mil diecisiete  y  por la cual SE DISPONE: 1) REPROGRAMAR fecha y hora a fin de llevarse a cabo la AUDIENCIA ORAL de las partes, para el día TREINTA Y UNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS ONCE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, debiendo concurrir al local del Tercer Juzgado de Familia Permanente de Maynas sito en Av. Grau 720 – Tercer piso de la Corte Superior de Justicia de Loreto (referencia frente Plaza 28 de Julio) – Iquitos, bajo apercibimiento que en caso de inconcurrencia a la presente diligencia, se emitirá pronunciamiento respectivo, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 35.1° del Reglamento de la Ley N° 30364.  2) REPROGRAMAR la EVALUACIÓN PSICOLÓGICA el día VEINTISEIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, debiendo el demandado WILMER VILCHEZ MAZANETT, debiendo asistir al Área de Psicología de esta sede de Corte – sótano – ubica en Av. Grau N° 720. ordenada en autos. 3) NOTIFICAR por EDICTO en el diario «La Región» y «El Peruano» al denunciado WILMER VILCHEZ MAZANETT la presente resolución, debiendo el asistente judicial recabar las publicaciones y adherirlas al expediente, bajo responsabilidad. NOTIFÍQUESE. NOTIFICÁNDOSE. Avocándose la Señora Juez y por disposición superior la cursora respectiva, en el proceso de VIOLENCIA FAMILIAR, EXPEDIENTE N° 02615-2016-0-1903-JR-FT-03.- Fdo. Dra. Rosita Varela González, Juez titular.- Fdo. Abogada Annel Lady Pinedo Vásquez -Secretaria  Judicial.
Iquitos, 10 Julio del 2017
V-3(14,17 y 18)

EDICTO
2° JUZGADO DE FAMILIA – Sede Central
EXPEDIENTE: 01310-2017-0-1903-JR-FT-02
MATERIA: VIOLENCIA FAMILIAR
JUEZ: MAGALLANES HERNANDEZ BETTY
ESPECIALISTA: SHIRLEY SORIA RIVADENEIRA
DEMANDADO: TUANAMA BAZAN, MARTHA
ARRIAGA CHOTA, CRUZ REYES
AGRAVIADO: ELLOS MISMOS
RESOLUCIÓN NÚMERO TRES, Iquitos, once de julio Del año dos mil diecisiete.- DADO CUENTA: Con el acta de reprogramación que antecede emitida por la cursora, y a fin de no retrasar el presente proceso: Se ordena REPROGRAMAR la Audiencia Única para el día MIERCOLES VEINTISEIS DE JULIO DEL AÑO EN CURSO, A HORAS DOS CON VEINTE DE LA TARDE; al local del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Maynas ubicado en Avenida Grau Nro. 720 – 1er piso de la Corte Superior de Justicia de Loreto (Referencia frente Plaza 28 de Julio) Iquitos, realizándose la llamada por el Archivo Modular de los Juzgados de Familia, debiendo presentarse con su Documento de Identidad y si lo considera con abogado o representante, bajo apercibimiento de emitirse la decisión correspondiente, sin perjuicio de ello, notifíquese por EDICTO en el diario de mayor circulación de la Región a la demandada/agraviada CRUZ REYES ARRIAGA CHOTA a fin de que tome conocimiento de la audiencia oral y no se le cause indefensión. Notifíquese.
V-3(13,17 y 18)

EDICTO
La Señora Juez Especializada del Segundo Juzgado de Familia de Maynas, Conforme a la Resolución Número CINCO del proceso Nº 02250-2016-0-1903-JR-FT-02, sobre ABANDONO MORAL Y MATERIAL , la misma que resuelve: 1. DECLARAR INFUNDADO el Estado de ABANDONO MORAL y MATERIAL menores tutelados GLADIS LUÑO FLORES (01 Y 09 meses) y RAMIRO LUÑO FLORES (03 años), quienes se encuentran actualmente bajo la protección de su progenitora doña MILIA FLORES BANEO, conforme a la resolución número dos obrante a fojas cuarenta y uno de autos. 2. EXHORTAR a la progenitora doña MILIA FLORES BANEO (19), prodigar de amor, cuidado y protección integral a los menores GLADIS LUÑO FLORES (01 Y 09 meses) y RAMIRO LUÑO FLORES (03 años), y cumplir con las responsabilidades y necesidades primordiales de los menores, garantizando su protección integral a que todo niño y/o adolescente tiene derecho, buscando alternativas de solución en favor del niño. 3. Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución; ARCHIVESE DEFINITIVAMENTE los autos en el modo y forma de ley. Sin costas ni costos. Fdo. Dra. GABRIELA RAMÍREZ REÁTEGUI.- Juez encargada; Fdo. Shirley Soria Rivadeneira.- Especialista Legal.
V-3(13,17 y 18)

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