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JUZGADO FAMILIA

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EDICTO
La Señora Juez Betty Magallanes Hernández, que interviene por vacaciones judiciales de la señora juez que despacha el Tercer Juzgado de Familia de Maynas, CITA, LLAMA Y EMPLAZA a las personas ELSA PANDURO TORRES y CELSO IGOR RAMIREZ GUIMARAES, para que se apersonen al Juzgado y notificarles la resolución número tres, trece de febrero del año dos mil diecisiete, que DISPONE:
1) DICTAR COMO MEDIDA DE PROTECCIÓN INMEDIATA. A) IMPEDIMENTO DE ACERCAMIENTO O PROXIMIDAD A LA VÍCTIMA, EN SU DOMICILIO, CENTRO LABORAL Y/O VIA PUBLICA CON FINES DE MALTRATO PSICOLÓGICO, a favor de la agraviada ELSA PANDURO TORRES; por lo que, el demandado CELSO IGOR RAMIRE< GUIMARAES, deberá abstenerse de: agredir física y verbalmente; denigrar, insultar, ofender, humillar o amenazar; a la demandante; bajo apercibimiento de ser denunciada penalmente por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad en atención a lo previsto en el artículo 24° de la Ley 30364. 2) REMÍTASE COPIAS CERTIFICADAS DE LOS ACTUADOS AL FISCAL PENAL CORPORATIVO DE TURNO DE MAYNAS, por ser competente en atención a la Ley 30364 – Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los integrantes del Grupo Familiar y al artículo 48.1° del Reglamento de la citada Ley. 3) OFICIAR Y EXHORTAR a la Comisaria PNP de 9 de Octubre, con el objeto de ejecutar la medida de protección dictada por este despacho; para tal fin se deberá proporcionar a la demandante un número telefónico al cual pueda recurrir en caso de repetirse estos hechos; debiendo informar su dependencia, cualquier incidencia producida hasta la culminación de la presente investigación, BAJO RESPONSABILIDAD. 4) EJECUTESE la presente resolución, disponiéndose que por secretaría se considere HITO estadístico y se remitan los actuados a Fiscalía correspondiente, BAJO RESPONSABILIDAD. Con lo que se dio por concluida la audiencia, firmando los presentes en señal de conformidad, luego que lo hizo la señora Juez; notificándose a las partes mediante edicto. CERTIFICO. NOTIFICÁNDOSE. Interviniendo la Señora Juez y por disposición superior la cursora respectiva, en el proceso de VIOLENCIA FAMILIAR, EXPEDIENTE N° 2648-2016-0-1903-JR-FT-03 Fdo. Dra. Rosita Varela Gonzales, Juez titular.- Fdo. Abogada Annel Lady Pinedo Vásquez -Secretaria  Judicial.
Iquitos, 20 de febrero del 2017
V-3(22,23 y 24)

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