EDICTO
En el Expediente N° 00395-2013-0-1903-JR-FT-02, la señora Juez del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Maynas, mediante Resolución Número trece de autos ha ordenado que se notifique mediante edicto la resolución número once (SENTENCIA) al demandado JORGE ARMANDO LLERENA GOMEZ a fin de que tome conocimiento del presente proceso; cuyo contenido es el siguiente: SENTENCIA: 1) DECLARO FUNDADA la demanda de Violencia Familiar en la Modalidad Maltrato Físico contra JORGE ARMANDO LLERENA GOMEZ, en agravio del menor MANUEL ANTONIO LLERENA ZAMORA. 2) SE ORDENA LA PROHIBICION DE PROXIMIDAD A LA VICTIMA CON FINES DE MALTRATO EN CUALQUIERA DE SUS FORMAS hacia el menor agraviad, asimismo EL CESE de cualquier acción de ACOSO al menor agraviado, así como cualquier acto que constituya violencia familiar, física, psicológica, ya sea a través de terceros, medios electrónicos, mediante documentos y familiares. 3) ORDENÁNDOSE que al demandado JORGE ARMANDO LLERENA GOMEZ, se someta a una terapia sicológica en el Hospital Regional mediante el S.I.S. Salud Mental Comunitaria, por un plazo de OCHO MESES para cuyo efecto ofíciese para cuyo efecto dar Cuenta al Juzgado de su cumplimiento bajo responsabilidad. 4) COMUNICANDO a las partes que en caso de incumplimiento de las medidas decretadas por la Juez en la presente resolución se ejercerá las facultades coercitivas contempladas en el artículo cincuenta y tres del Código Procesal Civil y/o el artículo ciento ochenta y uno inciso a) y c) del Código de los Niños y Adolescentes, sin perjuicio de las responsabilidades penales a que hubieran lugar. 5) Que consentida y ejecutoriada que sea la presente resolución se dispone que por secretaria SE ARCHIVE los de la materia en la forma y modo que establece la ley; sin costas ni costos. Notifíquese.- Fdo. Dra. Betty Magallanes Hernández – Juez Titular.- Fdo. Abogada Melissa Valles Fernández – Secretaria Judicial-
V-3(25,26 y 27)
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JUZGADO FAMILIA
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