EDICTO PENAL
EXP. N° 00662-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA a los sujetos procesales: GINO RUBEN MERA SAJAMI y NILDA YOLANDA ROMERO ZELADA, lo siguiente: RAZÓN: Doy cuenta a Usted, Señora Juez, que han sido devueltas las cédulas de notificación de GINO RUBEN MERA SAJAMI y NILDA YOLANDA ROMERO ZELADA, por ser ilegible la cédula de notificación y la otra porque el domicilio esta deshabitado.- Lo que comunico a Usted, para los fines de Ley.- RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO Iquitos, Veinticinco de Octubre Del Año Dos Mil Doce.- DADO CUENTA la razón de la cursora, téngase presente, y siendo el estado del proceso; NOTIFIQUESE mediante EDICTO el extracto de la Resolución Número Cuatro de fecha Diecisiete de Agosto del año en curso, la misma que RESUELVE: TENER POR CONSENTIDA la Resolución Número Dos de fecha Dieciocho de Junio del año dos mil doce, en tal sentido ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE la presente causa; debiendo remitir todos los actuados al ARCHIVO CENTRAL para su depósito definitivo.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.- NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 25 de Octubre del 2,012.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(29,30 y 31)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00810-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señorita Juez: MAJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCÍA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA al denunciado: JORGE VENANCIO PEREYRA APAGÜEÑO, lo siguiente: RAZÓN: Doy cuenta a Usted señora Juez, que en el presente proceso se ha desistido la parte agraviada; Asimismo, ha sido devuelta la cédula de notificación perteneciente al denunciado, manifestando el notificador en su razón de dicho que no se ubicó la Calle Arequipa N° 1199 con Rómulo Espinar – Punchana .- Lo que informo a Usted para los fines de ley.- RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS Iquitos, Veinticinco de Octubre Del Año Dos Mil Doce.- DADO CUENTA: la razón de la cursora, y estando a la cédula devuelta perteneciente al denunciado JORGE VENANCIO PEREYRA APAGÜEÑO, NOTIFÍQUESE por EDICTO el extracto de la Resolución Número Cinco de fecha Cinco de Setiembre del presente año, la misma que RESUELVE: TENER POR CONSENTIDA la Resolución antes mencionada, en tal sentido ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE la presente causa; debiendo remitir todos los actuados al ARCHIVO CENTRAL para su depósito definitivo.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.- NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 25 de Octubre del 2,012.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(29,30 y 31)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00816-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señorita Juez: MAJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCÍA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA al denunciante JORGE RICARDO ALVA MURGUEITO, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES Iquitos, Veinticinco de Octubre Del Año Dos Mil Doce.- DADO CUENTA: la cédula de notificación devuelta en la que se anexa la Resolución Número Dos de fecha Veintinueve de Agosto del año en curso, perteneciente al denunciante JORGE RICARDO ALVA MURGUEITO; agréguese a los autos, téngase presente, y siendo el estado del proceso NOTIFIQUESE mediante EDICTO, el extracto de la mencionada Resolución, la misma que RESUELVE: DECLARAR CONSENTIDA EL PRESENTE PROCESO, en tal sentido ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE la presente causa; debiendo remitir todos los actuados al ARCHIVO CENTRAL para su depósito definitivo.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.- NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 25 de Octubre del 2,012.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(29,30 y 31)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00876-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señorita Juez: MAJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCÍA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA al denunciante: GINO QUISPE ROMANO NAJAR, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.- Iquitos, Veinticinco de Octubre Del Año Dos Mil Doce.- DADO CUENTA: la cédula de notificación devuelta en la que se anexa la Resolución Número Dos de fecha Cinco de Setiembre del año en curso, perteneciente al denunciante GINO QUISPE ROMANO NAJAR; agréguese a los autos, téngase presente, y siendo el estado del proceso NOTIFIQUESE mediante EDICTO, el extracto de la mencionada Resolución, la misma que RESUELVE: DECLARAR CONSENTIDA EL PRESENTE PROCESO, en tal sentido ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE la presente causa; debiendo remitir todos los actuados al ARCHIVO CENTRAL para su depósito definitivo.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.- NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 25 de Octubre del 2,012.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(29,30 y 31)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00888-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señorita Juez: MAJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCÍA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA al denunciante: DARVIL HUAYLLAHUA NACIMENTO, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES Iquitos, Veinticinco de Octubre Del Año Dos Mil Doce.- DADO CUENTA: la cédula de notificación devuelta en la que se anexa la Resolución Número Dos de fecha Siete de Setiembre del año en curso, perteneciente al denunciante DARVIN HUAYLLAHUA NACIMENTO; agréguese a los autos, téngase presente, y siendo el estado del proceso NOTIFIQUESE mediante EDICTO, el extracto de la mencionada Resolución, la misma que RESUELVE: DECLARAR CONSENTIDA EL PRESENTE PROCESO, en tal sentido ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE la presente causa; debiendo remitir todos los actuados al ARCHIVO CENTRAL para su depósito definitivo.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.- NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 25 de Octubre del 2,012.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(29,30 y 31)
EDICTO PENAL
EXP. N° 01018-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA al denunciante: ROBERT CHRISTIAM ARTEAGA GUZMAN, y al inculpado OSCAR GUILLENA SIFUENTES lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES Iquitos, Veintitrés de Octubre Del Año Dos Mil Doce.
I.- ANTECEDENTES
Dado cuenta con los actuados policiales que anteceden.
II. CONSIDERANDOS:
PRIMERO: La persona de ROBERT CHRISTIAM ARTEAGA GUZMAN, denuncia que fue víctima de perturbación de la tranquilidad de su vecindad por parte del señor :OSCAR GUILLENA SIFUENTES, ocurrido el día veintiuno de Agosto del presente a las 23:45 horas aproximadamente quien con cascajo tiró al techo de calaminas de su casa, y pateó la puerta de la misma, ocasionando escándalo, perturbación contra ellos y los vecinos——-
SEGUNDO: Conforme se puede apreciar, la denunciante ha sido notificada en varias oportunidades a fin de realizarse la diligencia de Audiencia Única, pero ésta no se ha presentado, lo cual denota la falta de interés, siendo el denunciante el titular del derecho de acción y a quien le corresponde la carga de la prueba, así como la facultad de decidir si continúa o no con el trámite de la Instrucción, según lo dispone la parte pertinente del Artículo 77° del código de Procedimientos Penales, en concordancia con el Artículo 3° y 7° de la Ley 27939 que regula el proceso de Faltas; Por lo que haciendo efectivo el apercibimiento decretado por Resolución Número Dos de autos.-
III. DECISIÓN:
TÉNGASE POR DESISTIDO del presente proceso a ROBERT CHRISTIAM ARTEAGA GUZMAN, según los actuados remitidos por parte de la autoridad policial; ARCHÍVESE la denuncia en forma definitiva donde corresponda.- NOTIFÍQUESE por EDICTO DE LEY la presente Resolución.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.-
Iquitos, 23 de Octubre del 2,012.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(29,30 y 31)
EDICTO PENAL
EXP. N° 001020-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señorita Juez: MAJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCÍA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA al denunciante: ROBERT ROSARIO RIOS MALLQUI lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES Iquitos, Veinticinco de Octubre Del Año Dos Mil Doce.- DADO CUENTA: la cédula de notificación devuelta en la que se anexa la Resolución Número uno de fecha cinco de septiembre del año en curso, perteneciente al denunciante ROBERT ROSARIO RIOS MALLQUI; agréguese a los autos, téngase presente, y siendo el estado del proceso NOTIFIQUESE mediante EDICTO, el extracto de la mencionada Resolución, la misma que RESUELVE: DECLARAR NO HA LUGAR la denuncia formulada por ROBERT ROSARIO RIOS MALLQUI, por no constituir falta; ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE en el modo y forma de ley y remítase los autos al Archivo Central de la Corte debiendo remitir todos los actuados al ARCHIVO CENTRAL para su depósito definitivo.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.- NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 25 de Octubre del 2,012.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(29,30 y 31)
EDICTO PENAL
EXP. N° 01032-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA al denunciante: AUGUSTO ALEXANDER JARA BENAVIDES, Administrador de la “Granja Don Pollo”, y al denunciado: RAÚL AMASIFUEN AHUANARI, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES Iquitos, Veintitrés de Octubre Del Año Dos Mil Doce.
I.- ANTECEDENTES
Dado cuenta con los actuados policiales que anteceden.
II. CONSIDERANDOS:
PRIMERO: La persona de AUGUSTO ALEXANDER JARA BENAVIDES, Administrador de la Granja “Don Pollo” denuncia que fue víctima de hurto de cinco aves de corral por parte del señor: RAÚL AMASIFUEN AHUANARI ocurrido el día cuatro de Setiembre del presente a las 06:00 horas aproximadamente, quien al ser intervenido no supo explicar los motivos por lo que sustrajo las aves de corral de la mencionada granja.
SEGUNDO: Conforme se puede apreciar, la denunciante ha sido notificada en varias oportunidades a fin de realizarse la diligencia de Audiencia Única, pero ésta no se ha presentado, lo cual denota la falta de interés, siendo el denunciante el titular del derecho de acción y a quien le corresponde la carga de la prueba, así como la facultad de decidir si continúa o no con el trámite de la Instrucción, según lo dispone la parte pertinente del Artículo 77° del código de Procedimientos Penales, en concordancia con el Artículo 3° y 7° de la Ley 27939 que regula el proceso de Faltas; Por lo que haciendo efectivo el apercibimiento decretado por Resolución Número Dos de autos.-
III. DECISIÓN:
TÉNGASE POR DESISTIDO del presente proceso a AUGUSTO ALEXANDER JARA BENAVIDES, Administrador de la “Granja Don Pollo” según los actuados remitidos por parte de la autoridad policial; ARCHÍVESE la denuncia en forma definitiva donde corresponda.- NOTIFÍQUESE por EDICTO DE LEY la presente Resolución.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.-
Iquitos, 23 de Octubre del 2,012.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(29,30 y 31)
EDICTO PENAL
EXP. N° 0612-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señorita Juez: MAJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCÍA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA al denunciante: DANIEL MURRIETA MORI, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES Iquitos, Veinticinco de Octubre Del Año Dos Mil Doce.- DADO CUENTA: la cédula de notificación devuelta en la que se anexa la Resolución Número Dos de fecha Diecisiete de Agosto del año en curso, perteneciente al denunciante DANIEL MURRIETA MORI; agréguese a los autos, téngase presente, y siendo el estado del proceso NOTIFIQUESE mediante EDICTO, el extracto de la mencionada Resolución, la misma que RESUELVE: DECLARAR CONSENTIDA EL PRESENTE PROCESO, en tal sentido ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE la presente causa; debiendo remitir todos los actuados al ARCHIVO CENTRAL para su depósito definitivo.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.- NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 25 de Octubre del 2,012.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(29,30 y 31)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00620-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señorita Juez: MAJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCÍA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA al denunciante: PAOLO CALVO DE PINA, lo siguiente: RAZÓN: Doy cuenta a Usted señora Juez, que en el presente proceso se ha desistido la parte agraviada; Asimismo, ha sido devuelta la cédula de notificación perteneciente al denunciando, manifestando el notificador en su razón de dicho que no se ubicó la dirección domiciliaria del destinatario.- Lo que informo a Usted para los fines de ley.- RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS Iquitos, Veinticinco de Octubre Del Año Dos Mil Doce.- AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta la razón de la cursora, téngase presente, siendo el estado del proceso Y CONSIDERANDO:-PRIMERO: Que a fojas veinticuatro corre el ACTA DE DESISTIMIENTO del presente proceso, en la misma donde la parte agraviada PAOLO CALVO DE PINA; se desiste del presente proceso.-SEGUNDO: Que la Resolución Número Cinco de autos, en su parte resolutiva, RESUELVE DECLARAR CONSENTIDA LA Resolución Número Cuatro de fecha Once de Julio del año en curso, en tal sentido ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE la presente causa; debiendo remitir todos los actuados al ARCHIVO CENTRAL para su depósito definitivo.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.- NOTIFICÁNDOSE por EDICTO DE LEY.
Iquitos, 25 de Octubre del 2,012.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(29,30 y 31)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00674-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señorita Juez: MAJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCÍA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA al denunciante: MARCOS DIAZ FLORES, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE Iquitos, Veinticinco de Octubre Del Año Dos Mil Doce.- DADO CUENTA: la cédula de notificación devuelta en la que se anexa la Resolución Número Séis de fecha Diecisiete de Agosto del año en curso, perteneciente al denunciante MARCOS DIAZ FLORES; agréguese a los autos, téngase presente, y siendo el estado del proceso NOTIFIQUESE mediante EDICTO, el extracto de la mencionada Resolución, la misma que RESUELVE: DECLARAR CONSENTIDA EL PRESENTE PROCESO, en tal sentido ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE la presente causa; debiendo remitir todos los actuados al ARCHIVO CENTRAL para su depósito definitivo.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.- NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 25 de Octubre del 2,012.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(29,30 y 31)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00680-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señorita Juez: MAJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCÍA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA al denunciante: ALEJANDRINA GONZALES MOZOMBITE y denunciado LIZANDRO LOAYZA CASTILLO, lo siguiente: RAZÓN: Doy cuenta a Usted señora Juez, que en el presente proceso se ha desistido la parte agraviada; Asimismo, ha sido devuelta la cédula de notificación perteneciente al denunciante, y denunciado manifestando el notificador en su razón de dicho que no se logró ubicar el domicilio de los destinatarios .- Lo que informo a Usted para los fines de ley. RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS Iquitos, Veinticinco de Octubre Del Año Dos Mil Doce.- AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta la razón de la cursora, téngase presente, siendo el estado del proceso Y CONSIDERANDO:-PRIMERO: Que a fojas veintidós corre el ACTA DE DESISTIMIENTO del presente proceso, en la misma donde la parte agraviada ALEJANDRINA GONZALES MOZOMBITE; se desiste del presente proceso.- SEGUNDO: Que la Resolución Número Cinco de autos, en su parte resolutiva, RESUELVE DECLARAR CONSENTIDA LA Resolución Número Cuatro de fecha Veintitrés de Julio del año en curso, en tal sentido ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE la presente causa; debiendo remitir todos los actuados al ARCHIVO CENTRAL para su depósito definitivo.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.- NOTIFICÁNDOSE por EDICTO DE LEY.
Iquitos, 25 de Octubre del 2,012.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(29,30 y 31)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00716-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señorita Juez: MAJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCÍA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA al denunciante: JULIO ABRAHAN CHOTA PAREDES, lo siguiente: RAZÓN: Doy cuenta a Usted señora Juez, que en el presente proceso se ha desistido la parte agraviada; Asimismo, ha sido devuelta la cédula de notificación perteneciente al denunciante, manifestando el notificador en su razón de dicho que no se ubicó la Calle Los Rosales N° 140 AA.HH. Oscar Iván del Distrito de Belén .- Lo que informo a Usted para los fines de ley.- RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS.- Iquitos, Veinticinco de Octubre Del Año Dos Mil Doce.- AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta la razón de la cursora, téngase presente, siendo el estado del proceso Y CONSIDERANDO:-PRIMERO: Que a fojas setenta y dos corre el ACTA DE DESISTIMIENTO del presente proceso, en la misma donde la parte agraviada JULIO ABRAHAN CHOTA PAREDES; se desiste del presente proceso. SEGUNDO: Que la Resolución Número Cinco de autos, en su parte resolutiva, RESUELVE DECLARAR CONSENTIDA LA Resolución Número Cuatro de fecha Siete de Agosto del año en curso, en tal sentido ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE la presente causa; debiendo remitir todos los actuados al ARCHIVO CENTRAL para su depósito definitivo.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.- NOTIFICÁNDOSE por EDICTO DE LEY.
Iquitos, 25 de Octubre del 2,012.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(29,30 y 31)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00802-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señorita Juez: MAJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCÍA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA al denunciante: MANUEL REYNA COMETIVOS, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES Iquitos, Veinticinco de Octubre Del Año Dos Mil Doce.- DADO CUENTA: la cédula de notificación devuelta en la que se anexa la Resolución Número Dos de fecha Veintinueve de Agosto del año en curso, perteneciente al denunciante MANUEL REYNA COMETIVOS; agréguese a los autos, téngase presente, y siendo el estado del proceso NOTIFIQUESE mediante EDICTO, el extracto de la mencionada Resolución, la misma que RESUELVE: DECLARAR CONSENTIDA EL PRESENTE PROCESO, en tal sentido ARCHÍVESE DEFINITIVAMENTE la presente causa; debiendo remitir todos los actuados al ARCHIVO CENTRAL para su depósito definitivo.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.- NOTIFÍQUESE.
Iquitos, 25 de Octubre del 2,012.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(29,30 y 31)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00890-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señorita Juez: MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA a la denunciante: LUZ TERESA MERCADO VELIZ, y al denunciado JUAN MANUEL CULQUI RUCOBA, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO Iquitos, Veintitrés de Octubre Del Año Dos Mil Doce.
I.- ANTECEDENTES
Dado cuenta con los actuados policiales que anteceden.
II. CONSIDERANDOS:
PRIMERO: La persona de LUZ TERESA MERCADO VELEZ, denuncia que fue víctima de agresión física con golpes de patada en el brazo derecho por parte de su ex yerno ell señor: SO PNP JUAN MANUEL CULQUI RUCOBA, ocurrido el día once de julio del presente a horas 10:00 aproximadamente por haberle cobrado un dinero que él le debía.
SEGUNDO: Conforme se puede apreciar, la denunciante ha sido notificada en varias oportunidades a fin de realizarse la diligencia de Audiencia Única, pero ésta no se ha presentado, lo cual denota la falta de interés, siendo el denunciante el titular del derecho de acción y a quien le corresponde la carga de la prueba, así como la facultad de decidir si continúa o no con el trámite de la Instrucción, según lo dispone la parte pertinente del Artículo 77° del código de Procedimientos Penales, en concordancia con el Artículo 3° y 7° de la Ley 27939 que regula el proceso de Faltas; Por lo que haciendo efectivo el apercibimiento decretado por Resolución Número Dos de autos.-
III. DECISIÓN:
TÉNGASE POR DESISTIDO del presente proceso a LUZ TERESA MERCADO VELEZ, según los actuados remitidos por parte de la autoridad policial; ARCHÍVESE la denuncia en forma definitiva donde corresponda.- NOTIFÍQUESE por EDICTO DE LEY la presente Resolución.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición Superior.
Iquitos, 23 de Octubre del 2,012.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(29,30 y 31)