- Corte declara fundado requerimiento de Prisión Preventiva solicitado por la Segunda Fiscalía Penal Provincial de Maynas


El Juzgado de Investigación Preparatoria de la Unidad de Flagrancia Delictiva de la Corte Superior de Justicia a cargo del magistrado Jairo Neiser Salazar Angulo, declaró fundado en parte el requerimiento de Prisión Preventiva solicitado por la Segunda Fiscalía Penal Provincial de Maynas, por el período de cinco (05) meses contra: Segundo Julio Silvano Michi (40) por el delito contra el Patrimonio – Extorsión en agravio de Reyna Cachique Grefa, delito previsto y penado por el artículo 200.1 del Código Penal.
Los hechos se suscitaron cuando la denunciante fue víctima del hurto de su motokar y tras el hecho, su conviviente Rolando Inoacari Coquinche recibió llamadas y un mensaje de WhatsApp por parte de Segundo Julio Silvano Michi, quien le envió una foto del motokar y le exigió dinero bajo la expresa amenaza de desmantelar o vender su motokar; el personal policial de la UNIPIRV-Loreto tomó conocimiento de la denuncia mientras realizaba funciones de patrullaje, coordinando de inmediato un operativo de seguimiento con el conviviente de la agraviada, finalmente intervinieron a los imputados en flagrancia, procediendo a la captura de Silvano por extorsión, quien además registraba una requisitoria vigente por receptación.
El Juez verificó que existe una alta culpabilidad, por lo que el imputado puede incurrir en el peligro de fuga, además de cumplir con el pronóstico de pena y el peligro procesal, por lo que para asegurar la finalidad del proceso, dictó la prisión preventiva, ordenando su inmediato internamiento en el Establecimiento Penitenciario de Varones de Iquitos.
El principal objetivo del Poder Judicial es garantizar que el debido proceso se cumpla estrictamente para ambas partes, asegurando la imparcialidad, el derecho a la defensa, la igualdad y el respeto a todas las garantías constitucionales durante cualquier etapa del proceso judicial.






