JUZGADO DE INVESTIGACION

EDICTO PENAL
En el Exp. N° 01442-2013-0-1903-JR-PE-01, en los seguidos contra los imputados MAXIMO SOPAN MENDOZA, RIDER FERREYRA VELA Y DERICK DARLING ARGOMEDO TEJADA  por el delito contra El Patrimonio – RECECEPTACIÓN en agravio de SHIRLEY DEL ROCIO SANCHEZ SOPLIN se ha dispuesto la notificación mediante edicto al imputado DERICK DARLING ARGOMEDO TEJADA de la RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE cuyo contenido es el siguiente: “Iquitos Trece de Junio del dos mil catorce.- Estando a la razón de la Especialista Judicial de Juzgado; téngase presente.- Dado cuenta de la revisión de los actuados se verifica que a través de la resolución número siete de fecha de veinte de marzo del dos mil catorce se ordenó notificar por edicto al imputado DERICK DARLING ARGOMEDO TEJADA, la resolución número dos (Dispuso: tener por recepcionada la Disposición sobre Formalización de la Investigación), habiendo cumplido con dicho mandato, y encontrándose el imputado DERICK DARLING ARGOMEDO TEJADA válidamente notificado, corresponde seguir con el trámite del proceso; y verificado el SIJ de esta Sede de Corte, se encuentra pendiente proveer el escrito sobre conclusión de la Investigación Preparatoria; que de la revisión del mencionado escrito se tiene que el fiscal responsable de la investigación adjuntó la disposición fiscal número cuatro, de fecha veintitrés de diciembre del dos mil trece, estando a lo expuesto: TÉNGASE POR COMUNICADA LA CONCLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA formalizada en el presente caso,  con conocimiento de las partes procesales para los fines legales consiguientes. Debiendo precisar que el imputado DERICK DARLING ARGOMEDO TEJADA será notificado mediante edicto. Avocándose al conocimiento de la presente proceso, el Dr. Carlos Enrique Huari Mendoza, Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas,  por disposición superior” FIRMADO: ABOG. CARLOS ENRIQUE HUARI MENDOZA – JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MAYNAS. ABOG. ANA ELIZABETH SILVA MORE – ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. IQUITOS OCHO DE JULIO DEL DOS MIL CATORCE.-
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EDICTO PENAL

En el Expediente Nº 022-2014-P-JIP-DM, derivado de la Investigación Preparatoria seguida contra Junior Waldo Ricoba Baneo, por el delito contra la libertad sexual, en la modalidad de Violación sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales R.S.S; la Señora Juez (S) del Juzgado de Investigación Preparatoria – Modulo Penal del Datem del Marañon, ha dispuesto mediante resolución número dos, de fecha siete de Julio del año dos mil catorce SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al imputado JUNIOR WALDO RICOBA BANEO con la presente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO: San Lorenzo, Trece de Junio del dos Mil Catorce.- DADO CUENTA, en la fecha con el documento que antecede, mediante el cual el representante del Ministerio Público pone en conocimiento la Disposición Fiscal N° 03-2014, conteniendo la Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria; seguida contra JUNIOR WALDO RICOBA BANEO, por la presunta comisión del delito contra LA LIBERTAD SEXUAL, en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD; previsto y sancionado en el artículo 170° del Código Penal; en agravio de la MENOR DE INICIALES R.S.S. (15), representada por su hermana SONIA SHUUK SHAWIT; adjuntando copia de la Disposición Fiscal. TENGASE  presente para los fines de Ley; y, para los efectos del control del plazo, según lo prescrito por los artículos 29° (Competencia de los Juzgados de la Investigación Preparatoria), 323° (Función del Juez de la Investigación Preparatoria), 336° (Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria) y 339° (Efectos de la formalización de la Investigación), del Código Procesal Penal. NOTIFIQUESE la presente a los sujetos procesales y al representante del Ministerio Público, para los fines de Ley correspondientes. NOTIFÍQUESE. SUSCRIBE: DRA. VICTORIA MARILÚ CUBA SOTOMAYOR, JUEZ (S) DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MODULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑON. ABG. LEONARD HARRY OLIVOS LAMA, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO – NCPP.
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EDICTO PENAL

En el Expediente Nº 023-2014-P-JIP-DM, derivado de la Investigación Preparatoria seguida contra Jorge Reyes Ramírez León, por el delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Usurpación y daños, en agravio de José Huillca Mamani; la Señora Juez (S) del Juzgado de Investigación Preparatoria – Modulo Penal del Datem del Marañon, ha dispuesto mediante resolución número dos, de fecha siete de Julio del año dos mil catorce SE NOTIFIQUE mediante Edicto Judicial al agraviado JOSÉ HUILLCA MAMANI con la presente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO: San Lorenzo, veinticinco de Junio del dos Mil Catorce.- DADO CUENTA, en la fecha con el documento que antecede, mediante el cual el representante del Ministerio Público pone en conocimiento la Disposición Fiscal N° 02, conteniendo la Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria; seguida contra JORGE REYES RAMIREZ LEON, por la presunta comisión del delito contra EL PATRIMONIO, en la modalidad de USURPACIÓN Y DAÑOS; previsto y sancionado en los artículos 202° y 205° del Código Penal; en agravio de JOSÉ HUILLCA MAMANI; adjuntando copia de la Disposición Fiscal. TENGASE  presente para los fines de Ley; y, para los efectos del control del plazo, según lo prescrito por los artículos 29° (Competencia de los Juzgados de la Investigación Preparatoria), 323° (Función del Juez de la Investigación Preparatoria), 336° (Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria) y 339° (Efectos de la formalización de la Investigación), del Código Procesal Penal. NOTIFIQUESE la presente a los sujetos procesales y al representante del Ministerio Público, para los fines de Ley correspondientes. NOTIFÍQUESE. SUSCRIBE: DRA. VICTORIA MARILÚ CUBA SOTOMAYOR, JUEZ (S) DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA – MODULO PENAL DEL DATEM DEL MARAÑON. ABG. LEONARD HARRY OLIVOS LAMA, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO – NCPP.
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EDICTO PENAL

En el Exp. N° 766-2014-0-1903-JR-PE-04, en los seguidos contra el imputado ABRAHAN CHACON RODRIGUEZ por la presunta comisión del delito contra LA PROPIEDAD INDUSTRIAL – USO INDEBIDO  DE LOGOS Y MARCAS DEBIDAMENTE REGISTRADAS,  en agravio de INDECOPI, y de las marcas: NAUTICA APPAREL, VANS, GUESS, ANGRY BIRDS, THOMAS y  BILLABONG., se ha dispuesto la notificación mediante edicto la RESOLUCIÓN NÚMERO TRES  al agraviado Marca Billabong, cuyo contenido es el siguiente: “Iquitos, veinticinco de junio del dos mil catorce.- Dado cuenta con el escrito que antecede, presentado por el Representante del Ministerio Publico – Quinta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, estando a lo que expone; téngase por subsanada la omisión advertida mediante resolución número dos de autos, en consecuencia: TÉNGASE POR RECEPCIONADA LA DISPOSICIÓN FISCAL NÚMERO CINCO de fecha doce de mayo del dos mil catorce, sobre la FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA contra el imputado ABRAHAN CHACON RODRIGUEZ, por la presunta comisión del delito contra LA PROPIEDAD INDUSTRIAL – USO INDEBIDO  DE LOGOS Y MARCAS DEBIDAMENTE REGISTRADAS,  ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 222° inciso f) del Código Penal, en agravio de INDECOPI, y de las marcas: NAUTICA APPAREL  representado por su representante legal FRANCISCO OCATAVIO ESPINOZA BELLIDO;  VANS representado por UNIÓN ANDINA DE PATENTES S.A.C; GUESS representado por Estudio Barreda Moller; ANGRY BIRDS  representado por FRANCISCO ALBERTO ESPINOZA REBOA; THOMAS representado TOMAS HUAMAN NINA; y  BILLABONG; a quien se le notificara a través de edicto; teniéndose presente para las consecuencias procesales a que se contraen los artículos 336° y 339° del Código Procesal Penal, con conocimiento de los sujetos procesales para los fines legales correspondientes.” FIRMADO: ABOG. KATIA ERIKA JORDAN CARPIO– JUEZ DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MAYNAS. ABOG. ANA ELIZABETH SILVA MORE – ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. IQUITOS VEINTISEIS DE JUNIO DEL DOS MIL CATORCE.-
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EDICTO PENAL

En el Exp. N° 02087-2013-0-1903-JR-PE-04, en los seguidos contra el imputado LUIS ENRIQUE VILCHES ORTEGA, por la presunta comisión del delito contra el PATRIMONIO en la modalidad de HURTO AGRAVADO, en agravio de RAÚL FLORES CHAVEZ se ha dispuesto la notificación mediante edicto la RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO  al imputado LUIS ENRIQUE VILCHES ORTEGA, cuyo contenido es el siguiente: “Iquitos, Cuatro de Julio del dos mil catorce.- AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta de la revisión de los autos, siendo su estado, se procede a proveer con arreglo a ley; Y CONSIDERANDO. Primero: Que, de conformidad con el numeral 1) del artículo 468° del Código Procesal Penal, a iniciativa del Fiscal o del imputado, el Juez de la Investigación Preparatoria dispondrá, una vez expedida la disposición de formalización y hasta antes de formularse acusación fiscal, pero por una sola vez, la celebración de una audiencia de terminación anticipada, de carácter privada.  Segundo: Que, el requerimiento de proceso especial de terminación anticipada presentado por el Ministerio Público en el presente caso, fue puesto a conocimiento de las partes procesales mediante resolución número uno por el plazo de cinco días, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3) del artículo 468° de la norma adjetiva penal acotada; siendo el caso que dicho plazo se encuentra vencido a la fecha. En ese orden de idea conforme al estado del proceso; SE DISPONE: CÍTESE a las partes procesales a la AUDIENCIA DE TERMINACIÓN ANTICIPADA  la misma que se llevará a cabo el día VEINTICINCO  DE JULIO DEL DOS MIL CATORCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria [ubicado en el segundo piso de la sede central de la Corte Superior de Justicia de Loreto: Avenida N° 720- Segundo Piso]. Debe precisarse que la audiencia de terminación anticipada se instalará con la asistencia obligatoria del Fiscal y del imputado con su abogado defensor, bajo apercibimiento ante la inconcurrencia injustificada de estos últimos, de tenerse por no presentado el Requerimiento Fiscal y de Archivarse el presente incidente; de la misma forma de informarse a su Órgano de Control ante la inasistencia injustificada del primero de los nombrados. Notifíquese la presente resolución mediante edicto al imputado LUIS ENRIQUE VILCHES ORTEGA.” FIRMADO: ABOG. KATIA ERIKA JORDAN CARPIO– JUEZ DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MAYNAS. ABOG. ANA ELIZABETH SILVA MORE – ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. IQUITOS OCHO DE JULIO DEL DOS MIL CATORCE.-
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