JUZGADO DE INVESTIGACION

EDICTO PENAL
En el Cuaderno N° 1630-2014-40, en los seguidos contra ANA MARÍA BERNAL OLIVEIRA y OTROS, como presuntos AUTORES del delito de LAVADO DE ACTIVOS; se dispuso NOTIFICAR POR EDICTO a los procesados: a) Personas Naturales, SEGUNDO WALTER VÁSQUEZ CAPINOA, MERCEDES GARCÍA CHUMBE, ENITH DEYDI QUEZADA GARCÍA, HÉCTOR MARCEL CAPINOA RODRÍGUEZ, EDINSON CHAVEZ TORRES, BLANCA EMÉRITA CAPINOA RÍOS VDA. DE VÁSQUEZ, PATRICIA KRISS SANDI ESTRADA, CINDY MILUSKA VÁSQUEZ QUEZADA, MANUEL ANDHERSON SAAVEDRA ESTRADA, AUGUSTO CAPINOA TULUMBA, CYNDI CABANILLAS BERNAL, JOSÉ NELSON CABANILLAS MENDO, ANA MARÍA BERNAL OLIVEIRA y ANTONIO LLERENA GOMEZ. b) Personas Jurídicas. Transporte de Carga, Pasajeros y Servicios en General M&W S.R.L., Constructora y Servicios Generales PAWA S.R.L., Corporación VÁSQUEZ E HIJOS S.A.C, Negociaciones D&P S.A.C, Servicios e Inversiones DASHITA S.A.C, Inversiones Anaconda S.A.C., Hotel Anaconda RESORT EIRL (nombre comercial BUNGALOWS JAGUAR EIRL), con la parte pertinente de la Resolución número DIECISIETE, cuya redacción es la siguiente: “RESOLUCIÓN NUMERO DIECISIETE.- Iquitos, cinco de julio del 2018. Dado cuenta en la fecha con la razón del cursor que antecede: estando a lo expuesto, se dispone: REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO MIXTO para el día VEINTIDOS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS OCHO HORAS (08:00 a.m.), hora exacta, para la realización de la audiencia en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria, ubicado en el Segundo Piso del edificio anexo a esta Sede de Corte sito en la Avenida Grau N° 720-Iquitos, con la presencia obligatoria del Fiscal y los abogados de los acusados, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de éste último de poner en conocimiento de la Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia; y, para el primero de los nombrados de poner en conocimiento a su Fiscal Superior Coordinador de Fiscales Provinciales. Suscribe el Secretario Judicial del Juzgado por autorización expresa de la Señora Juez al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122 del Código Procesal Civil; concordante con el inciso 6) del artículo 266 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFIQUESE.
V-3(18,19 y 20)

EDICTO PENAL
En el Cuaderno Nº 2559-2017-83-0, sobre Requerimiento de Acusación, en la investigación seguida contra MARIA GLADYS DAVILA SORIA y Otro, como presuntos AUTORES del delito de HURTO AGRAVADO; se dispuso NOTIFICAR POR EDICTO al procesado MATHEWN IVAN VILDOSO SILVA con la parte pertinente de la Resolución número TRES, cuya redacción es la siguiente: “RESOLUCIÓN NUMERO TRES.- Iquitos, veintinueve de mayo del 2018. Dado cuenta con la razón del cursor que antecede; téngase presente y se dispone: REPROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTICINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A LAS OCHO DE LA MAÑANA (08:00 a.m.), hora exacta, para la realización de la audiencia en la Sala de Audiencias del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, ubicado en el Segundo Piso del edificio anexo a esta Sede de Corte sito en la Avenida Grau N° 720- Iquitos, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento de ley en caso de inconcurrencia injustificada. Suscribe el Secretario Judicial del Juzgado por autorización expresa de la Señora Juez al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122 del Código Procesal Civil; concordante con el inciso 6) del artículo 266 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFIQUESE.
V-3(18,19 y 20)

EDICTO PENAL
En el Cuaderno Nº 108-2017-81, sobre Requerimiento de Acusación, en la investigación seguida contra SAULO FIGUEROA BARDALES Y OTRO, como presuntos AUTOR del delito contra el Patrimonio en la modalidad de HURTO AGRAVADO; se dispuso NOTIFICAR POR EDICTO a los procesados SAULO FIGUEROA BARDALES y SEGUNDO LADISLAO MORALES CHUMBE, con la parte pertinente de la Resolución número uno, cuya redacción es la siguiente: “RESOLUCIÓN NUMERO UNO.- Iquitos, once de julio del 2018. SE RESUELVE: 1. CORRASE TRASLADO de la acusación fiscal a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS UTILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día ONCE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 a.m.), hora exacta, para la realización de la audiencia en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria, ubicado en el Segundo Piso del edificio anexo de esta Sede de Corte sito en la Avenida Grau N° 720-Iquitos. NOTIFÍQUESE vía edicto al imputado. Suscribe el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa del señor Juez al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el inciso 6) del Artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Suscribe el Especialista de Judicial de Juzgado en amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
V-3(18,19 y 20)