5° JUZGADO DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00043-2026-82-1904-JR-PE-01
JUEZ: ALEJANDRO FERNANDEZ SHUÑA
ESPECIALISTA DE JUZGADO: STEPHANNY ORTIZ CRUZ
EDICTO PENAL
Por disposición superior, se dispone NOTIFICAR mediante EDICTO JUDICIAL y EDICTO ELECTRÓNICO a las personas de CRISTHIAN JULIAN ROJAS JIMENEZ, JEYSON SANTOS VIENA y MIGUEL ANGEL GUERRERO TORO en calidad de acusados, a efectos de que tomen conocimiento oportuno del contenido de la Resolución N° Uno de fecha dieciséis de septiembre del dos mil veintiséis, que en resumidas líneas DISPONE: “1. CORRASE TRASLADO del requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día TRECE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISIETE a las TRES Y TREINTA DE LA TARDE (03:30 p.m.), la misma que se realizará en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicada en el Segundo Piso del Módulo Penal de esta Sede de Corte, sito en la Avenida Grau N° 720 – Iquitos o ingresando por la Av. Andrés Avelino Cáceres (para mejor ubicación); 3.(…) o mediante el Aplicativo Google Meet en el enlace: https://meet.google.com/pie-paqf-ciq o a través de otros medios tecnológicos de comunicación idóneos; (…)6. PRECÍSESE que, la única resolución que se cumplirá con notificar a los imputados en sus domicilios reales será la presente, las sucesivas resoluciones serán notificadas únicamente en la casilla electrónica de su abogado defensor (…)”. Notifíquese. Firma: Abg. Stephanny Ortiz Cruz– Especialista Judicial de Juzgado.
V-3(18, 21 y 22)
5° JUZGADO DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00043-2026-82-1904-JR-PE-01
JUEZ: ALEJANDRO FERNANDEZ SHUÑA
ESPECIALISTA DE JUZGADO: STEPHANNY ORTIZ CRUZ
EDICTO PENAL
Por disposición superior, se dispone NOTIFICAR mediante EDICTO JUDICIAL y EDICTO ELECTRÓNICO a las personas de CRISTHIAN JULIAN ROJAS JIMENEZ, JEYSON SANTOS VIENA y MIGUEL ANGEL GUERRERO TORO en calidad de agraviados, a efectos de que tomen conocimiento oportuno del contenido de la Resolución N° Uno de fecha dieciséis de septiembre del dos mil veintiséis, que en resumidas líneas DISPONE: “1. CORRASE TRASLADO del requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día TRECE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISIETE a las TRES Y TREINTA DE LA TARDE (03:30 p.m.), la misma que se realizará en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicada en el Segundo Piso del Módulo Penal de esta Sede de Corte, sito en la Avenida Grau N° 720 – Iquitos o ingresando por la Av. Andrés Avelino Cáceres (para mejor ubicación); 3.(…) o mediante el Aplicativo Google Meet en el enlace: https://meet.google.com/pie-paqf-ciq o a través de otros medios tecnológicos de comunicación idóneos;(…)6. PRECÍSESE que, la única resolución que se cumplirá con notificar a los imputados en sus domicilios reales será la presente, las sucesivas resoluciones serán notificadas únicamente en la casilla electrónica de su abogado defensor (…)”. Notifíquese. Firma: Abg. Stephanny Ortiz Cruz– Especialista Judicial de Juzgado.
V-3(18, 21 y 22)
5° JUZGADO DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00089-2026-68-1904-JR-PE-01
JUEZ: ALEJANDRO FERNANDEZ SHUÑA
ESPECIALISTA DE JUZGADO: STEPHANNY ORTIZ CRUZ
EDICTO PENAL
Por disposición superior, se dispone NOTIFICAR mediante EDICTO JUDICIAL y EDICTO ELECTRÓNICO a las personas de LIKER RIOS PEREIRA en calidad de acusado, MAX JAVIER ALAVA MONTOYA y JAMES ADRIANO VASQUEZ MURRIETA (OCCISO) REPRESENTADO POR SU PROGENITRA GLADIS MURRIETA ALVES en calidad de agraviados, a efectos de que tomen conocimiento oportuno del contenido de la Resolución N° Uno de fecha dieciséis de septiembre del dos mil veintiséis, que en resumidas líneas DISPONE: “1. CORRASE TRASLADO del requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISIETE a las TRES Y TREINTA DE LA TARDE (03:30 p.m.), la misma que se realizará en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicada en el Segundo Piso del Módulo Penal de esta Sede de Corte, sito en la Avenida Grau N° 720 – Iquitos o ingresando por la Av. Andrés Avelino Cáceres (para mejor ubicación); 3.(…) o mediante el Aplicativo Google Meet en el enlace: https://meet.google.com/hto-cwjh-khd o a través de otros medios tecnológicos de comunicación idóneos;(…)6. PRECÍSESE que, la única resolución que se cumplirá con notificar a los imputados en sus domicilios reales será la presente, las sucesivas resoluciones serán notificadas únicamente en la casilla electrónica de su abogado defensor (…)”. Notifíquese. Firma: Abg. Stephanny Ortiz Cruz– Especialista Judicial de Juzgado.
V-3(18, 21 y 22)
5° JUZGADO DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00089-2026-68-1904-JR-PE-01
JUEZ: ALEJANDRO FERNANDEZ SHUÑA
ESPECIALISTA DE JUZGADO: STEPHANNY ORTIZ CRUZ
EDICTO PENAL
Por disposición superior, se dispone NOTIFICAR mediante EDICTO JUDICIAL y EDICTO ELECTRÓNICO a las personas de LIKER RIOS PEREIRA en calidad de acusado, MAX JAVIER ALAVA MONTOYA y JAMES ADRIANO VASQUEZ MURRIETA (OCCISO) REPRESENTADO POR SU PROGENITRA GLADIS MURRIETA ALVES en calidad de agraviados, a efectos de que tomen conocimiento oportuno del contenido de la Resolución N° Uno de fecha dieciséis de septiembre del dos mil veintiséis, que en resumidas líneas DISPONE: “1. CORRASE TRASLADO del requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día VEINTICUATRO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISIETE a las TRES Y TREINTA DE LA TARDE (03:30 p.m.), la misma que se realizará en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicada en el Segundo Piso del Módulo Penal de esta Sede de Corte, sito en la Avenida Grau N° 720 – Iquitos o ingresando por la Av. Andrés Avelino Cáceres (para mejor ubicación); 3. (…) o mediante el Aplicativo Google Meet en el enlace: https://meet.google.com/hto-cwjh-khd o a través de otros medios tecnológicos de comunicación idóneos;(…)6. PRECÍSESE que, la única resolución que se cumplirá con notificar a los imputados en sus domicilios reales será la presente, las sucesivas resoluciones serán notificadas únicamente en la casilla electrónica de su abogado defensor (…)”. Notifíquese. Firma: Abg. Stephanny Ortiz Cruz– Especialista Judicial de Juzgado.
V-3(18, 21 y 22)
EDICTO PENAL
Expediente N° 01614-2026-0
Especialista Judicial de Audiencia: Abog Dolly Alvarado Lazo
Por disposición Superior del señor Juez del JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO DE MAYNAS, SE NOTIFICA Y SE CITA A AUDIENCIA a: RAUL ALCIDES PICHIHUA PEZUA en calidad de IMPUTADO, para que concurra a la Sala de Audiencia del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Maynas ubicado en el Primer Piso del edificio anexo a esta Sede de Corte sito en la Av. Mariscal Cáceres – Iquitos, para la Audiencia de CONTROL DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO para el día CATORCE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL VEINTISEIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA; Al haberse dispuesto en el Expediente No 01614-2026-0-1903-JR-PE-01, en lo seguido contra el imputado RAUL ALCIDES PICHIHUA PEZUA por ser presunto autor del delito contra la familia, en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, en su forma de Incumplimiento de Obligación Alimentaria, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 149° primer párrafo del Código Penal, en agravio de su menor hijo I.U.P.H (08), representado por su progenitora JUANITA HUAMAN MURRIETA. CODIGO DE
CONEXIÓN: meet.google.com/gzt-vpus-rwh.
Iquitos, 14 de setiembre del 2026
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