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JUZGADO DE INVESTIGACION

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Expediente: N° 00382-2022-64-1903-JR-PE-04
Especialista: Abog. MELANI CARLYLE CARDENAS RUIZ
EDICTO PENAL
Por disposición Superior del señor Juez del CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MAYNAS, SE NOTIFICA Y SE CITA A AUDIENCIA a: JORGE LUIS ROMERO VELÁZQUEZ Y EFRAÍN ALEJANDRO RODRÍGUEZ URBINA, en calidad de ACUSADOS; para que concurra a la Sala de Audiencia del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas ubicado en el Segundo Piso del edificio anexo a esta Sede de Corte sito en la Avenida Grau N° 720-Iquitos, para la Audiencia de CONTROL DE ACUSACION para el día 16 DE ABRIL DEL AÑO 2027 A LAS 8:00 HORAS; Al haberse dispuesto en el Expediente N° 00382-2022-64-1903-JR-PE-04, en el proceso que se les sigue por el delito contra el Patrimonio en la modalidad de ROBO AGRAVADO, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 198° primer párrafo, numerales 2,3 y 4 del Código Penal, en agravio de JUAN IGNACIO SAENZ JIPA; CODIGO DE CONEXIÓN: meet.google.com/fjk-cpqp-fec.
V-3(12, 13 y 14)

EDICTO
JUZG. INVESTIGACIÓN PREPARATORIA TRANSITORIO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 00866-2026-63-1903-JR-PE-01
JUEZ: SANCHEZ FLORES MILAGROS DEL PILAR
ESPECIALISTA: RENGIFO RINABY ZULLY
MINISTERIO PUBLICO: FISC. PRO. COR. ESPECIALIZADA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER,
IMPUTADO: TARICUARIMA TOMEGA, ELMER JAVIER
DELITO: VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE CATORCE ANIOS DE EDAD
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES KTAP,
Por el presente, el juez del JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA TRANSITORIO-Sede Central, hace de conocimiento que en el expediente signado 00866-2026-63-1903-JR-PE-01, se dispuso notificar, al imputado TARICUARIMA TOMEGA, ELMER JAVIER, la presente RESOLUCIÓN UNO de fecha 07 de abril del 2026, que CONVOCA a la DILIGENCIA DE PRUEBA ANTICIPADA, según la agenda judicial, para el día 13 DE MAYO DEL 2026 A HORAS 08.00 AM., la misma que se llevara a cabo de Forma Presencial en la Sede del Ministerio Publico que deberá informar a las partes, y forma virtual, mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace de conexión: https://meet.google.com/sag-kehf-koo, Así mismo, para su instalación válida se requiere la participación obligatoria del representante del Ministerio Público, del abogado defensor del investigado y de la parte agraviada; bajo apercibimiento en caso de la inconcurrencia injustificada del abogado defensor de excluirlo de la defensa en conformidad con el inciso 2) del artículo 85° del Código Procesal Penal, en caso de cese de patrocinio deberá comunicar al juzgado a los 2 días de notificado con la presente resolución judicial, bajo apercibimiento de imponerse la multa de 2 URP conforme al artículo 292 del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial; así mismo, en caso de inconcurrencia del defensor público de poner en conocimiento a la Dirección Nacional de Defensa Pública y al representante del Ministerio Público de tenerse por no presentado su requerimiento fiscal y archivarse el mismo en el modo y forma que establece la ley.
V-3(12, 13 y 14)

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