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Iquitos

JUZGADO DE FAMILIA

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EDICTO
EXPEDIENTE Nro. 02130-2006-0-1903-JR-FA-1, en los autos seguidos por TERESA DE JESUS MORI VASQUEZ contra LA SUCESION DE JOSE SOLSOL SORIA, sobre DECLARACION DE UNION DE HECHO, se ha resuelto lo siguiente:
RESOLUCION NUMERO CIENTO TREINTA Y DOS: de fecha 07 de agosto del 2013-SE RESUELVE: Notificar por EDICTO a don MIGUEL ANGEL SOLSOL YAHUARCANI con la transcripción sumaria del auto admisorio en el Diario Oficial de esta Corte Superior y en el Diario de Mayor Circulación, por el término de tres días hábiles, a fin de que el demandado proceda a absolverla dentro del término de ley, bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 435 del CPC. Notifíquese Firmado.- JUEZ ELENA PAJARES SALGADO. ESPECIALISTA BLANCA OLANDY CUEVA BALCAZAR.
RESOLUCION NUMERO DOS: de fecha 01 de Diciembre del 2006 SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la presente demanda interpuesta por TERESA DE JESUS MORI VASQUEZ contra la SUCESION DE JOSE SOLSOL SORIA, contra MIGUEL ANGEL SOLSOL YAHUARCANI sobre DECLARACION JUDICIAL DE UNION DE HECHO (CONVIVENCIA), que se tramitada en la vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO, por lo que se ordena conferir traslado al demandado por el plazo de TREINTA DIAS HABILES, a fin de que absuelva la presente acción bajo apercibimiento de ser declarado REBELDE, debiendo NOTIFICARSE a la SUCESION de JOSE SOLSOL SORIA mediante EDICTO, por lo que la parte demandante debe cumplir con realizar las publicaciones respectivas en el Diario EL PERUANO y LA REGION de un extracto e la demanda y la resolución que antecede por un período de tres días, de conformidad al artículo 61,165,167,168 y 435 del CPC, bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL, fijando como plazo de emplazamiento de TREINTA DIAS, para de que se apersone al proceso o absuelva la demanda, teniendo por ofrecido los medios probatorios y anexos, notifíquese.
Iquitos, 19 de agosto de 2013
ABOG. BLANCA OLANDY CUEVA BALCAZAR
Especialista Legal
1er. Juzgado de Familia de Maynas
V-3(20,21 y 22)B/30599
S/.93.60

 

 

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