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JUZGADO CIVIL

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EDICTO
El Juez del primer Juzgado Civil de Maynas, en el Expediente Nº 00241-2012-0-1903-JR-CI-01, ha ordenado por resolución Nº 02, proceder a la publicación de extracto de la demanda y la resolución admisoria.
ESCRITO DE DEMANDA: HERNAN RAMIRO RIMARACHIN DIAZ, interpone demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, contra VIRGINIA GUERRERO MALAFAYA ,y GABRIELA CAHUAZA HUARATAPAIRO, a fin de que sea declarado judicialmente propietario del bien inmueble ubicado en la calle Nauta Nro. 1550 del distrito de Punchana, con un área total de 274.63 m2. Inscrito en la Ficha Nro. P12020792 con 132.970, y en la ficha Nro. P12046575 una área de 137.300 del Registro de la Propiedad Inmueble de Loreto, por haberlo adquirido mediante la posesión continua, pacífica y pública.
RESOLUCION NUMERO DOS: Iquitos, veintisiete de Abril del dos mil doce: AUTOSY VISTOS (…) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por HERNAN RAMIRO RIMARACHIN DIAZ, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, que se tramitará como Proceso Abreviado; y en tal virtud, córrase traslado de la misma a las demandadas, por el término de diez días, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía. Firmado Dr. Alexander Rioja Bermúdez – Juez; y Abg. Fernando Riveros Da Silva – Secretario Judicial.
Iquitos 24 de septiembre de 2012
FERNANDO J. RIVEROS DA SILVA
Secretario Judicial
1er. Juzgado Especializado en lo Civil de Maynas
V-3(26,02 y 09)B/28381
S/.52.50

 

SUCESION INTESTADA
Ante mi oficio notarial sito en Calle Tacna Nº 368, se ha presentado AYLU SERRUBIO TORRES, solicitando la Sucesión Intestada de quien en vida fuera su señora madre ELVIRA TORRES RAMIREZ, fallecida el 29 de OCTUBRE 2000, Distrito de Punchana – Provincia Maynas – Dpto. Loreto, teniendo como último domicilio el inmueble ubicado en Ángel Brusco Nº 704, Iquitos – Maynas – Loreto.- señalando como presuntos herederos a la solicitante AYLU SERRUBIO TORRES y a su hermano FREDY RAMIREZ TORRES.- Lo que se publica a fin de que las personas que crean tener vocación sucesoria con relación al mencionado causante lo hagan valer en la forma establecida por ley.
DAVID FOINQUINOS MERA
Notario – Abogado
V-1(26) F/84522
S/. 20.00

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