EDICTO
El Juez del Primer Juzgado Civil de Maynas, en el Expediente N° 00509-2017-0-1903-JR-CI-01, ha ordenado por resolución número DOS, proceder a la publicación de extracto de la demanda y resolución admisoria. ESCRITO DE DEMANDA: JUANA LETICIA FONSECA VDA. DE MALAVERRY, interpone demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, contra JORGE SANCHEZ DAVILA Y WILMA E. VASQUEZ TORRES, a fin de que se le declare propietaria por prescripción adquisitiva del inmueble signado como Lote 9B. manzana T1 del Pueblo Joven Agrupamiento de Viviendas Teniente Manuel Clavero – Primera Etapa – Distrito de Punchana. Provincia de Maynas. Departamento de Loreto, el cual forma parte del Lote 9. Mz. T1 del citado P.P.J.J., con un área de 49.52 m2, inscrito en la Partida P12020378 del Registro de Predios – Zona Registral N° IV-Sede Iquitos. RESOLUCIÓN NÚMERO DOS: Iquitos, dieciséis de mayo de dos mil diecisiete: AUTOS Y VISTOS (…) SE RESUELVE: ADMITIR a Trámite la Demanda interpuesta por JUANA LETICIA FONSECA VIUDA DE MALAVERRY contra JORGE SANCHEZ DAVILA Y WILMA E. VASQUEZ TORRES, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, que se tramitará como Proceso Abreviado; y en tal virtud, córrase traslado de la misma a la parte demandada, por el término de DIEZ días, bajo apercibimiento se seguirse el proceso en su rebeldía. Firmado por Dr. José Enrique Reátegui Ríos – Juez; y Natalí Ríos Armas – Secretaria Judicial.
ABG. Natali Ríos Armas
Secretaria Judicial
1° Juzgado Especializado en lo Civil de Maynas
V-3(30,05 y 09)B/558
S/.103.95
EDICTO
El Juez del Primer Juzgado Civil de Maynas, en el Expediente N° 00509-2017-0-1903-JR-CI-01, ha ordenado por resolución número DOS, proceder a la publicación de un extracto de la resolución admisoria. RESOLUCIÓN NÚMERO DOS: Iquitos, dieciséis de mayo de dos mil diecisiete: AUTOS Y VISTOS (…) SE RESUELVE: ADMITIR a Trámite la Demanda interpuesta por JUANA LETICIA FONSECA VIUDA DE MALAVERRY contra JORGE SANCHEZ DAVILA Y WILMA E. VASQUEZ TORRES, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, que se tramitará como Proceso Abreviado; y en tal virtud, córrase traslado de la misma a la parte demanda, por el término de TREINTA días, bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL. Firmado por Dr. José Enrique Reátegui Rios – Juez; y Natalí Ríos Armas – Secretaria Judicial,
Iquitos, 16 de mayo de 2017
Abg. NATALI RIOS ARMAS
Secretaria Judicial
1° Juzgado Especializado en lo Civil de Maynas
V-3(30,05 y 09)B/558
S/.58.90





