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Jueza aclara que uno fue liberado por falta de pruebas contundentes

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– Sobre prisión preventiva para presunto «roba motos»
– Sin embargo, en el caso de Hans Rengifo, la determinación fue distinta por las pruebas en su contra.FOTO jueza

El caso de los presuntos «roba motos» Luis Miguel Torrejón Collantes y Erick Hans Rengifo Tuesta, cuyo caso fue visto en la audiencia realizada el viernes pasado, ha concitado algunas reacciones airadas porque al primero sí le dictaron prisión preventiva y al segundo no, pese a que también está sindicado en hechos delictivos en la modalidad de robo de vehículos lineales.
Sobre este hecho, la Jueza del 2º Juzgado de Investigación Preparatoria, Dra. Erika Iberico Vega, quien dirigió la audiencia mencionada, refirió que «en los fundamentos que trajo el Sr. Fiscal, una serie de elementos que ha recopilado dentro de la investigación y ha ofrecido en el acto de la audiencia un USB conteniendo el video donde supuestamente se observaba a las personas que venían siendo imputadas por el delito de hurto».
La jueza Iberico Vega, para aclarar este tema se explayó narrando, que «se pidió tanto por parte de la Fiscalía, como de los abogados de la defensa que se visualizara ese video. Después de haberles escuchado a ambas partes, este despacho tomó el pedido y se visualizó el video para efectos de verificar, porque los abogados de uno de los señores, en este caso Luis Torrejón, señalaba que su patrocinado no se encontraba debidamente identificado.
Que la persona que se visualizaba en el video, porque ellos habían visualizado previamente, no coincidía con los datos característicos de la persona que se encontraba aquí en la audiencia. Y adicionalmente a ello, el otro señor imputado en este caso Erick Hans Rengifo, que creo es apodado como «Barney», él había indicado desde un inicio de las investigaciones preliminares que la persona de Torrejón Collantes, no había participado con él en el hurto de esas motocicletas, si bien es cierto lo conocía, pero no había participado.
Este Despacho hizo la verificación del video y luego de la verificación se observó que las características del joven que aparecía en el video, no coincidían con la persona que yo tenía aquí al frente, al momento de la audiencia. La persona que se apreciaba ahí era una persona de una contextura un poco más robusta, un poco más baja de estatura, la persona que estaba frente a mí era una persona trigueña, de contextura más gruesa. No era la persona que supuestamente tenía las características físicas que señalaban. Aparte que los demás elementos de convicción tampoco se ajustaban a que el señor habría participado en estos hechos.
Se dejó establecido en esa audiencia que el señor no coincidía con las características de la persona que se veía en el video. Es más, no se apreciaba su rostro, esa persona estaba de espaldas forzando las motocicletas, pero no se apreciaba sus características físicas, entonces no había certeza si era o no la persona que se le estaba imputando. Y adicionalmente a ello, se dejó establecido en audiencia, aparte que el imputado Tuesta dijo que más bien era una persona apodada «coyote» el que había participado con él».
Es la explicación de la Jueza Iberico, a fin de aclarar ciertos comentarios antojadizos por la determinación en la audiencia del viernes pasado. «Mi despacho ha dejado esclarecido que a la persona de Torrejón Collantes, se le declare infundada el pedido de prisión preventiva y se dispuso su libertad. Puede haber participado en otros delitos de hurto, pero, en este caso particular no podía incluirlo» porque se entiende que el fundamento que trajo el Ministerio Público no era suficiente.
Acotó: «Una audiencia de presión es para resolver la situación jurídica de una persona y deben existir mínimamente elementos que me permitan tomar de alguna forma la certeza de que esa persona es culpable, en ese momento. Por lo menos en estos hechos, esa persona, no estaba involucrada.
Eso dejando en claro también que no quita que más adelante el Ministerio Público siga recabando información y siga realizando su investigación y puedan tal vez conseguir otro elemento de prueba que permita vincularle a esa persona con esos hechos específicos. El Ministerio Público tiene la posibilidad de volver a tratar el tema. No ha quedado totalmente desvirtuada la responsabilidad del señor. Así, más adelante su situación puede variar. (D.López)

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