- Encontraron producto forestal sin documentación que acredite su procedencia legal.
Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, dictó mandato de prisión preventiva contra propietario de aserradero, Carlos Alberto Tafur Miranda, por el plazo de 06 meses.
Duro golpe para los que se dedican a sacar madera de la inmensa Amazonía que luego no pueden acreditar con la documentación necesaria. Crecen empresarialmente, pero al final todo lo pierden por laborar al margen de la Ley.
Como la situación del propietario del aserradero CTM, Carlos Alberto Tafur Miranda, quien fue sorprendido el pasado 21 de julio a las 12: 30 horas por el Fiscal Adjunto Provincial Wesley Itamar Pizango Sías, conjuntamente con personal policial de la Comisaría de Nauta.
Intervinieron su aserradero encontrando 09 trozas de madera rolliza de la especie shiringa y volumen de 6.015 m3, 651 tablas y tablones de la especie shiringa con un volumen de 20.438 m3, y 06 horcones de la especie machimango con un volumen de 0.252 m3.
El mismo Carlos Alberto Tafur Miranda, señalaba que el producto forestal maderable no cuenta con la documentación que acredite su procedencia legal, en tal sentido, personal policial procedió a su detención, y el Ministerio Público dispuso la incautación del producto forestal maderable, un aserradero portátil, una wincha, una despuntadora, y una sierra de disco. Así como el teléfono celular del detenido.
Realizadas las diligencias preliminares procedieron a formalizar investigación preparatoria, requiriendo prisión preventiva contra el detenido. El 24 de julio, mediante Resolución N° 02, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, dictó mandato de prisión preventiva contra Carlos Alberto Tafur Miranda por el plazo de 06 meses.
Es preciso indicar que Carlos Alberto Tafur Miranda, ya cuenta con tres sentencias por delitos de Tráfico Ilegal de Producto Forestal Maderable, por hechos suscitados en el 2017, y dos en el año 2019.
Así como procesos por tráfico de producto forestal maderable utilizando la Declaratoria de Manejo, y el aserradero CTM, cuya aprobación y autorización respectivamente, fue emitida por funcionarios del GERFOR ODP Loreto-Nauta, pese a tener sentencias condenatorias por delitos ambientales (requisito establecido en el artículo 41° del Reglamento de la Ley Forestal).






