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Fallo de CIDH no es obligatorio.

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El Perú durante la semana que pasó y podría decirse desde hace algún tiempo, vivió momentos de tensión, como parte del efecto que causó   en la estructura gubernamental y la de los órganos oficiales del país, el fallo de la Corte Interamericana de Derechos que sanciona al Perú con una indemnización económica a favor de varios terroristas que cumplen o vienen cumpliendo condena carcelaria por delitos de lesa humanidad contra el Estado peruano.

La repulsa general contra tal medida no tardó en hacerse sentir mediante pronunciamientos y opiniones de ciudadanos y medios de prensa de todo el país contrarios a tal fallo.

Sin embargo en medio del intríngulis que repelía tal medida, surge la figura del destacado jurista y ex representante de Perú en  la Corte  Interamericana de Derechos Humanos, Doctor Luis Alberto Salgado, quien asegura que el Perú no tiene obligación ni necesidad de concentrarse en el tema de las reparaciones a terroristas, debido a que no existe ninguna exigencia por parte del organismo  internacional, que obligue a cumplir con dichos pagos.

El citado jurista refuerza su opinión,  señalando que hace algo así como dos años, la misma CIDH, emitió una sentencia  para que el Estado peruano  cumpliera con  el pago de reparaciones, de acuerdo a la legislación peruana.

Así como tal caso señala Salgado, ahora como esa vez, no es necesario cumplir con tal fallo  que no tiene carácter vinculante, «eso lo saben todos los altos funcionarios del gobierno inclusive el mismo primer ministro y el de justicia, de manera que resulta  inexplicable que se venga generando la idea que la Corte está contra la legislación peruana.

Así mismo, agrega el informante, «Si esa es la intención, resulta muy grave que se pretenda hacerlo con el principal organismo de Derechos  Humanos del sistema interamericano, donde los vocales de la Corte de San José, son completamente conscientes de lo que ha cometido el terrorismo contra  el Perú».

Tal opinión coincidió con la del ex ministro de justicia Aurelio Pastor, quien señaló que no sería  posible la propuesta a título personal  del primer ministro Javier Velásquez Quesquén, de una reserva parcial frente al  ente internacional, ya que lo impiden las normas del derecho internacional, y además porque restaría credibilidad al país.

Por último, afirma el experto,   «De acuerdo al Derecho Internacional Público, a la   convención de Viena de 1969, las reservas sobre determinados tratados, se hacen antes de la firma  o ratificación del mismo, en este caso no es posible hacer eso…».

Hecha la aclaración sobre tan espinoso tema,  queda a criterio de la ciudadanía, establecer la aceptación o no del tema en mención.

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