- El cuchillo de marca Tramontina fue comprado por él, el 29 de noviembre del año pasado, siendo que el 26 de diciembre de 2025 fue encontrado sin vida en su casa.
Esto según la versión de uno de los abogados defensores de los involucrados en el caso que consternó a toda la comunidad de Loreto y más al sector educación; Michel Bardales. Por lo narrado en las siguientes líneas, el caso podría dar un giro de 180 grados debido a las pruebas científicas que se traerían abajo la tesis fiscal de un homicidio.
“Al haberse tenido acceso a la Carpeta Fiscal N° 1879-2025, que investiga el caso de la muerte de Javier Arce Urrea (63) y que, inicialmente conmocionó a la opinión pública loretana bajo la aparatosa imputación de un supuesto delito de homicidio calificado en su agravio, ha dado un giro radical de 180 grados. A la luz de los nuevos elementos de convicción de carácter científico, pericial y documental incorporados por el abogado defensor Michel Bardales, ha quedado demostrado que no existió crimen alguno, sino una trágica decisión de autodeterminación: el suicidio. Agobiado por padecimientos físicos crónicos e incapacitantes y acorralado emocionalmente por múltiples procesos penales de corrupción —en especial el sonado caso de «El Clan del Cheque» de la UGEL Nauta—Arce Urrea, decidió poner fin a su existencia utilizando un cuchillo de cocina (marca Tramontina tipo chef) adquirido por el mismo el 29 de noviembre del 2025, en una tienda del Mall Aventura de Iquitos.
Una hipótesis fiscal fantasiosa y carente de sustento probatorio
Cuando el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas dictó doce meses de prisión preventiva en enero de 2026 contra los habitantes del inmueble en la que vivía el occiso, la Fiscalía sustentó su requerimiento basándose únicamente en la prueba bluestar, tejiendo la inverosímil teoría de que la víctima habría sido llevada desde el segundo piso al tercer piso de su vivienda donde supuestamente fue asesinado, para luego su cuerpo sin vida regresarlo a su habitación en el segundo piso y que la joven Estefany Cortegano Tapullima, habría ayudado a bajar el cadáver y una silla hasta el segundo piso para luego limpiar la escena.
La ciencia Forense habla: Una Carta suicida auténtica y marcas clásicas de autolesión
El andamiaje acusatorio termina por desplomarse frente a la contundencia de la prueba científica oficial y de parte incorporada durante la investigación preparatoria: El Informe Pericial Oficial Grafotécnico N° 13604-2026, emitido por la Oficina de Peritajes del Ministerio Público de Lima, y el Informe Pericial de Documentología N° 39-40/2026 de la OFICRI-Iquitos concluyeron categóricamente que tanto el texto manuscrito como la firma plasmados en las hojas de la agenda personal pertenecen al puño gráfico de Javier Arce Urrea. En dicha misiva, dejada debajo de su billetera y su aro de matrimonio, el exfuncionario se despedía de su «amada esposa» y confesaba expresamente su terror de ir a parar a un establecimiento penitenciario, pidiendo que no lo juzguen. Asimismo, se presentó el Peritaje Médico Post Facto, elaborado por el reconocido especialista en Medicina Legal, Dr. Shérmany Francisco Aronés Guevara —ex Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal del Perú, autor de los manuales de necropsia y con más de 25,000 necropsias practicadas en 29 años de trayectoria—, determinó mediante una rigurosa experticia que, la muerte corresponde inequívocamente a un suicidio por herida corto-penetrante en el cuello. Ello en base a las marcas de vacilación y ausencia total de defensa, demostrando que las cuatro excoriaciones múltiples, lineales y paralelas ubicadas en el borde derecho del cuello no son huellas de ataque, sino «lesiones de retoma, tanteo o vacilación».
Siendo este el indicador clásico del suicida que realiza cortes superficiales de ensayo antes de ejecutar el tajo profundo definitivo. A ello, se suma un dato forense demoledor, que el cadáver no presentaba ni una sola lesión de defensa, lucha o forcejeo en palmas, dorsos de manos, muñecas o antebrazos, ni rasgaduras en sus prendas de vestir, algo físicamente imposible en un ataque homicida con arma blanca frente a una víctima consciente. Lo que fue corroborado y admitido por el propio Médico Legista oficial Dr. Edinho Flores López.
El trasfondo del colapso: sufrimiento físico crónico y el fantasma de «El Clan del Cheque»
La Historia Clínica completa de EsSalud y el testimonio de la propia hermana, Luisa Arce Urrea, revelan un calvario médico iniciado en 1996 y agravado desde el año 2003 con una Diabetes Mellitus Tipo II severamente descompensada, que llegó a registrar picos de glucosa de hasta 500 mg/dl. A ello se sumaban una dolorosa polineuropatía diabética crónica, hepatitis medicamentosa, síndrome del túnel del carpo en la mano izquierda, secuelas de un traumatismo encéfalo craneano por accidente de tránsito en 2024 y el temor inminente a quedar ciego.
Para soportar el dolor neuropático, dependía diariamente de inyecciones de insulina y dosis continuas de tramadol, gabapentina y amitriptilina. A todo ello, se sumó un insoportable agobio psíquico. El reporte oficial de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Loreto-Nauta confirmó que Arce Urrea afrontaba más de diez carpetas fiscales activas en el año 2025 por graves delitos de peculado doloso y malversación de fondos públicos, varias de ellas ya con investigación preparatoria formalizada y prognosis de pena efectiva.
El proceso que más lo aterraba, ante la idea de perder su libertad era el denominado caso «El Clan del Cheque» (Expediente N° 000103-2025-0-1901-JR-PE-01), donde se investigaba el desvío de más de un millón de soles de la UGEL Loreto-Nauta y por el cual ya había sufrido el allanamiento de su vivienda y un pedido de detención preliminar.
Un patrón criminológico repetido en la historia judicial del Perú
Para ilustrar cómo el pánico al encierro carcelario y al escarnio público puede desencadenar el colapso psíquico en funcionarios y autoridades, la defensa incorporó a la carpeta fiscal tres casos emblemáticos ocurridos en el país que guardan exacta simetría criminológica con la tragedia de Javier Arce Urrea:
Caso Alan García Pérez (2019): El expresidente de la República, al ser notificado en su domicilio sobre un mandato judicial de detención preliminar por diez días en el marco del caso Odebrecht, subió a su habitación en el segundo piso y se quitó la vida, dejando una carta de despedida donde rechazaba la humillación del encierro. Caso Julio César Barrientos Grimaldo (2023): Exfiscal provincial de Nasca de 65 años de edad —contemporáneo a los 63 años de Arce Urrea—, quien al verse procesado y recluido por delitos contra la administración pública (cohecho pasivo propio), no resistió el impacto psicosocial y se suicidó en su celda del penal de Cachiche, en Ica. Caso Luis Alberto Jara Ramírez (2020): Exfiscal superior y expresidente de la Junta de Fiscales Superiores de Ucayali, investigado en el caso de corrupción «Los Patrones de Ucayali», quien ante la inminencia de una condena privativa de libertad se quitó la vida en la carceleta del Poder Judicial, dejando junto a su cuerpo una carta manuscrita pidiendo perdón a su esposa.
El camino hacia la libertad y el sobreseimiento definitivo
Ante la demolición científica de la tesis del homicidio calificado, el abogado defensor Rolando Michel Bardales Vásquez ha interpuesto el pedido formal de Cesación de Prisión Preventiva a favor de Estefany Cortegano Tapullima, una joven bachiller en Biología de 26 años, sin antecedentes de ninguna índole, a quien jamás se le imputó siquiera haber participado en el acto de matar y que hoy sufre una injusta persecución mediante órdenes de captura.
Invocando la supremacía de la dignidad humana, la defensa técnica sostiene que el control judicial debe restablecer de inmediato la libertad ambulatoria de su patrocinada sin la exigencia que ingrese primero a prisión para recién ser declarada libre. El contundente despliegue probatorio logrado por el letrado Michel Bardales no solo exige el levantamiento inmediato de las órdenes de captura, sino que traza el camino inevitable hacia el sobreseimiento definitivo del proceso penal al haberse acreditado que el hecho investigado jamás constituyó delito”, suscribe el letrado Bardales.





