Es delito publicar el voto

  • Según Código Penal y Ley Orgánica de Elecciones


El Jefe de la Oficina Regional de Coordinación de la ONPE en Loreto Robert Horna Rengifo recuerda que publicar el voto y obligar, bajo violencia o amenaza, a votar en uno u otro sentido, es un delito.
Además Horna, precisó que el artículo 7 de la Ley 26859 precisa que el voto es personal, libre, igual y secreto.
Quien infrinja esta prohibición recibirá una pena privativa de la libertad. Ambos delitos se encuentran en el Código Penal, en el artículo 385 que indica que quien de publicidad a su voto el mismo día del sufragio, recibirá una pena privativa de la libertad no mayor de un año, o con prestación de servicio comunitario.
Asimismo, el artículo 382 indica que, quien revele su voto u obligue a votar por algún candidato, recibirá una pena privativa de la libertad no menor de un mes ni mayor de un año.