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En el NCPP: «Si el fiscal no presenta las pruebas suficientes, la solución al caso es la absolución del acusado»

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– Catedrático español Manuel Miranda

Nuestra presencia en el Perú se debe a que con la aparición del Nuevo Código Procesal  Penal en el Perú, en el 2004, analizaremos los principios fundamentales que inspiran la prueba en ese modelo, además examinar cuáles son las exigencias que se derivan de ese nuevo modelo de corte garantista en el sistema judicial peruano.

Miranda sobre el tema a tratar en su exposición que realizará mañana en la CSJLO sobre la «Valoración de las pruebas en materia penal», dijo; la intimidad,  el «chupones» y el secreto en las comunicaciones no es posible, así como la inviolabilidad domiciliaria, es decir cualquier prueba que se obtenga violando el derecho fundamental debe ser excluida del proceso y el juez no puede utilizarla nunca para fundamentar su decisión.

 

El Nuevo Código Procesal Penal se basa en varios principios fundamentales, la carga probatoria corresponde a la fiscalía, quienes son los que tienen que presentar pruebas de cargo, de contenido incriminatorio porque el imputado está protegido por el derecho a la presunción de inocencia, es decir es la acusación quien tiene que probar su culpabilidad. Si el fiscal no presenta pruebas suficientes la solución al caso es la absolución del acusado por la aplicación del derecho a la presunción de inocencia.

 

El fiscal sólo puede utilizar pruebas que respeten los derechos fundamentales, no puede utilizar pruebas que hayan sido obtenidas violando un derecho fundamental como el secreto de las comunicaciones o la intimidad de una persona, que son dos piezas claves del nuevo modelo.

 

Además las pruebas tienen que estar ajustadas al principio de legalidad y si no se ajustan a eso, no tienen ningún valor, y el juez no puede valorarlas o tenerlas en cuenta, por lo tanto no puede basar sobre esas pruebas alguna culpabilidad del acusado.

 

Dijo también que el modelo Procesal Penal nuevo del Perú y el de España que tiene muchos años de vigencia, son coincidentes en la medida que plantean el juicio oral como el escenario principal de todo el proceso, es decir es el lugar en donde se va practicar la prueba y en donde se cumplen las garantías fundamentales. España ya lleva varias décadas con los juicios orales y el Perú lo está implementando desde el 2004, por lo que considero que es el único sistema que permite garantizar un adecuado esclarecimiento de los hechos y a su vez una adecuada protección de todos los ciudadanos.

 

Finalmente, Manuel Miranda dijo, soy miembro de la carrera fiscal desde el año 1988, además estoy dedicado a la docencia capacitando a jueces y fiscales, en la fecha estamos trabajando en la fiscalía del Tribunal Constitucional de España, en donde mi función es la defensa de los derechos fundamentales de todos los ciudadanos. Mis palabras son de aliento para todos, pues las reformas son situaciones inmejorables para asumir con responsabilidad y seriedad una función tan importante para la sociedad como es la de ser fiscal o juez. (WGN)

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