EDICTOS

EDICTO
987-2010
La Señora Juez del Juzgado Transitorio de Familia llama,  Cita y Emplaza al demandado LANZA PIZANGO AVENCIO, fin de NOTIFICAR la resolución NUMERO UNO (Admisorio) RESOLUCION NUMERO UNO, trece de Julio  del dos mil diez; que RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la Señora Fiscal Provincial de Familia, contra LANZA PIZANGO, AVENCIO (31) NO HABIDO, sobre Violencia Familiar, en la modalidad de MALTRATO FISICO Y PSICOLOGICO en agravio de MEZA SOTO, CLEYDI AURORA (27); notifíquese al demandado,  para que dentro del plazo de CINCO DIAS conteste la demanda que se provee, contados a partir del siguiente día de notificado; bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía, por ofrecidos los medos probatorios y anexos de que manda a agregar a los autos, debiendo previamente concurrir el demandado dentro del tercer día de notificado la local del Juzgado,  a fin de solicitar se le expida copias simples de la Demanda Fiscal y sus Anexos de conformidad con lo dispuesto por el Segundo Párrafo del artículo diecisiete  del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar – Decreto Supremo N° 002-98-JUS, AL PRIMER OTROSI DIGO: En conformidad del articulo diez del Texto Único Ordenado de la Ley N° 006-97-JUS, articulo modificado por el Artículo Uno de la Ley Nº 27982, prescribe “Recibida la petición o preciados de oficio de los hechos, el Fiscal deberá dictar, bajo responsabilidad, las medidas de protección inmediatas que la situación exija” en consecuencia: Téngase por amparada la medida de Protección Inmediata de Prohibición de proximidad a la victima con fines de Maltrato en cualquiera de sus formas a favor de MEZA SOTO, CLEYDI AURORA, otorgada por la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Maynas.- AL PRIMER Y SEGUNDO OTROSI DIGO: Téngase presente. Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior:
V-3(16,19 y 20)

EDICTO
00950-2010
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza al demandado PEZO VELA GLANDER, a fin de NOTIFICAR la resolución NUMERO UNO, (Admisorio), RESOLUCION NUMERO UNO, ocho de julio del dos mil diez; que RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la Señora Fiscal Provincial de Familia, contra PEZO VELA, GLANDER (44) NO HABIDO, sobre Violencia Familiar, en la modalidad de MALTRATO PSICOLOGICO en agravio de TUANAMA ROMAYNA, LIDIA (35); notifíquese al demandado,  para que dentro del plazo de CINCO DIAS conteste la demanda que se provee, contados a partir del siguiente día de notificado; bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía, por ofrecidos los medos probatorios y anexos de que manda a agregar a los autos, debiendo previamente concurrir el demandado dentro del tercer día de notificado la local del Juzgado,  a fin de solicitar se le expida copias simples de la Demanda Fiscal y sus Anexos de conformidad con lo dispuesto por el Segundo Párrafo del artículo diecisiete  del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar – Decreto Supremo N° 002-98-JUS, AL PRIMER OTROSI DIGO: En conformidad del articulo diez del Texto Único Ordenado de la Ley N° 006-97-JUS, articulo modificado por el Artículo Uno de la Ley Nº 27982, prescribe “Recibida la petición o preciados de oficio de los hechos, el Fiscal deberá dictar, bajo responsabilidad, las medidas de protección inmediatas que la situación exija” en consecuencia: Téngase por amparada la medida de Protección Inmediata de Prohibición de Proximidad a la victima con fines de maltrato en cualquiera de sus formas a favor de TUANAMA ROMAYNA, LIDIA, otorgada por la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Maynas.- AL UNICO OTROSI DIGO:  Téngase presente. NOTIQUESE POR EDICTO al demandado PEZO VELA, GLANDER. Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior: Fdo. Juez BETTY MAGALLANES HERNANDEZ y Sec. PATRICIA OLORTEGUI LINARES.
Iquitos, 08 de julio de 2010
V-3(16,19 y 20)

EDICTO
00931-2010
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza al demandado CESAR JAVIER SOLIS PANDURO a fin de NOTIFICAR la resolución NUMERO UNO, (Admisorio), que resuelve: RESOLUCION NUMERO UNO Iquitos, ocho de julio Del año Dos mil diez. AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta de la demanda interpuesta por la Señora Representante del Ministerio Publico; Avocándose al conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición superior; TENGASE por interpuesta la demanda de Violencia Familiar a que se contrae al Atestado Policial Nº 133-10-V-DIRTEPOL-RPL-CPNP-IQTS-INV; en relación con los hechos realizados por CESAR JAVIER SOLIS PANDURO (42) NO HABIDO, sobre Violencia Familiar, en la modalidad de MALTRATO PSICOLOGICO en agravio de MARGARITA RIOS MACEDO (48), I ATENDIENDO AL PRINCIPAL. PRIMERO.- Que, de los hechos que han dado lugar a la denuncia deben tramitarse en el Juzgado de Familiar, en aplicación  del artículo noveno de la ley Veintiséis Mil Doscientos Sesenta – Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, modificada por Ley Veintisiete Mil Trescientos Seis y Ley N° 29282.
SEGUNDO.- Que, estando a la naturaleza de los hechos ya la pretensión éstos deben tramitarse  como PROCESO UNICO tal como señala el acápite B) del artículo noveno  de la ley Veintisiete Mil Setecientos Sesenta y tres. En consecuencia, se RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la Señora Fiscal Provincial de Familia, contra CESAR JAVIER SOLIS PANDURO (42) NO HABIDO, sobre Violencia Familiar, en la modalidad de MALTRATO PSICOLOGICO en agravio de MARGARITA RIOS MACEDO (48); notifíquese al demandado,  para que dentro del plazo de CINCO DIAS conteste la demanda que se provee, contados a partir del siguiente día de notificado; bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía, por ofrecidos los medos probatorios y anexos de que manda a agregar a los autos, debiendo previamente concurrir el demandado dentro del tercer día de notificado la local del Juzgado,  a fin de solicitar se le expida copias simples de la Demanda Fiscal y sus Anexos de conformidad con lo dispuesto por el Segundo Párrafo del artículo diecisiete  del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar – Decreto Supremo N° 002-98-JUS, AL PRIMER OTROSI DIGO: En conformidad del articulo diez del Texto Único Ordenado de la Ley N° 006-97-JUS, articulo modificado por el Artículo Uno de la Ley Nº 27982, prescribe “Recibida la petición o preciados de oficio de los hechos, el Fiscal deberá dictar, la medida de protección inmediata  de prohibición de proximidad a la victima con fines de maltrato en cualquiera de sus formas” en consecuencia: Téngase por amparada la medida de Protección de Impedimento de acoso a favor de MARGARITA RIOS MACEDO, otorgada por la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Maynas.-  AL PRIMER OTROSI DIGO:  Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI DIGO: NOTIQUESE POR EDICTO al demandado CESAR JAVIER SOLIS PANDURO, Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior: Fdo. Juez BETTY MAGALLANES HERNANDEZ y Sec. PATRICIA OLORTEGUI LINARES.—————————

Iquitos, 08 de julio de 2010

EDICTO
00921-2010
Iquitos, 07 de julio de 2010 La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza al demandado BUSTAMANTE DEL AGUILA, RICHARD NIXON a fin de NOTIFICAR la resolución NUMERO UNO, (Admisorio), que resuelve: RESOLUCION NUMERO UNO Iquitos, siete de julio Del año Dos mil diez. AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta de la demanda interpuesta por la Señora Representante del Ministerio Publico; Avocándose al conocimiento de la presente causa la Señora Juez que suscribe por disposición superior; TENGASE por interpuesta la demanda de Violencia Familiar a que se contrae al Atestado Policial Nº 108-10-V-DIRTEPOL-IQ-RPL-DIVFAM; en relación con los hechos realizados por BUSTAMANTE DEL AGUILA, RICHARD NIXON (46) NO HABIDO, sobre Violencia Familiar, en la modalidad de MALTRATO FISICO Y PSICOLOGICO en agravio de FLORES HUAINACARI, VICTOR (49), I ATENDIENDO AL PRINCIPAL. PRIMERO.- Que, de los hechos que han dado lugar a la denuncia deben tramitarse en el Juzgado de Familiar, en aplicación  del artículo noveno de la ley Veintiséis Mil Doscientos Sesenta – Ley de Protección Frente a la Violencia Familiar, modificada por Ley Veintisiete Mil Trescientos Seis y Ley N° 29282.
SEGUNDO.- Que, estando a la naturaleza de los hechos ya la pretensión éstos deben tramitarse  como PROCESO UNICO tal como señala el acápite B) del artículo noveno  de la ley Veintisiete Mil Setecientos Sesenta y tres. En consecuencia, se RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por la Señora Fiscal Provincial de Familia, contra BUSTAMANTE DEL AGUILA, RICHARD NIXON (46) NO HABIDO, sobre Violencia Familiar, en la modalidad de MALTRATO FISICO Y PSICOLOGICO en agravio de FLORES HUAINACARI, VICTOR (49); notifíquese al demandado,  para que dentro del plazo de CINCO DIAS conteste la demanda que se provee, contados a partir del siguiente día de notificado; bajo apercibimiento de seguir el proceso en su rebeldía, por ofrecidos los medos probatorios y anexos de que manda a agregar a los autos, debiendo previamente concurrir el demandado dentro del tercer día de notificado la local del Juzgado,  a fin de solicitar se le expida copias simples de la Demanda Fiscal y sus Anexos de conformidad con lo dispuesto por el Segundo Párrafo del artículo diecisiete  del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar – Decreto Supremo N° 002-98-JUS, AL PRIMER OTROSI DIGO: En conformidad del articulo diez del Texto Único Ordenado de la Ley N° 006-97-JUS, articulo modificado por el Artículo Uno de la Ley Nº 27982, prescribe “Recibida la petición o preciados de oficio de los hechos, el Fiscal deberá dictar, bajo responsabilidad, las medidas de protección inmediatas que la situación exija” en consecuencia: Téngase por amparada la medida de Protección de Impedimento de acoso a favor de FLORES HUAINACARI VICTOR, otorgada por la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Maynas.-  AL PRIMER OTROSI DIGO:  Téngase presente. AL SEGUNDO OTROSI DIGO: NOTIQUESE POR EDICTO al demandado BUSTAMANTE DEL AGUILA, RICHARD NIXON. Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior: Fdo. Juez BETTY MAGALLANES HERNANDEZ y Sec. PATRICIA OLORTEGUI LINARES.
V-3(16,19 y 20)

EDICTO
359-2010
La Señora Juez del Juzgado Transitorio de Familia Especializado de Familia de Maynas, RESUELVE: DAR POR CONCLUIDO EL PRESENTE PROCESO, ordenándose su ARCHIVO DEFINITIVO. Debiendo remitirse a la Oficina del Archivo Central de esta Sede de Corte.
V-3(16,19 y 20)

EDICTO
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a doña MARCIA PAREDES DEL CASTILLO, madre biológica del menor presunto infractor D.A.R,P; a fin de NOTIFICAR la resolución NUMERO CINCO, que resuelve: ORDENÁR su BÚSQUEDA Y CONDUCCIÓN a este despacho, para cuyo efecto OFICIASE a la Comisaría 09 de Octubre, con tal fin. OFICIESE para el cumplimiento de dicho fin.———
RECEPCIONAR LA DECLARACION REFERENCIAL del infractor AUSENTE RPDA, debiendo estar acompañado de uno de unos padres y/o tutores y abogado defensor, EL DIA LUNES DOS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ A HORAS OCHO DE LA MAÑANA, y se señala como fecha y hora para la audiencia Única de esclarecimiento de los hechos,  EL MISMO DIA A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en el cual el adolescente hará su autodefensa de Ley. Bajo apercibimiento de Ley en caso de inconcurrencia.
RECABESE el día LUNES DOS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA la declaración testimonial de doña  MARCIA PAREDES DEL CASTILLO, madre biológica del citado menor infractor. Bajo apercibimiento de prescindir dicha prueba y valorar su conducta al momento de sentenciar.
RECABESE el día LUNES DOS DE AGOSTO DEL DOS MIL DIEZ A HORAS ONCE DE LA MAÑANA la declaración testimonial de don JOSE MANUEL PACAYA PEÑA, debiendo  notificársele mediante EDICTO, Bajo apercibimiento de prescindir dicha prueba y valorar su conducta al momento de sentenciar. Requerido en el proceso de Infracción Penal DEL EXPEDIENTE N° 2010-00762-0-1903-JR-FA-3, en agravio de FABABA MAGIPO PEDRO (occiso), Fdo. Juez BETTY MAGALLANES HERNÁNDEZ y Sec .PATRICIA OLORTEGUI LINAR
Iquitos, 13 de julio de 2010
V-3(16,19 y 20

EDICTO
01198-2009
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a Amaringo Chota Cesar William y de doña Pereyra Pipa Blanca Azucena, padres biológicos, tutores y/o familiares de la menor tutelada  AMARINGO PEREYRA, GIOVANA (04), a fin de que se apersonen a este Juzgado a fin de rendir su declaración e  informen al Juzgado sobre el paradero actual de la menor tutelada; En el proceso de ABANDONO MATERIAL, PELIGRO MORAL Y MALTRATOS EXPEDIENTE N° 2009-01198-0-1903-JR-FA-3, a favor de la menor AMARINGO PEREYRA GIOVANA, Fdo por la señora juez BETTY MAGALLANES HERNÁNDEZ y Sec. PATRICIA OLORTEGUI LINARES.
Iquitos, 12 de julio de 2010
V-3(16,19 y 20)

EDICTO
01199-2009
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a Amaringo Chota Cesar William y de doña Pereyra Pipa Blanca Azucena, padres biológicos, tutores y/o familiares de la menor tutelada  AMARINGO PEREYRA, MAX (10), a fin de que se apersonen a este Juzgado a fin de rendir su declaración e  informen al Juzgado sobre el paradero actual de la menor tutelada; En el proceso de ABANDONO MATERIAL, PELIGRO MORAL Y MALTRATOS EXPEDIENTE N° 2009-01199-0-1903-JR-FA-3, a favor de la menor AMARINGO PEREYRA MAX, Fdo por la señora juez BETTY MAGALLANES HERNÁNDEZ y Sec. PATRICIA OLORTEGUI LINARE
Iquitos, 12 de julio de 2010
V-3(16,19 y 20)

EDICTO PENAL
EXP. N°: 2009-1608
SECRETARIO: MARCO ANTONIO NORIEGA PIÑA
QUE en la Instr- N° 2009-1608, seguido contra: IRMA ALEJANDRINA OBISPÓ QUISPE por el delito de FALSIFICACION DE DOCUMENTOS en agravio del ESTADO, el SEGUNDO JUZGADO PENAL DE MAYNAS, ha expedido la siguiente Resolución: Resolución Numero OCHO: AUTOS Y VISTOS, dando cuenta y CONSIDERANDO: Que, en la presente instrucción faltan actuarse diligencias para el mejor esclarecimiento de los hechos, por lo que con la facultad conferida por el artículo tercero del Decreto Legislativo número ciento veinticuatro, artículo primero, inciso diez, así también es de aplicación la Resolución Administrativa número ciento once- dos mil tres- CE-PJ, su fecha dieciséis de septiembre del dos mil tres, y para los fines a que se contrae el artículo setenta y dos del Código acotado: AMPLÍESE EXTRAORDINARIAMENTE  por el término de VEINTE DIAS adicionales el plazo ordinario de investigación, en consecuencia PRACTÍQUESE las siguientes diligencias: 1).- RECÍBASE la declaración preventiva del Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Justicia, para el día LUNES DOS DE AGOSTO del año en curso a horas DOCE DEL MEDIO DIA, notificándose para tal fin, 2).- RECÍBASE la declaración testimonial de JOSE LUIS GANDOLFO, LUIS CASTILLO DELGADO y MARY CELIS SALINAS, para el día LUNES DOS DE AGOSTO del año en curso a horas  a horas DOCE Y MEDIA, UNA Y UNA Y MEDIA DE LA TARDE, 3).-Se efectúe la Pericia Grafotecnica a los Seis Certificados de Trabajo presentados por la denuncia ante el proceso de adjudicación directa Publica, N° 02-2008-EO-L, el mismo     que obra de fojas veintidós al veintisiete de autos, para el día LUNES DOS DE AGOSTO del año curso a horas DOS DE LA TARDE, oficiándose para tal fin,  y PRACTÍQUESE las demás diligencias que sean necesarias.
IQUITOS 14 DE JULIO DEL 2010
MARCO NORIEGA PIÑA
SECRETARIO JUDICIAL
V-3(16,18 y 20)

EDICTO
PRIMER JUZGADO CIVIL DE MAYNAS
EXP. N°: 2002-01114-14-1903-JR-CI-02
ESPECIALISTA: FERNANDO JUNIOR RIVEROS DA SILVA
El Primer Juzgado Civil de Maynas, llama, emplaza y pone en conocimiento del multado JUAN YOSHIDA YOSHIDA; la actualización de la multa impuesta por la Corte Superior de Justicia de Loreto, efectuado mediante resolución número doce, derivado de la instrucción N° 2002-01114-14-1903-JR-CI-02; por la suma total de S/. 1, 248.46 (Un Mil Doscientos Cuarenta y Ocho y 46/100 Nuevos Soles) para que dentro del tercer día, cumpla con el pago total de la misma, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución forzada, en caso de incumplimiento.
Iquitos, 09 de Julio del 2010
V-3(16,19 y 20)

EDICTO PENAL
Inst. N° 2010 – 00753
SECRETARIA: ABOG. NERI ISABEL RAMIREZ CERVAN
Se cita, llama y emplaza al acusado ELSA TELLO MALDONADO, para que comparezca ante el Cuarto Juzgado Penal de Maynas, el día 19JUL10 a hrs. 9:30 a.m., con la finalidad de verificarse la diligencia instructiva, en el proceso seguido por el delito de LESIONES LEVES, en agravio de CESAR AUGUSTO VELA GUZMAN; quedando bajo expreso apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordenar su captura a nivel nacional.
Iquitos, 09 de Julio del 2010
V-3(16,19 y 20)

EDICTO PENAL
Inst. N° 2010 – 00229
SECRETARIA: ABOG. NERI ISABEL RAMIREZ CERVAN
Se cita, llama y emplaza al acusado SEGUNDO URQUIA FASANANDO, para que comparezca ante el Cuarto Juzgado Penal de Maynas, el día 21JUL10 a hrs. 8:30 a.m., con la finalidad de verificarse la diligencia instructiva, en el proceso seguido por el delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio LUCERO CHARPENTIER PEREA; quedando bajo expreso apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordenar su captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 30 de Junio del 2010
V-3(16,19 y 20)

EDICTO PENAL
Inst. N° 2010 – 00681
SECRETARIA: ABOG. NERI ISABEL RAMIREZ CERVAN
Se cita, llama y emplaza al acusado GENESIS AREVALO PACAYA, para que comparezca ante el Cuarto Juzgado Penal de Maynas, el día 21JUL10 a hrs. 9:30  a.m., con la finalidad de verificarse la diligencia instructiva, en el proceso seguido por el delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de REGINA NIRVANA AREVALO CHAVEZ; quedando bajo expreso apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordenar su captura a nivel nacional.
Iquitos, 30 de Junio del 2010
V-3(16,19 y 20)

EDICTO PENAL
Inst. N° 2010 – 00647
SECRETARIA: ABOG. NERI ISABEL RAMIREZ CERVAN
Se cita, llama y emplaza al acusado ESTEBAN LLANIS MACEDO ASPAJO, para que comparezca ante el Cuarto Juzgado Penal de Maynas, el día 27JUL10  a hrs. 11:00 a.m., con la finalidad de verificarse la diligencia instructiva, en el proceso seguido por el delito de LESIONES LEVES, en agravio de CARLOS TRAUCO VALLES; quedando bajo expreso apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordenar su captura a nivel nacional
Iquitos, 30 de Junio del 2010
V-3(16,19 y 20)

EDICTO PENAL
Inst. N° 2010 – 00703
SECRETARIA: ABOG. NERI ISABEL RAMIREZ CERVAN
Se cita, llama y emplaza al acusado NORA MURIA SANDIEGO JIPA O NORA NURIA SANDIEGO JIPA, para que comparezca ante el Cuarto Juzgado Penal de Maynas, el día 22JUL10 a hrs. 10:30 a.m., con la finalidad de verificarse la diligencia instructiva, en el proceso seguido por el delito de FALSEDAD IDEOLOGICA, en agravio ESTADO PERUANO – RENIEC; quedando bajo expreso apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordenar su captura a nivel nacional.
Iquitos, 30 de Junio del 2010
V-3(16,19 y 20)

EDICTO PENAL
Inst. N° 2010 – 00705
SECRETARIA: ABOG. NERI ISABEL RAMIREZ CERVAN
Se cita, llama y emplaza a la acusada AYDA ARISTA VELA, para que comparezca ante el Cuarto Juzgado Penal de Maynas, el día 21JUL10 a hrs. 10:30 a.m., con la finalidad de verificarse la diligencia instructiva, en el proceso seguido por el delito de LESIONES LEVES, en agravio de DANIELA SHUÑA SHAPIAMA; quedando bajo expreso apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordenar su captura a nivel nacional.
Iquitos, 30 de Junio del 2010
V-3(16,19 y 20)

EDICTO PENAL
Inst. N° 2010 – 00685
SECRETARIA: ABOG. NERI ISABEL RAMIREZ CERVAN
Se cita, llama y emplaza al acusado JORGE CHAVEZ GUTIERREZ, para que comparezca ante el Cuarto Juzgado Penal de Maynas, el día 22JUL10 a hrs. 9:30 a.m., con la finalidad de verificarse la diligencia instructiva, en el proceso seguido por el delito de LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de ISABEL CUEVA TOCTO; quedando bajo expreso apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordenar su captura a nivel nacional.
Iquitos, 30 de Junio del 2010
V-3(16,19 y 20)

EDICTO
Que, en el expediente Nº 2009-00252, seguido contra FEDERICO RIOS AMASIFEN, por el delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR,  en agravio de Carmen Janeth Rios Caballero, el señor Juez del Cuarto Juzgado Penal de Maynas ha dispuesto se publique lo siguiente:
RESOLUCION NÚMERO ONCE
Iquitos, catorce de julio del dos mil diez.
Dado cuenta con la certificación del cursor y a fin de no vulnerar el derecho de defensa de las partes CÍTESE por última vez al acusado FEDERICO RIOS AMACIFEN a la DILIGENCIA DE LECTURA DE SENTENCIA [la misma que puede ser Condenatoria o Absolutoria], para el día VEINTISIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIEZ, a horas ONCE DE LA MAÑANA, a llevarse a cabo en el Local del Juzgado; quedando BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarado Reo Contumaz en caso de inconcurrencia y de ordenarse su inmediata captura a nivel nacional. Notifíquese a las demás partes; sin perjuicio de notificar al referido acusado por todos los medios que la ley franquea, esto es por  EDICTO DE LEY. Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición superior.
Iquitos, 24 de Julio del 2010
V-3(16,19 y 20)

EDICTO FAMILIA TUTELAR
Expediente Nº 00688-2008-0-1903-JR-FT-02, del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Maynas, Juez Jenny Pomalaza Casabona, en la investigación tutelar sobre “Abandono Material y Peligro Moral”, se NOTIFICA al padre biológico MARIO BUSTAMANTE LLAMOS, lo resuelto en la RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE “SENTENCIA”, de fecha veinticinco de junio de dos mil diez.
SE RESUELVE: 1).- DECLARAR INFUNDADO el estado de ABANDONO MORAL y MATERIAL de los menores tutelados RENZO JHAIR y YORDAN ELÍ BUSTAMANTE VASQUEZ, de seis y ocho años de edad respectivamente a la fecha.
Iquitos, 14 de julio de 2010
V-3(16,19 y 20)

EDICTO PENAL
Instr. N° 2008-348-0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MARYORI PASQUEL GARCÍA
Por disposición Superior de la Segunda Sala Penal de Loreto, cita, llama y emplaza a los testigos MARIO ALVAREZ RODRIGUEZ, , EZEQUIEL VELA PINEDO, ENRIQUE CULQUI MAFALDO, MANUEL FRANCISCO MUENA MANUYAMA a fin de que se sirva apersonarse a la Sala de audiencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, Grau N° 720, el MIERCOLES VEINTIUNO DE JULIO DEL DOS MIL DIEZ, A LAS OCHO CON CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA; con la finalidad de llevarse a cabo su declaración testimonial; Al haberse dispuesto así en el Expediente N° 2008-348 seguido contra el acusado Christian Artica Navarro y otros, por el delito contra la Administración Pública-Peculado y otros, en agravio del estado-DREL
Iquitos, 13 de julio del 2010.
V-3(16,18 y 20)

EDICTO CIVIL
Exp. Nº 2010-316, en los seguidos por doña GILDA MACEDO FLORES DE GONZALES contra SAIDA FLORES CHAVEZ DE RENGIFO; ZAIDA LICETH RENGIFO FLORES DE FLORES y contra MAIRETH RENGIFO FLORES DE DELGADO sobre INTERDICCION, ante el Primer Juzgado de Familia de Maynas, ha resultado lo siguiente:
RESOLUCION Nº 3: Iquitos, dieciocho de marzo del año dos mil diez: SE RESUELVE: ADMITIR la presente acción interpuesta por doña GILDA MACEDO FLORES DE GONZALES contra SAIDA FLORES CHAVEZ DE RENGIFO; ZAIDA LICETH RENGIFO FLORES DE FLORES y contra MAIRETH RENGIFO FLORES DE DELGADO en la vía SUMARISIMA, en consecuencia, se ordena correr traslado de presente acción a las demandadas por el término de CINCO días, bajo apercibimiento de ser declaradas en REBELDIA, publicándose la presente por TRES DIAS en el diario oficial El Peruano y en el diario de mayor circulación de la Región; teniendo por ofrecido los medios probatorios que se indican; agréguese a los autos los anexos que se acompañan. Suscrita por la Juez CARMEN JULIA UBILLUS CHUNGA y la secretaria judicial Abog. MARYSUE DIAZ RENGIFO.
Abog. Marysue Díaz Rengifo
SECRETARIA JUDICIAL
1er. Juzgado de Familia – Maynas
V-3(16,19 y 20)
(S/.25.90)