1° JUZGADO PENAL – Sede Central
EXPEDIENTE : 01398-2006-0-1903-JR-PE-01
ESPECIALISTA: EDDIER ROJAS LINARES
IMPUTADO: BAZAN MEDINA, ENRIQUE OSCAR
DELITO: ESTAFA GENÉRICA
BAZAN MEDINA, ENRIQUE OSCAR
DELITO: FALSEDAD IDEOLÓGICA.
AGRAVIADO: NOTARIO DE MAYNAS QUISPE RAMOS, FLORENTINO
ESTADO
EMPRESA ORGANIZACION, HELLY S.A.
SUCATICONA VILCA, ALICIA
APAZA JUSTO, JULIO
EDICTO – PENAL
SE CITA SE LLAMA AL JUZGADO: SEÑÁLESE: para el día VEINTITRES DE JULIO del año DOS MIL DIEZ, a horas DOCE Y TREINTA Y CINCO del mediodía, la diligencia de Lectura de Sentencia del acusado: ENRIQUE OSCAR BAZAN MEDINA, en el proceso seguido en su contra, por el delito CONTRA LA FE PÚBLICA, en la modalidad de FALDSEDAD IDEOLOGICA y FALSEDAD GENERICA, en agravio de ESTADO PERUANO; y por el delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de ESTAFA, en agravio de JULIO APAZA JUSTO y ALICIA SUCATICONA VILCA, debiendo el acusado concurrir en la fecha y hora anotada al local del Juzgado, a efectos de darse cumplimiento a la diligencia precitada; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su INMEDIATA CAPTURA A NIVEL NACIONAL, debiendo el Secretario de la causa notificar mediante EDICTO, sin perjuicio de notificar bajo cédula a las demás partes, para tal diligencia; con citación y haciéndose saber.
ARMANDO AVALOS PANDURO
SECRETARIO JUDICIAL
V-3(02,03 y 04)
Exp. N° 2008-00017
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado JOSE ALEJANDRO ECHEVARRIA NICOLINI, para que se apersone al local del Segundo Juzgado Penal de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del día LUNES CATORCE DE JUNIO del año en curso, a horas DOCE Y QUINCE DEL MEDIODÍA; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el inculpado concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS en agravio del ESTADO. Fdo. Dra. MARIA ESTHER FELICES MENDOZA.- Juez Segundo Juzgado Penal. Fdo. Abog. NATALI RIOS ARMAS.- Secretaria Judicial.
Iquitos, 28 de Mayo del 2010.
V-3(02,03 y 04)
EXP. N° 2009-02895
SEC. ALAN DOUGLAS PINCHE MORENO
EDICTO PENAL
El Sexto Juzgado Penal de Maynas, cita y emplaza al procesado JOSE SANTOS COLLANTES FLORES a efectos de que se ponga a derecho y cumpla con rendir su declaración instructiva el día CUATRO DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado cito en Av. Grau N° 720 – Tercer piso, por estar así ordenado en la Instrucción N° 2009-02895, seguido en su contra, por el delito de OMISIÓN DE ASITENCIA FAMILIAR, en agravio del menor OSCAR DIRCEU COLLANTES GONZALES y otro.
Iquitos, 07 de mayo de 2010
V-3(02,03 y 04)
EXP. N° 2009-02530
SEC. ALAN DOUGLAS PINCHE MORENO
EDICTO PENAL
El Sexto Juzgado Penal de Maynas, cita y emplaza al procesado WALTER JOSEFAF DEL AGUILA ALIAGA, a efectos de que se ponga a derecho y cumpla con rendir su declaración instructiva el día OCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ A HORAS OCHO D ELA MAÑANA, en el local del Juzgado cito en Av. Grau N° 720 – Tercer piso, por estar así ordenado en la Instrucción N° 2009-02530, seguido en su contra, por el delito de LESIONES LEVES, en agravio de WALTER ROGER DEL AGUILA RENGIFO.
Iquitos, 03 de mayo de 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
SEXTO JUZGADO PENAL DE MAYNAS
EXP. N°: 2009-02081
ESPECIALISTA: ALAN DOUGLAS PINCHE MORENO
Se cita, llama y emplaza a JUAN RAMON VILLACORTA ROJAS y ROSA DE JESUS MANUYAMA AQUITUARI; para que se pongan a derecho en el local del juzgado, a fin de llevarse a cabo la Diligencia de DECLARACIÓN INSTRUCTIVA en la Audiencia del Día CATORCE DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ, a horas ONCE Y TREINTA Y DOCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, en el proceso que se les sigue por el delito VIOLACION DE DOMICILIO en agravio de NEMESIO MAGALLANES MORI. Bajo apercibimiento de ser declarado REOS AUSENTES, en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 17 de mayo del 2010
V-3(02,03 y 04)
EXP. N° 2009-03051
SEC. ALAN DOUGLAS PINCHE MORENO
EDICTO PENAL
El Sexto Juzgado Penal de Maynas, cita y emplaza al procesado TOMY ALIZARDO CALVO REATEGUI, a efectos de que se ponga a derecho y cumpla con rendir su declaración instructiva el día DIECISIETE DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ a horas DOCE Y TREINTA DEL MEDIODÍA, en el local del Juzgado cito en Av. Grau N° 720 – Tercer piso, por estar así ordenado en la Instrucción N° 2009-03051, seguido en su contra, por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de CRISTINA CALVO TRUJILLO.
Iquitos, 17 de Mayo de 2010
V-3(02,03 y 04)
EXP. N° 2009-02969
SEC. ALAN DOUGLAS PINCHE MORENO
EDICTO PENAL
El Sexto Juzgado Penal de Maynas, cita y emplaza al procesado MIGUEL ANGEL RIOS TUESTA, a efectos de que se ponga a derecho y cumpla con rendir su declaración instructiva el día CATORCE DE JUNIO DE DOS MIL DIEZ a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, en el local del Juzgado cito en Av. Grau N° 720 – Tercer piso, por estar así ordenado en la Instrucción N° 2009-02969, seguido en su contra, por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de EDITH FLORES DE RIOS.
Iquitos, 17 de Mayo de 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
SEXTO JUZGADO PENAL DE MAYNAS
EXP. N°: 2009-03012
ESPECIALISTA: FERNANDO JUNIOR RIVEROS DA SILVA
Se cita, llama y emplaza a RAINER VENEGAS ROJAS; para que se ponga a derecho en el local del juzgado, y cumpla con rendir su DECLARACIÓN INSTRUCTIVA en la Audiencia del día QUINCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIEZ a horas DOCE DEL MEDIO DIA, cito en Av. Grau N° 720, por estar así ordenado en Instrucción N° 2009-03012, seguido en su contra por el DELITO DE OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de YAMILA THALIA VENEGAS SOLSOL, bajo apercibimiento de ley en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 07 de mayo del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
SEXTO JUZGADO PENAL DE MAYNAS
EXP. N°: 2009-02955
ESPECIALISTA: FERNANDO JUNIOR RIVEROS DA SILVA
El sexto Juzgado Penal de Maynas, cita, llama y emplaza al procesado CARLOS ROBERTO FLORES HUAYAMBA; para que se ponga a derecho en el local de Juzgado y cumpla con rendir su Declaración Instructiva, el día VEINTICINCO DE JUNIO DEL DOS MIL DIEZ A HORAS DOS DE LA TARDE, cito en Av. Grau N° 720 – Tercer Piso, por estar así ordenado en la Instrucción N° 2009-02955, seguido en su contra, por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de DUK JUNIOR FLORES ACUÑA Y OTROS; Bajo apercibimiento de ser declarado REO AUSENTE y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 24 de mayo del 2010
V-3(02,03 y 04)
QUEJA N° 06-2010-ODECMA-LORETO
QUEJOSO: LUIGI MARIO TORRES PICON
QUEJADO: DRA. MARIA EDNA ROMERO RIOS
DOMENICA SÁNCHEZ SILVA
MOTIVO: CONDUCTA DISFUNCIONAL
RESOLUCIÓN NUMERO CUATRO.- Iquitos, cuatro de mayo del dos mil diez.-
AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta los presentes actuados e informe opinado remitido por el Juez Superior – Responsable de la Unidad de Investigaciones, Visitas y Quejas; téngase por recibidos los actuados, agréguese el informe opinado a los autos, avocándose a conocimiento el Jefe de Odecma, doctor Aldo Atarama Lonzoy, designado mediante Resolución Administrativa Nº 1426-2009-CSJLO-P, e interviniendo el asistente (e) que da cuenta; siendo el estado del presente proceso, corresponde emitirse la presente resolución; y, CONSIDERANDO: DE LA QUEJA PLANTEADA.- Que, mediante escrito de queja, el ciudadano Luigi Mario Torres Picon, da a conocer presunta conducta disfuncional atribuida a la doctora Maria Edna Romero Ríos y la servidora Domenica Sánchez Silva, en sus actuaciones como Jueza y Secretaria del Quinto Juzgado Penal de Maynas, respectivamente, por presunto retardo en la tramitación del expediente N° 2009-977, transgrediendo normas procesales de observancia imperativa, así como no cumplir con proveer en forma oportuna sus escritos de defensa; señala que mediante resolución N° 07 de fecha 17 de diciembre del 2009 se amplió la instrucción por 30 días, sin embargo, se le ha notificado luego de las fechas fijadas para las diligencias, y cuando ya se había vencido el plazo ampliatorio, configurándose con ello los delitos de denegación y retardo en la administración de justicia, en las modalidades sancionadas por los artículos 422° y 423° del Código Penal. DEL CARGO ATRIBUIDO AL JUEZ QUEJADO.- El quejoso atribuye a la Jueza María Edna Romero Ríos y a la servidora Domenica Sánchez Silva, presunta irregularidad en el trámite del proceso N° 2009-0977, al no haber cumplido con proveer en forma oportuna los escritos presentados por el quejoso, y por vulnerar su derecho de defensa, debido proceso y tutela procesal efectiva al haber sido notificado con resolución N° 07 de forma extemporánea. DEL ANÁLISIS.- De la revisión de lo actuado en la presente investigación preliminar y conforme a lo opinado por el Juez Superior responsable de la Unidad de Investigaciones, Visitas y Quejas se tiene que en el expediente materia de la presente queja: 1) Respecto a los cargos imputados a la servidora Domenica Sánchez Silva, este ente de control considera que existen indicios de incumplimiento de funciones por parte de la servidora quejada, así tenemos que: 1.1. En la tramitación de los escritos del proceso N° 2009-977 ha existido retraso, el cual es patente de la revisión del reporte de seguimiento de expedientes en el cual se observa que los escritos presentados por el quejoso han sido proveídos con retraso aproximado de un mes, en ese sentido, observamos que el escrito presentado con fecha 19 de octubre del 2009 fue proveído mediante resolución N° 05 de fecha 06 de noviembre del 2009, el escrito de fecha 20 de noviembre del 2009 fue proveído mediante resolución N° 06 de fecha 20 de diciembre del 2009, el escrito de fecha 14 de diciembre del 2009 proveído mediante resolución N° 07 de fecha 14 de enero del 2010 y el escrito de fecha 05 de enero del 2010 fue proveído mediante resolución N° 08 de fecha 29 de enero del 2010, advirtiéndose indicios de presunta responsabilidad funcional atribuible a la servidora quejada, al no haber dado cuenta en el plazo de ley de los escritos presentados por el quejoso; lo cual debe dilucidarse en el correspondiente proceso disciplinario por infracción a los artículos 6°, 7° y 266° inciso 5) del T.U.O. de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y artículo 8° incisos 1) y 7) del Reglamento Disciplinario de Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, concordante con el artículo 153° del T.U.O. de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 1.2. Respecto a la notificación extemporánea realizada al quejoso en el mismo expediente, se advierten indicios de presunta responsabilidad funcional por parte de la servidora quejada, pues conforme se observa de autos con fecha 17 de diciembre del 2009 se emitió la resolución N° 07 por medio de la cual se amplió la instrucción por un plazo de treinta días, en la cual se señalaban diligencias para los días 13 y 14 de enero del 2010, sin embargo, dicha resolución fue notificada al quejoso con fecha 18 de enero del 2010, esto es después de la fecha de las diligencias, conforme se aprecia de fojas 02; teniéndose que el argumento vertido por la servidora quejada de que la demora en la notificación se debió a que se encontraba realizando un inventario no justifica la demora de un mes en confeccionar la cédula de notificación, la cual se realizó con fecha 14 de enero del 2010. Asimismo, cabe señalarse que con fecha 06 de enero del 2010 mediante resolución N° 08 se reprogramó las diligencias testimoniales señaladas en la resolución N° 07, no obstante, es de hacer notar que en esa fecha todavía no se había cumplido el plazo fijado para las diligencias por resolución N° 07, aunado a esto, la resolución N° 08 recién fue notificada con fecha 02 de febrero del 2010, observándose un retardo considerable y una deficiente tramitación; en tal sentido, la presunta responsabilidad de la servidora quejada por lo señalado anteriormente debe dilucidarse en el correspondiente proceso disciplinario por infracción a los artículos 6°, 7° y 266° inciso 5) del T.U.O. de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y artículo 8° incisos 1) y 7) del Reglamento Disciplinario de Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial. 2) Respecto a la magistrada María Edna Romero Ríos, este ente de control considera que existen indicios de presunto incumplimiento de funciones, pues corresponde a su labor el efectuar el respectivo control al personal que labora en su juzgado, así como observar los plazos y vigilar la debida celeridad procesal, apreciándose que conforme a lo expuesto en el punto 1.1. y 1.2. de este mismo considerando, se evidencia una tramitación deficiente en el expediente N° 2009-977, tanto en la demora de dar cuenta a los escritos presentados por el quejoso, así come en la notificación de las resoluciones N° 07 y 08, lo cual denota que la magistrada quejada no ha venido ejerciendo a cabalidad sus funciones de supervisión respecto a las labores del personal a su cargo, ocasionando con ello retardo en la administración de justicia; por lo que la presunta responsabilidad de la jueza quejada deberá dilucidarse en el correspondiente proceso disciplinario por infracción a los artículos 34° inciso 1), 5), 6) y 7) y artículos 46° incisos 2), 4) y 6) de la Ley de Carrera Judicial, y artículos 6° y 7° del T.U.O. de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: 1) ABRIR PROCESO DISCIPLINARIO contra la magistrada MARIA EDNA ROMERO RÍOS en su actuación como Jueza del Quinto Juzgado Penal de Maynas, por presunta infracción a los artículos 34° inciso 1), 5), 6) y 7) y artículos 46° incisos 2), 4) y 6) de la Ley de Carrera Judicial, y artículos 6° y 7° del T.U.O. de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 2) ABRIR PROCESO DISCIPLINARIO contra la servidora DOMENICA SÁNCHEZ SILVA en su actuación como Secretaria Judicial del Quinto Juzgado Penal de Maynas, respecto a las imputaciones indicadas en el punto 1.1. del considerando anterior por presunta infracción a los artículos 6°, 7° y 266° inciso 5) del T.U.O. de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y artículo 8° incisos 1) y 7) del Reglamento Disciplinario de Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, concordante con el artículo 153° del T.U.O. de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en el punto 1.2. del considerando anterior por presunta infracción a los artículos 6°, 7° y 266° inciso 5) del T.U.O. de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y artículo 8° incisos 1) y 7) del Reglamento Disciplinario de Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial. 3) ENCARGAR la dirección de la presente investigación a la Unidad de Investigaciones, Visitas y Quejas; asumiendo el doctor MAX TEDDY GARCÍA TORRES, Juez Superior Provisional de la Segunda Sala Penal de Loreto, la sustanciación del presente procedimiento debiendo de cumplir con los plazos establecidos por el segundo párrafo del artículo 92º del Reglamento de Organización y Funciones de la Ocma; AGRÉGUESE por la Oficina de ODECMA el récord de Medidas Disciplinarias que registre el investigado, ACTÚESE las pruebas de oficio; REMÍTASE los presentes actuados al despacho del juez sustanciador a fin de que proceda conforme a sus atribuciones; Regístrese y Comuníquese. Doctor Aldo Atarama Lonzoy. Jefe de ODECMA – Loreto. Abog. John Richard Ancka Ikeda. Asistente (e).
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO.- Iquitos, veinticuatro de mayo del dos mil diez.- Que, estando a la devolución cédula de notificación dirigida a la quejada y no conociendo el actual domicilio procesal ni real de la quejada, a mérito de ello y a efectos de que la notificación aludida y las posteriores se tengan por válidas, éstas se deberán realizar mediante Edicto; por lo que SE DISPONE: Notificar el extracto de las Resoluciones Nº 04 y la presente, mediante edicto en el “Diario Oficial El Peruano” y en el Diario Judicial del Distrito de Loreto “La Región”. Doctor Aldo Atarama Lonzoy. Jefe de ODECMA – Loreto. Abog. John Richard Ancka Ikeda. Asistente (e).
V -3(02,03 y 04)
QUEJA Nº 08-2010-ODECMA-LORETO
QUEJOSO: RENE FRANCISCO GALLARDO PALOMINO
QUEJADO: SEGUNDO LOZANO RÍOS
DOMENICA SANCHEZ SILVA
MOTIVO: CONDUCTA DISFUNCIONAL
RESOLUCIÓN NUMERO CINCO.- Iquitos, veintiséis de abril del dos mil diez.- AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta los presentes actuados e informe opinado remitido el Juez Superior – Responsable de la Unidad de Investigaciones, Visitas y Quejas; téngase por recibidos los actuados, agréguese el informe opinado a los autos, avocándose a conocimiento el Jefe de Odecma, doctor Aldo Atarama Lonzoy designado mediante Resolución Administrativa Nº 1426-2009-CSJLO-P; siendo el estado del presente procedimiento, corresponde emitirse la presente resolución; y, CONSIDERANDO: DE LA QUEJA PLANTEADA.- 1.1.- Que, mediante escrito de queja presentado por el ciudadano Rene Francisco Gallardo Palomino, da a conocer presunta conducta disfuncional atribuido al servidor Segundo Lozano Ríos, en su actuación como secretario Judicial del Quinto Juzgado Penal de Maynas, por presunto maltrato psicológico y moral, al haberlo tratado ásperamente, faltándole el respeto como persona mayor; así como retardo en la tramitación del proceso N° 2009-03274, al haberse señalado como fecha para la declaración instructiva el 11 de julio del 2010. 1.2.- Con fecha 4 de marzo del presente, el quejoso solicita se archive su queja, por considera que la fecha señalada obedecería a un error material por parte de la servidora Domenica Sánchez Silva. DE LA PRESUNTA CONDUCTA DISFUNCIONAL.- El quejoso atribuye al servidor quejado maltrato psicológico y moral y retardo en el trámite del proceso N° 2009-3274, al señalarse fecha de declaración instructiva para el mes de julio del 2010. DEL ANÁLISIS.- De lo actuado y conforme a lo opinado por el Juez superior responsable de la Unidad de Investigaciones, Visitas y Quejas, se tiene que quejoso atribuye al servidor quejado maltrato moral y psicológico, hecho ocurrido en circunstancias que solicitó a la servidora Doménica Sánchez Silva se le comunique con la señora Juez, siendo que el servidor Segundo Lozano Ríos lo habría tratado ásperamente, faltándole el respeto como persona mayor; por su parte, el servidor quejado señala que solicito al quejoso el motivo por el cual deseaba entrevistarse con la señora Juez, señalando éste que se debía a que se señalo fecha de instructiva para Julio, ante la desesperación del quejoso, de oficio se emitió la resolución N° 2. Al respecto, se tiene que los hechos reseñados Al respecto, se tiene que los hechos reseñados por el quejoso se basa en presunto maltrato por parte del servidor quejado; si bien el órgano de control debe cumplir con investigar regularmente la conducta funcional, la idoneidad y el desempeño de los Jueces y auxiliares jurisdiccionales; en el presente caso, no existen medios de pruebas que acrediten lo manifestado por el quejoso – maltrato psicológico y moral -, más aún que con posterioridad a la interposición de su queja, solicita el archivo de la misma, indicando que ha comprendido que el error material se debió a la actuación de la secretaria judicial, lo que corrobora lo narrado por el servidor quejado en su informe de descargo. En consecuencia, el hecho materia de queja no constituye conducta disfuncional susceptible de sanción, por ello, conforme lo dispone el numeral 3) del artículo 79° del Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA (Resolución Administrativa Nº 129-2009-CE-PJ debe declararse improcedente la presente queja. De otra parte, se tiene que en la resolución N° 1 de fecha 08 de enero del 2010 se ha consignado como fecha para diligencia de declaración de instructiva el día domingo 11.07.2010m, hecho atribuido a la ex –servidora Domenica Sánchez Silva; sin embargo, debe tenerse en cuenta que el hecho materia de queja consiste en un error material e involuntario, que fue subsanado en forma mediante resolución N° 2 de fecha 28 de enero del 2010- fojas 36-, en consecuencia, este Despacho en aplicación del principio de presunción de licitud, considera que no existe merito para dar inicio a procesado disciplinario por dicho hecho, por lo que, debe declararse improcedente el inicio de proceso disciplinario contra la referida servidora; recomendándosele que en lo sucesivo cumpla con poner mayor celo en el desempeño de sus funciones. Por las consideraciones expuestas y de conformidad a lo previsto en el artículo 19º numeral 5) del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura. SE RESUELVE: 1) DECLARAR IMPROCEDENTE la queja formulada por el ciudadano Rene Francisco Gallardo Palomino contra el servidor Segundo Lozano Ríos, Asistente de Juez del Quinto Juzgado Penal de Maynas; y, 2) IMPROCEDENTE el inicio de proceso disciplinario contra la servidora Domenica Sánchez Silva, secretaria judicial del Quinto Juzgado Penal de Maynas, recomendándosele que en lo sucesivo cumpla con poner mayor celo en el desempeño de sus funciones. Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, sea archivada donde corresponda; Regístrese y Comuníquese. Doctor Aldo Atarama Lonzoy. Jefe de ODECMA – Loreto. Abog. Libaña Rubi Culqui Pérez. Asistente (e).
RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS.- Iquitos, veintiuno de mayo del dos mil diez.- Que, estando a la devolución cédula de notificación dirigida a la quejada y no conociendo el actual domicilio procesal ni real de la quejada, a mérito de ello y a efectos de que la notificación aludida y las posteriores se tengan por válidas, éstas se deberán realizar mediante Edicto; por lo que SE DISPONE: Notificar el extracto de las Resoluciones Nº 05 y la presente, mediante edicto en el “Diario Oficial El Peruano” y en el Diario Judicial del Distrito de Loreto “La Región”. Doctor Aldo Atarama Lonzoy. Jefe de ODECMA – Loreto. Abog. John Richard Ancka Ikeda. Asistente (e).
V-3(02,03 y 04)
QUEJA N° 009-2010-ODECMA-LORETO
QUEJOSO: JAQUER JIMÉNEZ PASTRANA
QUEJADO: DRA. GRACE REATEGUI DÍAZ
JORGE SÁNCHEZ TISNADO
MOTIVO: CONDUCTA DISFUNCIONAL
RESOLUCIÓN NUMERO SEIS.- Iquitos, cuatro de mayo del dos mil diez.- AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta los presentes actuados e informe opinado remitido por el Juez Superior – Responsable de la Unidad de Investigaciones, Visitas y Quejas; téngase por recibidos los actuados, agréguese el informe opinado a los autos, avocándose a conocimiento el Jefe de Odecma, doctor Aldo Atarama Lonzoy, designado mediante Resolución Administrativa Nº 1426-2009-CSJLO-P, y el asistente (e) que interviene; siendo el estado del presente proceso, corresponde emitirse la presente resolución; y, CONSIDERANDO: DE LA QUEJA PLANTEADA.- Que, mediante escrito de queja, el ciudadano Jaquer Jiménez Pastrana, da a conocer presunta conducta disfuncional atribuida a la magistrada Grace Reategui Díaz, Jueza del Juzgado Mixto de Requena y al Secretario Judicial Jorge Sánchez Tisnado, por presunta irregularidad en la tramitación del Expediente N° 194-2008, por cuanto con resolución N° 01 de fecha 27 de octubre del 2008 se abrió instrucción en su contra, habiendo transcurrido a la fecha más de 14 meses, no obrando en autos ningún medio de prueba que se haya actuado por la quejada, siendo que dispuso se amplié el plazo de instrucción por 60 días, contraviniendo lo dispuesto en el artículo 202° del Código de Procedimientos Penales; siendo que dicha conducta constituye directa inobservancia de las disposiciones legales. DEL CARGO ATRIBUIDO AL JUEZ QUEJADO.- La quejosa atribuye a la Jueza quejada presunta irregularidad en el trámite del proceso N° 194-2008, señalando que existe retardo en la tramitación del proceso que se le sigue, llevando más de 14 meses, y habiéndose ampliado la instrucción por 60 días. DEL ANÁLISIS.- De la revisión de lo actuado en la presente investigación preliminar y con lo opinado por el Juez Superior responsable de la Unidad de Investigaciones, Visitas y Quejas se tiene que en el expediente materia de la presente queja: Este ente de control conviene con lo opinado por el Juez Superior responsable de la Unidad de Visitas, Investigaciones y Quejas, en el sentido de que si bien se aprecia la existencia de retraso en la tramitación del proceso N° 194-2008, el mismo no tiene su origen en una conducta irregular atribuible a la Jueza y servidor quejados, sino que éste se ha debido a las constantes reprogramaciones de la diligencia de declaración instructiva, conforme las copias certificadas obrantes de fojas treinta y cinco al cuarenta y cinco, algunas de las cuales no se han llevado a cabo por inconcurrencia del propio quejoso, y en otros casos se ha debido a que las notificaciones no han sido realizadas a tiempo, tanto más si se tiene que el quejoso ha señalado como domicilio procesal la dirección sito en avenida 28 de Julio N° 822 – Punchana – Maynas – Loreto, esto es, un domicilio ubicado fuera de la provincia de Requena, por lo que la notificación ha debido ser realizada mediante exhorto, lo cual también ha dificultado se cumpla con los plazos procesales; en consecuencia, corresponde declarar improcedente en este extremo la queja planteada conforme el artículo 79º inciso 3) del Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA. No obstante, debe recomendarse a la magistrada Grace Reategui Díaz ejerza mayor control sobre el personal asignado a su cargo, debiendo cumplir con observar los plazos procesales y hacer uso de los apremios que le faculta la ley para realizar las diligencias, evitando de esta manera dilaciones innecesarias; así como recomendarse al servidor Jorge Sánchez Tisnado poner mayor celo en el desempeño de sus funciones, debiendo dar cuenta al Juez del estado de los procesos a fin de adoptar las medidas pertinentes. Por las consideraciones expuestas y de conformidad a lo previsto en el artículo 19º numeral 5) y artículo 79º inciso 3) del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura; SE RESUELVE: 1) DECLARAR IMPROCEDENTE la presente queja planteada por el ciudadano Jaquer Jiménez Pastrana contra la doctora Grace Reategui Díaz y el servidor Jorge Sánchez Tisnado, Jueza y Secretario Judicial del Juzgado Mixto de Requena, respectivamente, conforme los argumentos reseñados en el considerando precedente de la presente resolución. 2) RECOMENDAR a la doctora Grace Reategui Díaz, Juez del Juzgado Mixto de Requena, cumpla con ejercer el control permanente del personal a su cargo a fin de que desarrollen su labor con eficiencia. 3) RECOMENDAR al servidor Jorge Sánchez Tisnado secretario judicial del Juzgado Mixto de Requena cumpla con poner mayor celo en el cumplimiento de sus funciones. Consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución; archívese donde corresponda. Regístrese y Comuníquese. Doctor Aldo Atarama Lonzoy. Jefe de ODECMA – Loreto. Abog. John Richard Ancka Ikeda. Asistente (e).
RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE.- Iquitos, veintiuno de mayo del dos mil diez.- Que, estando a la devolución cédula de notificación dirigida a la quejada y no conociendo el actual domicilio procesal ni real de la quejada, a mérito de ello y a efectos de que la notificación aludida y las posteriores se tengan por válidas, éstas se deberán realizar mediante Edicto; por lo que SE DISPONE: Notificar el extracto de las Resoluciones Nº 06 y la presente, mediante edicto en el “Diario Oficial El Peruano” y en el Diario Judicial del Distrito de Loreto “La Región”. Doctor Aldo Atarama Lonzoy. Jefe de ODECMA – Loreto. Abog. John Richard Ancka Ikeda. Asistente (e).
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 2009 – 191 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de ANGEL LLERALDO ACOSTA COHELO; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES VEINTITRES DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS DOCE DEL MEDIODIA, a fin de que sea juzgado conforme a ley en la instrucción N° 2009 – 191 – 0, que se le sigue como autor del delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de M. A. P. J; bajo apercibimiento de variarse el Mandato de Comparecencia por el de Detención, ordenándose su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 2009 – 191 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de THEDY NEY PEREZ SORIA; a efectos de que concurra acompañado de su menor hija de iniciales M. A. P. J. a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES VEINTITRES DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS DOCE DEL MEDIODIA, a fin de que preste su declaración testimonial sobre los hechos materia de la instrucción N° 2009 – 191 – 0, que se sigue contra ANGEL LLERALDO ACOSTA COHELO; como autor del delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de M. A. P. J.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 129 – 2009 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de OSBAL OLANO FERNANDEZ; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES NUEVE DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS DOCE Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA, a fin de que sean juzgados conforme a ley en la instrucción N° 129 – 2009 – 0, que se sigue en su contra, por el delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud – Homicidio Calificado, en agravio de EUSTACIO CARRION CHINCHAY; bajo apercibimiento de variarse el mandato de comparecencia por el de detención, ordenándose su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 129 – 2009 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a las personas de FELIX ANDRES GUTIERREZ LOPEZ, VICTOR GUTIERREZ LOPEZ, DEMETRIO MAJES CARTAGENA, JOSE VILLACREZ PIÑA y FELIX NORIEGA GUTIERREZ; a efectos de que concurran a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES NUEVE DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS DOCE Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA, a fin de que presten su declaración Testimonial sobre los hechos materia de la instrucción N° 129 – 2009 – 0, que se sigue contra OSBAL OLANO FERNANDEZ, por el delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud – Homicidio Calificado, en agravio de EUSTACIO CARRION CHINCHAY.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 479 – 2009 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de RENZO ARQUIMEDES SANDOVAL SOUZA; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES NUEVE DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS DOCE Y QUINCE DE LA MAÑANA, a fin de que sean juzgados conforme a ley en la instrucción N° 479 – 2009 – 0, que se sigue en su contra, por el delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de M. P. S; bajo apercibimiento de variarse el mandato de comparecencia por el de detención, ordenándose su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 2005 – 811 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a las personas de CESAR WALTER CORDOVA INUMA, MANUEL ELISEO CABRERA SILVANO, MANUEL FERNANDO FERNANDEZ FREITAS, PASCUAL PORTOCARRERO LOPEZ, JULIO CESAR ORTIZ SANCHEZ, JOSE ANDRES NAVAS RAMIREZ, WILSON RIOS GAMBOA, DONALDO VELA PAREDES, DENNY MARTÍN NICANOR MOREY MELENDEZ; a efectos de que concurran a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES NUEVE DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS DOCE Y TREINTA DEL DIA, a fin de que sean juzgados conforme a ley en la instrucción N° 2005 – 811 – 0, que se les sigue por del delito Contra la Administración Publica – Peculado, en agravio de la Municipalidad Provincial de Loreto Nauta; bajo apercibimiento de variarse el Mandato de Comparecencia por el de Detención, ordenándose su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 219 – 2008 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de ALEJANDRO GOMEZ LAURO; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES VEINTITRES DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, a fin de que sean juzgados conforme a ley en la instrucción N° 219 – 2008 – 0, que se sigue en su contra, por el delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de T. G. D; bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 219 – 2008 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de FLOR DE MARIA DAZA APUELA; a efectos de que concurra acompañada de su menor hija de iniciales T. G. D. a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES VEINTITRES DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, a fin de que presten su declaración testimonial sobre los hechos materia de la instrucción N° 219 – 2008 – 0, que se sigue contra ALEJANDRO GOMEZ LAURO, por el delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de T. G. D.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 2009 – 615 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de EDWIN RENNY RODRIGUEZ TRAUCO; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES VEINTITRES DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS DOCE Y QUINCE DE LA TARDE, a fin de que sea juzgado conforme a ley en la instrucción N° 2009 – 615 – 0, que se le sigue como autor del delito Contra el Patrimonio – Robo Agravado, en agravio de ROSANA CATERINE GOMEZ OCMIN; bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 2009 – 601 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de JOSE LUIS ARICARA ARIMUYA; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES VEINTITRES DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS ONCE Y TREINTYA DE LA MAÑANA, a fin de que sea juzgado conforme a ley en la instrucción N° 2009 – 601 – 0, que se le sigue como autor del delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales K. K. V. M.; bajo apercibimiento de variarse el Mandato de Comparecencia por el de Detención, ordenándose su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 2009 – 601 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de VICTORIA MACAHUACHI por la menor K. K. V. M; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES VEINTITRES DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS ONCE Y TREINTYA DE LA MAÑANA, a fin de que preste su declaración testimonial sobre los hechos materia de la instrucción N° 2009 – 601 – 0, que se sigue contra JOSE LUIS ARICARA ARIMUYA, como autor del delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales K. K. V. M.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 2004 – 1107 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a las personas de VICTOR RAUL REATEGUI PAREDES, JUAN MANUEL FLORES PEREZ, RAMIRO ROMERO HERNANDEZ, ELVIS PANDURO TORREJON, JORGE LUIS FLORES VENEGAS y EDGAR ALEXANDER PEREZ; a efectos de que concurran a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES VEINTITRES DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS DOCE Y TREINTA DE LA TARDE, a fin de que sea juzgado conforme a ley en la instrucción N° 1107 – 2004 – 0, que se sigue en su contra como autor del delito Contra la Administración Pública – Peculado, en agravio del Estado Peruano – Municipalidad Distrital del Putumayo; bajo apercibimiento de ser declarados Reos Contumaces y Revocarse el Mandato de Comparecencia por el de Detención, ordenándose su inmediata ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 23 – 2002 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a las personas de MANUEL ROGER ANGULO BOSMEDIANO, JOSE LUIS FLORES VICUÑA, ABNER PEREZ RODRIGUEZ, JULIO EDUARDO CESPEDES SILVA, EDGAR LENIN PANDURO RIOS, LUIS MENDOCILLA HARO, ROBERTH RODRIGUEZ FLORES, RAÚL EDWIN FLORES ALLPAS, ROMULO MARQUEZ VÁSQUEZ, ENRIQUE ALVAREZ BARBARAN, DENNY MARTÍN NICANOR MOREY MELÉNDEZ, ANDERSON TORRES BARTRA, JAIME MEJIA BERNALES, JORGE LUIS RENGIFO PEÑA, AMERICO SMITH QUEVEDO PAIMA, DEMETRIO JURO RAMOS, BETTY CUELLAR BAUTISTA, ARTURO RUIZ TORREJON, ALVARO VELA SANCHEZ, ARTURO GARCÍA HIDALGO y JHONY SOUZA PEREZ; a efectos de que concurran a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES DIECISEIS DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA, a fin de que sean juzgados conforme a ley en la instrucción N° 23 – 2002 – 0, que se sigue en sus contra como autor del delito Contra la Administración Pública – Peculado, en agravio del Estado Peruano – Municipalidad Provincial de Ucayali – Contamana; bajo apercibimiento de Variarse el Mandato de Comparecencia por el de Detención, ordenándose su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3802,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 47 – 2008 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de PEDRO WELINTON ANDOA HUAYNACARI; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES DOS DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, a fin de que sea juzgado conforme a ley en la instrucción N° 2005 – 811 – 0, que se les sigue por del delito Contra la Administración Publica – Peculado, en agravio de la Municipalidad distrital de Yaquerana; bajo apercibimiento de variarse el Mandato de Comparecencia por el de Detención, ordenándose su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 47 – 2008 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de JUAN NESTOR MACUYAMA JARAMILLO; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES DOS DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, a fin de que sea juzgado conforme a ley en la instrucción N° 2005 – 811 – 0, que se les sigue por del delito Contra la Administración Publica – Peculado, en agravio de la Municipalidad distrital de Yaquerana.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST N° 453 – 1997 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de JUAN ALBERTO BUITRON CUEVA; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES SIETE DE JULIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, a fin de que sea juzgado conforme a ley en la instrucción N° 453 – 1997 – 0, que se le sigue por del delito Contra la Salud Pública – Trafico Ilícito de Drogas, en agravio del Estado Peruano; bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y Revocarse el Mandato de Comparecencia por el de Detención, ordenándose su inmediata ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 2233 – 2002 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, pone a conocimiento de la persona de GARY ALVEZ MOORE, que en la Instrucción N° 2233 – 2002 – 0, que se le sigue por el Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales C. C. R. R, se ha expedido resolución Número Veintidós de fecha veinticuatro de Mayo del año dos mil diez que resuelve declarar consentida la resolución número veintiuno de fecha treinta y uno de Marzo del dos mil diez AUTO DE SOBRESEIMIENTO a favor de GARY ALVEZ MOORE, por lo que se ordena se oficie a la autoridad competente a fin de anular los antecedentes policiales y judiciales que se hubieren generado contra el procesado, en la instrucción N° 2233 – 2002 – 0, seguido en su contra, por el delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales C. C. R. R.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 2233 – 2002 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, pone a conocimiento de la persona de NANCY ANGELICA RUIZ DE RUIZ POR LA MENOR R. R. C. C., que en la Instrucción N° 2233 – 2002 – 0, que se sigue contra GARY ALVEZ MOORE por el Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales C. C. R. R, se ha expedido resolución Número Veintidós de fecha veinticuatro de Mayo del año dos mil diez que resuelve declarar consentida la resolución número veintiuno de fecha treinta y uno de Marzo del dos mil diez AUTO DE SOBRESEIMIENTO a favor de GARY ALVEZ MOORE, por lo que se ordena se oficie a la autoridad competente a fin de anular los antecedentes policiales y judiciales que se hubieren generado contra el procesado, en la instrucción N° 2233 – 2002 – 0, seguido en su contra, por el delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales C. C. R. R.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 2010 – 2047 – 70 (2000-127-0)
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, pone a conocimiento de la persona de TERCERO RENGIFO CELIS, que en la Instrucción N° 2010 – 2047 – 70 (2000-127-0), que se le siguió por el Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales M. I. S., se ha expedido resolución Número Trece de fecha veinticinco de Mayo del presente año que declara consentida la resolución número Doce de fecha veinticinco de enero del año dos mil diez AUTO DE SOBRESEIMIENTO que resuelve declarar el Sobreseimiento de la causa penal, seguida contra TERCERO RENGIFO CELIS, por lo que se ordena se oficie a la autoridad competente a fin de anular los antecedentes policiales y judiciales que se hubieren generado contra el procesado en la instrucción N° 2010 – 2047 – 70 (2000-127-0), seguido en su contra por la comisión del Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales M. I. S.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 2010 – 2047 – 70 (2000-127-0)
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, pone a conocimiento de la persona de LUZ MARINA SILVA CAHUAZA por la menor de iniciales M. I. S, que en la Instrucción N° 2010 – 2047 – 70 (2000-127-0), que se siguió contra TERCERO RENGIFO CELIS por el Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales M. I. S., se ha expedido resolución Número Trece de fecha veinticinco de Mayo del presente año que declara consentida la resolución número Doce de fecha veinticinco de enero del año dos mil diez AUTO DE SOBRESEIMIENTO que resuelve declarar el Sobreseimiento de la causa penal, seguida contra TERCERO RENGIFO CELIS, por lo que se ordena se oficie a la autoridad competente a fin de anular los antecedentes policiales y judiciales que se hubieren generado contra el procesado en la instrucción N° 2010 – 2047 – 70 (2000-127-0), seguido en su contra por la comisión del Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales M. I. S.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 8467 – 1997 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, pone a conocimiento de la persona de ANTONIO CANCINO PEREA, que en la Instrucción N° 8467 – 1997 – 0, que se le siguió por el Delito Contra la Salud Pública – Trafico Ilícito de Drogas, en agravio del Estado Peruano, se ha expedido resolución S/N de fecha veinticuatro de Mayo del presente año que declara consentida la resolución S/N de fecha veintiséis de Enero del año dos mil diez AUTO DE PRESCRIPCION que resuelve declarar EXTINTA DE OFICIO LA ACCION PENAL POR PRESCRIPCION, a favor de ANTONIO CANCINO PEREA, por la comisión del delito Contra la Salud Pública – Trafico Ilícito de Drogas, en agravio del Estado Peruano; por lo que se ordena se oficie a la autoridad competente a fin de anular los antecedentes policiales y judiciales que se hubieren generado en el proceso.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 2001 – 53 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, pone a conocimiento de la persona de MIGUEL PEÑA PANAIFO, que en la Instrucción N° 2001 – 53 – 0, que se le siguió por el Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales L. I. C. M., se ha expedido resolución número veintitrés de fecha veinticinco de Mayo del presente año que declara consentida la resolución Número veintidós de fecha veinticinco de enero del año dos mil diez AUTO DE SOBRESEIMIENTO que resuelve declarar el Sobreseimiento de la causa penal, seguida contra MIGUEL PEÑA PANAIFO, por la comisión del Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales L. I. C. M, por lo que se ordena se oficie a la autoridad competente a fin de que anulen los antecedentes policiales y judiciales generados en contra del procesado
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 2001 – 53 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, pone a conocimiento de la persona de LUZBINA MARICHIN PANAIFO por la menor de iniciales L. I. C. M., que en la Instrucción N° 2001 – 53 – 0, que se siguió contra MIGUEL PEÑA PANAIFO por el Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales L. I. C. M., se ha expedido resolución número veintitrés de fecha veinticinco de Mayo del presente año que declara consentida la resolución Número veintidós de fecha veinticinco de enero del año dos mil diez AUTO DE SOBRESEIMIENTO que resuelve declarar el Sobreseimiento de la causa penal, seguida contra MIGUEL PEÑA PANAIFO, por la comisión del Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales L. I. C. M, por lo que se ordena se oficie a la autoridad competente a fin de que anulen los antecedentes policiales y judiciales generados en contra del procesado
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 2001 – 543 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, pone a conocimiento de la persona de MANUEL VILCA MARAPARA, que en la Instrucción N° 2001 – 543 – 0, que se le siguió por el Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales R. P. M. D. A., se ha expedido resolución número veintiocho de fecha veinticuatro de Mayo del presente año que declara consentida la resolución Número Veintisiete de fecha quince de Marzo del año dos mil diez AUTO DE SOBRESEIMIENTO a favor de MANUEL VILCA MARAPARA, por lo que se ordena se oficie a la autoridad competente a fin de anular los antecedentes policiales y judiciales que se hubieren generado contra el procesado en la instrucción N° 543 – 2001 – 0, seguida en su contra, por la comisión del Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales R. P. M. D. A.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
EDICTO PENAL
INST No. 2001 – 543 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, pone a conocimiento de la persona de ISOLINA DEL AGUILA FACHIN por la menor de iniciales R. P. M. D. A., que en la Instrucción N° 2001 – 543 – 0, que se siguió contra MANUEL VILCA MARAPARA, por la comisión del Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales R. P. M. D. A., se ha expedido resolución número veintiocho de fecha veinticuatro de Mayo del presente año que declara consentida la resolución Número Veintisiete de fecha quince de Marzo del año dos mil diez AUTO DE SOBRESEIMIENTO a favor de MANUEL VILCA MARAPARA, por lo que se ordena se oficie a la autoridad competente a fin de anular los antecedentes policiales y judiciales que se hubieren generado contra el procesado en la instrucción N° 543 – 2001 – 0, seguida en su contra, por la comisión del Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales R. P. M. D. A.
Iquitos, 01 de Junio del 2010
V-3(02,03 y 04)
Instr. N° 2008-793.
Sec. C. Huari M.
EDICTO PENAL
Por disposición de la señora Juez, por intermedio del presente NOTIFICO al procesado ELISEO BAOS ANGULO, para que se presente ante el local del Quinto Juzgado Penal de Maynas, para que rinda su declaración instructiva, y absuelva las citas que le resultan de autos; recordándosele que tiene la condición de reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 2008-793, que se le sigue por delito de robo agravado, en agravio de Roberto Ahuanari Arévalo.
Iquitos, 21 de mayo del 2010.
V-3(02,03 y 04)