EDICTOS

Instr. N°  2188  – 2010.
Sec.  C Huari Mendoza
EDICTO  PENAL
Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al encausado CHRISTAN AMADOR MERMAO RAMÍREZ, para que se presente ante el local del Cuarto Juzgado Penal de Maynas, para que rinda su declaración instructiva, señalado para el día dieciséis de junio de este año, a las diez y treinta de la mañana; bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 2188  – 2010, que se le sigue, por delito de Peligro Común  – conducción de vehiculo en estado de ebriedad, en agravio de La Sociedad.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos,  16 de Mayo del 2011.
V-3(06,07 y 08)

EDICTO
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a los padres y/o familiares del menor tutelado LEVIS HOYOS VELASQUEZ (03 años), a fin de tomar conocimiento de este proceso y se apersonen a este Juzgado, que en caso de no cumplir con apersonarse al juzgado,  es probable que el menor tutelado pase al programa de adopción si es declarado fundado su abandono; en la presente resolución que resuelve aperturar investigación tutelar N°601-2011: RESOLUCION NUMERO UNO Iquitos,  doce de mayo de dos mil once.-  “AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta en la fecha la demanda que antecede interpuesta por la Señora Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Provincial de Familia de Maynas sobre presunto Abandono Moral y Material; AL PRINCIPAL Y OTROSI DIGO: Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, de conformidad con el Principio número ocho de la Declaración de los Derechos del Niño, establece “El niño debe en todas las circunstancias, figurar como los primeros que reciban protección y socorro”. SEGUNDO: De las conclusiones de los documentos adjuntos a la presente, se establece que el menor LEVIS HOYOS VELASQUEZ (03), se encuentra en presunto ABANDONO MORAL y MATERIAL. TERCERO: Fluye de los actuados que, el menor LEVIS HOYOS VELASQUEZ (03) se encontraría en presunto estado de abandono moral y material, pues no obstante contar con las personas que conforme a ley tienen el deber de su cuidado personal y de su crianza, sin embargo no cumplen a cabalidad con sus obligaciones, pues en el caso de su progenitora GLADIS VELASQUEZ (35) ésta sufre de trastorno esquizofrénico, situación que lleva a que no procure cubrir las necesidades básicas del menor como su alimentación, educación y salud, por lo que, aquel se viene alimentando actualmente de la caridad de los vecinos y duerme donde le da la noche, y en el caso de su padre, aquel no asume su responsabilidad como tal, desconociéndose su paradero. Que tal situación viene afectando el desarrollo del menor a tutelar, conforme se aprecia del certificado médico psicosomático del menor. En ese sentido, se desprende que el menor se encontraría en presunto estado de abandono moral y material, toda vez que carece de las personas que conforme a la ley tienen el cuidado personal de su crianza; por lo que, en conformidad con lo dispuesto por el artículo noveno y décimo del Título Preliminar del Código de los Niños y Adolescentes concordado con el artículo doscientos cuarenta, doscientos cuarenta y tres, doscientos cuarenta y seis y doscientos cuarenta y ocho del Código Acotado, RESUELVE: 1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor del menor LEVIS HOYOS VELASQUEZ (03), estando a que dicho menor sufre de abandono moral y material siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres del Código de los Niños y Adolescentes, 2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor sea trasladado y permanezca en la ALDEA INFANTL SANTA MONICA, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, el mismo que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezca en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia: a) OFICIESE al Psicólogo de esta Sede de Corte a fin de que realice una evaluación psicológica en el menor para el DIA VIERNES UNO DE JULIO DEL AÑO EN CURSO a las DIEZ Y VEINTE DE LA MAÑANA, debiendo la Directora de la Aldea Infantil Santa Mónica trasladar al menor a la Oficina del Psicólogo de esta Sede de Corte. b) OFICIESE a la Directora de la Aldea Infantil Santa Mónica a fin de hacer llegar a éste Juzgado un Informe sí el menor recibe visitas de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios. c) OFICIESE a la Directora de la Aldea Infantil Santa Mónica a fin de que por su intermedio se practique al menor tutelado un informe social evolutivo. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior; firmado doctora Betty Magallanes Hernández, Juez y Gabriela Ramírez Reátegui, Secretaria Judicial
V-3(06,07 y 08)

EDICTO
La Señora Juez Especializada de Familia de Maynas, CITA, LLAMA Y EMPLAZA a don JULIO ANGEL ARIMUYA MAYTAHUARI, para que tenga conocimiento del proceso, Número 2010-01246-0-1903-JR-FT-3 sobre Violencia Familiar, transcribiendo la parte resolutiva de la resolución número cuatro; Iquitos, veinticuatro de mayo de dos mil once; SE RESUELVE: DAR POR CONCLUIDO EL PRESENTE PROCESO, ordenándose su ARCHIVO DEFINITIVO, debiendo remitirse a la Oficina del Archivo central de esta Sede de Corte. Notificándose
V-3(06,07 y 08)

EDICTO
La Señora Juez del Juzgado  Transitorio Especializado de Familia de Maynas, Cita, Llama y Emplaza a los padres y/o familiares de la menor tutelada NN SHEYLA PASMIÑO YAICATE (14), a fin de tomar conocimiento de este proceso y se apersonen a este Juzgado, que en caso de no cumplir con apersonarse al juzgado,  es probable que el menor tutelado pase al programa de adopción si es declarado fundado su abandono; en la presente resolución que resuelve aperturar N° 2010-1319: RESOLUCION NUMERO UNO Iquitos,  catorce de setiembre de dos mil diez.-  AUTOS Y VISTOS; RESUELVE: 1) APERTURAR Investigación Tutelar a favor de la menor NN (14), estando a que dicha menor sufre de abandono moral y material siendo la función tuitiva del Juzgado velar por la protección de estos tipos de menores que se encuentran susceptibles a cualquier peligro que puedan afectar a sus integridad física y psicológica, por lo que estando a las facultades de la Señora Juez y de conformidad con el artículo doscientos cuarenta y tres del Código de los Niños y Adolescentes, 2) SE DICTA como MEDIDA DE PROTECCIÓN que la referida menor sea trasladada y permanezca en la CASA DE ACOGIDA SANTA LORENA, debiendo OFICIARSE a la Directora de dicha institución a fin de ponerle en conocimiento la presente resolución, la misma que queda bajo su cuidado y protección durante el tiempo que permanezcan en dicho Hogar, y se dispone la siguiente diligencia: a) RECABESE por medio del Sistema Judicial de esta Sede de Corte las fichas de inscripciones ante de la Reniec de la menor tutelada y de los padres biológicos. b) CUMPLA: La Directora de la Casa de Acogida Santa Lorena con hacer llegar a éste Juzgado un Informe respecto a que si la menor recibe visita de algún familiar, si fuere así cumpla con informar los datos domiciliarios. c) OFICIESE a la Directora de la Casa de Acogida Santa Lorena a fin de que por su intermedio se practique a la menor tutelada un informe Psicológico e Informe social evolutivo. d) NOTIFIQUESE mediante EDICTO un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial La Región. PÓNGASE en conocimiento de la Representante del Ministerio Público de Maynas la presente resolución. Interviniendo la Señora Juez que autoriza y Secretaria Judicial que da cuenta por Disposición Superior; Fdo. Juez BETTY MAGALLANES HERNÁDEZ y Secretaria Judicial  GABRIELA RAMIREZ REATEGUI.
Iquitos, 31 de mayo del 2011.
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EDICTO PENAL
INST No.  2010 – 02045 – 0
SECRETARIA DE SALA: MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a las personas de EDGAR WILLIAMS MONTALVAN FLORES, JOSE MANUEL ENCINAS ARISTA y VICTOR CLEVER VILLACORTA VARGAS; a efectos de que concurran a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día LUNES  DIECIOCHO DE JULIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00AM), a fin de que sean juzgados conforme a ley en la instrucción N° 2010 – 02045 – 0, que se sigue en su contra como autor del delito Contra la Administración Pública – Peculado, en agravio del Estado Peruano – Municipalidad Distrital de Tapiche – Iberia; bajo apercibimiento de Variarse el Mandato de Comparecencia por el de Detención, ordenándose su inmediata ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos,  03 de Junio del 2011
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EDICTO PENAL
INST No.  1791 – 2009 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MARJORIE ZULEICA PASQUELGARCÍA
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, pone a conocimiento de las personas de JORGE GASPAR COQUINCHE MASHACURI y RENZO RODRIGUEZ DOÑEZ, que en la instrucción N° 1791-2009-0 que se sigue en sus contra por la comisión del delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales C. C. P. M; se ha expedido resolución número cuarenta de fecha seis de Diciembre del año dos mil diez en la que se dispone poner a conocimiento de las partes el dictamen penal N° 062 – 2010, que establece haber merito para pasar a Juicio Oral contra los procesados por el delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales C. C. P. M.
Iquitos,  03 de Junio del 2011
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
INST No.  1791 – 2009 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MARJORIE ZULEICA PASQUELGARCÍA
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, pone a conocimiento de la persona de ENITH SABOYA VASQUEZ POR LA MENOR C. C. P. M, que en la instrucción N° 1791-2009-0 que se sigue en contra de JORGE GASPAR COQUINCHE MASHACURI y RENZO RODRIGUEZ DOÑEZ por la comisión del delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales C. C. P. M; se ha expedido resolución número cuarenta de fecha seis de Diciembre del año dos mil diez en la que se dispone poner a conocimiento de las partes el dictamen penal N° 062 – 2010, que establece haber merito para pasar a Juicio Oral contra los procesados JORGE GASPAR COQUINCHE MASHACURI y RENZO RODRIGUEZ DOÑEZ por el delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales C. C. P. M.
Iquitos,  03 de Junio del 2011
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
INST No.  047 – 2008 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de PEDRO WELINTON ANDOA HUAYNACARI; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día LUNES VEINTISIETE DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, a fin de que sean juzgados conforme a ley en la instrucción N° 047 – 2008 – 0, que se le sigue como autores del delito Contra la Administración Pública – Peculado, en agravio de la Municipalidad Distrital de Yaquerana; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y revocársele el Mandato de Comparecencia Restringida por el de Detención, ordenándose su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos,  03 de Junio del 2011
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
INST No.  2007 – 02067 – 0
SECRETARIA DE SALA: MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de ANA MELBA RIZ TULUMBA; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral de manera obligatoria que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto (TERCER PISO), el día LUNES PRIMERO DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO A HORAS NUEVE CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, a fin de que sea juzgado conforme a ley en la instrucción N° 2007 – 02067 – 0, que se sigue en su contra, por el delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud – PARRICIDIO, en agravio de Pedro Amasifuen Cometivos.; bajo apercibimiento de ser declarada Reo Contumaz, y revocársele la comparecencia restringida ordenándose su inmediata ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos,  03 de Junio del 2011
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
INST No.  659 – 2006 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de JERLY VELA LINARES; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES VEINTIDOS DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, a fin de que sea juzgado conforme a ley en la instrucción N° 659 – 2006 – 0, que se le sigue por del delito Contra el Patrimonio – Robo Agravado, en agravio de TOMMY ALEXANDER RUIZ ROJAS y otro; bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ y revocársele la libertad otorgada por el de Detención, ordenándose su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos,  03 de Junio del 2011
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
INST No.  659 – 2006 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de JAIME SILVA PEREZ; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES VEINTIDOS DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, a fin de que sea juzgado conforme a ley en la instrucción N° 659 – 2006 – 0, que se le sigue por del delito Contra el Patrimonio – Robo Agravado, en agravio de TOMMY ALEXANDER RUIZ ROJAS y otro.
Iquitos,  03 de Junio del 2011
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
INST No.  1509 – 2009 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a las personas de WENINGER LOMAS AMUÑO y ANDAL DAZA MORI; a efectos de que concurran a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día MIERCOLES TRES DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO A HORAS NUEVE CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, a fin de que sean juzgados conforme a ley en la instrucción N° 1509 – 2009 – 0, que se les sigue por del delito Contra el Patrimonio – Robo Agravado, en agravio de GREGORY MEJEAN; bajo apercibimiento de Variarse el Mandato de Comparecencia por el Detención, ordenándose su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos,  03 de Junio del 2011
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
INST No.  2007 – 03 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a las personas de ALBERTO VELASCO PINEDO, WAGNER NAJAR SALDAÑA, RENAN RAMIREZ PINEDO y WALTER FELIX TUESTA NUBE; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día LUNES CINCO DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, a fin de que sean juzgados conforme a ley en la instrucción N° 2007 – 03 – 0, que se les sigue como autor del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en agravio de JORGE QUEVEDO GARCIA; bajo apercibimiento de DEJARSE SIN EFECTO LA LIBERTAD PROVICIONAL otorgada y dictarse en sus contra Mandato de Detención, ordenándose su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso de inconcurrencia.
Iquitos,  03 de Junio del 2011
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
INST No.  2007 – 03 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a la persona de ROSARIO DE FATIMA QUEVEDO GARCIA; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día LUNES CINCO DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, a fin de que preste su declaración testimonial sobre los hechos materia de la instrucción N° 2007 – 03 – 0, que se sigue contra ALBERTO VELASCO PINEDO, WAGNER NAJAR SALDAÑA, RENAN RAMIREZ PINEDO y WALTER FELIX TUESTA NUBE como autores del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en agravio de JORGE QUEVEDO GARCIA.
Iquitos,  03 de Junio del 2011
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
INST No.  2007 – 03 – 0
SECRETARIA DE SALA: ABG. MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA
La Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Loreto, cita, llama y emplaza a las personas de LORENZO REATEGUI DAVILA y EDILBERTO JESUS SALAS SUAREZ; a efectos de que concurra a la audiencia de juicio oral que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Loreto el día LUNES CINCO DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, a fin de que se ratifiquen en la necropsia de ley practicada por ellos en la ciudad de Contamana el 22 de Setiembre del año 2006, recaída en la instrucción N° 2007 – 03 – 0, que se sigue contra ALBERTO VELASCO PINEDO, WAGNER NAJAR SALDAÑA, RENAN RAMIREZ PINEDO y WALTER FELIX TUESTA NUBE como autores del delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en agravio de JORGE QUEVEDO GARCIA.
Iquitos,  03 de Junio del 2011
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN,  notifica  a LORENZO TOHALINO SALAS, la resolución 09 de autos, que a la letra dice: se resuelve: DECLARAR CONSENTIDA la resolución cinco de autos, en ese sentido REMÍTASE los autos al Archivo Central de esta sede de Corte para su depósito en calidad de DEFINITIVO. Expediente N° 1308-2010.
Iquitos, 02 de junio de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3/(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN,  notifica  a FLORES PEZO, MARIO, para que asista a la AUDIENCIA UNICA a celebrarse el día VEINTISIETE DE JUNIO del año en curso, a horas  ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), a realizarse en el local del TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – Sede Comisaría, sito en Calle Ricardo Palma 552 – Segundo Piso; BAJO APERCIBIMIENTO DE TENERSE POR DESISTIDO LA PRESENTE DENUNCIA Y PROCEDER AL ARCHIVO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA en caso de inconcurrencia de la parte agraviada a la precitada diligencia.. Expediente N° 056-2011.
Iquitos, 01 de junio de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN,  notifica a  ALVAN MALDONADO, JOSE ANTONIO, la resolución SEIS de autos que a la letra dice: SE RESUELVE: HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado mediante resolución numero cinco, ordenándose el ARCHIVO DEFINITIVO del presente proceso conforme a ley. EXP. 1324-2010
Iquitos, 01 de junio de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señora Juez MYRNA MEDINA CALDERON,  notifica  TANIA PINEDO VILLACORTA, la resolución UNO de autos que a la letra dice: SE RESUELVE: APROBAR LA TRANSACCION EXTRAJUDICIAL arribada entre CHELLY JERLYN PANDURO NAVARRO, JHAN CARLOS PANDURO NAVARRO Y TANIA PINEDO VILLACORTA, declarando fenecido el proceso y ordenando remitir los autos al almacén central para su ARCHIVO DEFINITIVO. EXP. 500-2011.
Iquitos, 01 de junio de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN,  notifica a ZUMBA ALVIZ, PETER, la resolución CUATRO de autos que a la letra dice: AUDIENCIA ÚNICA PARA VEINTIUNO DE JUNIO del presente año a horas OCHO DE LA NOCHE, la misma que se realizará en el local del juzgado sito en calle Ricardo Palma N° 552 – 2do Piso, bajo apercibimiento en cuanto a la parte inculpada de ser conducido de grado y fuerza en caso de su inconcurrencia. EXP. 358-2011
Iquitos, 30 de mayo de 2011.
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN,  notifica a  PAREDES VELA, CINTIA VANESSA, para que asista a la AUDIENCIA UNICA a celebrarse el DÍA VEINTIDÓD DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS SIETE DE LA NOCHE, a realizarse en el local del juzgado sito en calle Ricardo Palma N° 552 – 2do Piso. Expediente N° 00572-2011.
Iquitos, 01 de junio de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA

V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN,  notifica a  DIAZ PORTILLA, CAMILA, para que asista a la AUDIENCIA UNICA a celebrarse el día VEINTE DE JUNIO del año en curso, a horas  CINCO DE LA TARDE (HORA EXACTA), a realizarse en el local del TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – Sede Comisaría, sito en Calle Ricardo Palma 552 – Segundo Piso; BAJO APERCIBIMIENTO DE TENERSE POR DESISTIDO LA PRESENTE DENUNCIA Y PROCEDER AL ARCHIVO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA en caso de inconcurrencia de la parte agraviada a la precitada diligencia. Expediente N° 334-2011.
Iquitos, 30 de mayo de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señora Juez MYRNA MEDINA CALDERON,  notifica  a CATASHUNGA PIZANGO, GABRIEL, la resolución número 07 emitida en el Expediente N° 01068-2010-0-1903-JP-PE-01, que a la letra dice: SE RESUELVE: HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado mediante resolución numero seis, ordenándose el ARCHIVO DEFINITIVO del presente proceso conforme a ley.
Iquitos, 30 de mayo de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN,  notifica  a MURAYARI HUAYMACARI, ALFREDO, la resolución TRES de autos que a la letra dice: SE RESUELVE: HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado mediante resolución numero dos, ordenándose el ARCHIVO DEFINITIVO del presente proceso conforme a ley. EXP. 228-2011
Iquitos, 30 de mayo de 2011.
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN,  notifica a  CHAPIAMA OCHOA, JHONATAN, para que asista a la AUDIENCIA UNICA a celebrarse el día DIECISIETE DE JUNIO DEL PRESENTE AÑO A HORAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE, la misma que se realizará en el local del juzgado sito en calle Ricardo Palma N° 552 – 2do Piso  Expediente N° 00568-2011-0-1903-JP-PE-01.
Iquitos, 01 de junio de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señora Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN,  notifica a  DIAZ TELLO, SELVA SARA LUZ, la resolución número 04 emitida en el Expediente N° 00036-2011, que a la letra dice: SE RESUELVE: HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado mediante resolución numero dos, ordenándose el ARCHIVO DEFINITIVO del presente proceso conforme a ley.
Iquitos, 31 de mayo de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN,  notifica a ARMAS GARCIA, ROBER, para que asista a la AUDIENCIA UNICA a celebrarse el día VEINTISIETE DE JUNIO del año en curso, a horas  NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el local del juzgado sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2do Piso. Expediente N° 462-2011.
Iquitos, 01 de junio de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN,  notifica  a LOPEZ GUZMAN, MARIETTA RAQUEL y POMAZONGO ARROYO, MARK PHILLP, la resolución CINCO de autos que a la letra dice: SE RESUELVE: HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado mediante resolución numero cuatro, ordenándose el ARCHIVO DEFINITIVO del presente proceso conforme a ley. EXP. 62-2011
Iquitos, 01 de junio de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señora Juez MYRNA MEDINA CALDERON,  notifica a PEZO SALAS, SAUL, la resolución UNO de autos que a la letra dice: TENGASE POR DESISTIDO del presente proceso a SAÚL PEZO SALAS, respecto de los hechos que obran en autos; ARCHÍVESE el proceso en forma definitiva donde corresponda. EXP. 512-2011
Iquitos, 01 de junio de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN,  notifica  SALAZAR RODRIGUEZ, ERIC WENCES, la resolución UNO de autos que a la letra dice: SE RESUELVE: DECLARAR NO HA LUGAR LA APERTURA DE INSTRUCCIÓN por los hechos denunciados, por lo que se ordena ARCHIVAR DEFINITIVAMENTE los autos por secretaría, en el modo de ley; REMITASE el expediente al Archivo Central. EXP. 476-2011
Iquitos, 01 de junio de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señora Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN,  notifica a  NAVARRO AREVALO, JORGE HELMER, la resolución NUEVE de autos que a la letra dice: SE RESUELVE, de oficio,  DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN de la presente causa seguida contra NAVARRO AREVALO, JORGE HELMER y  MESTANZA OLIVEIRA, VANESSA MARGOT   por Faltas contra LA PERSONA – Lesiones Dolosas, en agravio de ELLOS MISMOS; dándose por fenecida la presente acción, ORDENANDO ARCHIVAR DEFINITIVAMENTE los autos en el modo y forma de ley, una vez consentida o ejecutoriada que quede la presente resolución, REMITASE AL ARCHIVO CENTRAL. EXP. 752-2010
Iquitos, 01 de junio de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señorita Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN,  notifica  ALVAREZ VARGAS, ALLAN, la resolución SIETE de autos que a la letra dice: REQUIERASE a los inculpados de la presente causa, para que dentro del PLAZO DE TRES DÍAS de notificada la presente resolución cumplan con el pago de la transacción judicial ordenado mediante resolución seis de autos a favor de la parte agraviada; BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY. EXP. 714-2010
Iquitos, 01 de junio de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(06,07 y 08)

EDICTO PENAL
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – SEDE COMISARIA
Que atiende la señora Juez ANNUIR PEIXOTO SOPLIN,  notifica  a IRARICA ARIMUYA, ROGER, para que asista a la AUDIENCIA UNICA a celebrarse el día VEINTISIETE DE JUNIO del año en curso, a horas  OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), a realizarse en el local del TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO – Sede Comisaría, sito en Calle Ricardo Palma 552 – Segundo Piso. Expediente N° 362-2011.
Iquitos, 01 de junio de 2011
SECRETARIO JUDICIAL
ALAN GABRIEL ANTÓN ARANA
V-3(06,07 y 08)

Instr. N°    756 – 2011.
Sec.  C Huari Mendoza
EDICTO  PENAL
Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA a los encausados FRANZ LEDGAR PEREZ HERNANDEZ Y MARCO ELIECER SCARPATI PERALTA,  para que se presente ante el local del Cuarto Juzgado Penal de Maynas, para que rinda su declaración instructiva, señalado para el día veintitrés de junio del año en curso a las  diez y once de la mañana; bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N°  756 – 2011, que se le sigue, por  delito contra la Salud Publica – Trafico ilícito de Drogas en agravio de La Sociedad – –
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 30 de  Mayo del 2011.
V-3(06,07 y 08)

EXP. N°  2009-01796
E D I C T O
Que, en el expediente N° 2009-01796 seguido contra ERICK ANTONIO VASQUEZ HIDALGO por el delito de RECEPTACIÓN en agravio de NORMA AMELIA EGOAVIL RUIZ; la Señor Juez del Cuarto Juzgado Penal de Maynas, ha dispuesto se publique lo siguiente:
RESOLUCION NUMERO DOCE.
Iquitos,  veinte de mayo del dos mil once.-
Dado cuenta; con la certificación que antecede  de autos; CITESE al acusado ERICK ANTONIO VASQUEZ HIDALGO, a la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA, para el día QUINCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL ONCE, a  horas DOS Y TREINTA DE LA TARDE, a llevarse a cabo en el Establecimiento Penal de Maynas;  quedando BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarado Reo Contumaz en caso de inconcurrencia y de ordenarse su inmediata captura a nivel nacional. Notifíquese a las demás partes; sin perjuicio de notificar a los referidos acusados por todos los medios que la ley franquea, esto es por EDICTO DE LEY.
V-3(06,07 y 08)

Instr. N° 2010-2200.
Sec.  C Huari Mendoza
EDICTO  PENAL
Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al encausado JEANS HANSS RIVERA CHARPENTIER, para que se presente ante el local del Cuarto Juzgado Penal de Maynas, para que rinda su declaración instructiva, señalado para el día 13 de junio del año en curso, a las 12.00 del día; bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 2010-2200, que se le sigue, Contra Seguridad Publica – conducción en estado de ebriedad, en agravio de La Sociedad.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 16 de  Mayo del 2011.
V-3(06,07 y 08)

EXP. N°  2010-02180.
Sec. C. Huari Mendoza
EDICTO PENAL
Se CITA. LLAMA y EMPLAZA al encausado GUSTAVO LOPEZ GUEVARA Y HENRY MARAPARA TUISIMA, para que se presenten ante el local del Cuarto Juzgado Penal de Maynas, para que rindan su Declaración Instructiva, señalado para el día trece de junio de este año, a las diez y treinta y once y treinta  de la mañana; bajo apercibimiento de ser  declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción 2180-2010, que se le sigue, por delito de  Depredación de Flora  y Fauna Legalmente protegida, en agravio  de la Sociedad –Estado.
V-3(06,07 Y 08)

Instr. N°  2266  – 2010.
Sec.  C Huari Mendoza
EDICTO  PENAL
Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al encausado RICARDO ALBERTO DIAZ OVALLE, para que se presente ante el local del Cuarto Juzgado Penal de Maynas, para que rinda su declaración instructiva, señalado para el día dieciséis de junio de este año, a las once y treinta de la mañana; bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 2266  – 2010, que se le sigue, por delito de Peligro Común  – conducción de vehiculo en estado de ebriedad, en agravio de La Sociedad,.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos,  16 de Mayo del 2011.
V-3(06,07 y 08)

Instr. N° 03130 – 2010
Sec.  C Huari Mendoza
EDICTO  PENAL
Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al encausado VANESA ZEVALLOS SOUZA,, para que se presente ante el local del Cuarto Juzgado Penal de Maynas, para que rinda su declaración instructiva, señalado para el día veintiocho de junio de este año, a las doce del meridiano  horas,bajo apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 3130 – 2010, que se le sigue, por delito contra La Vida,  El Cuerpo y La Salud – Lesiones Leves, en agravio de Marina Cuespan del Águila.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 30 de  Mayo del 2011.
V-3(06,07 y 08)

EDICTO
La 1era. Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, cita y emplaza al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue mediante:
Expediente N° 00061-2006, a Jack Isuiza Yepez, delito: Peculado, agraviado: FONCODES; sito en la Sala de Audiencia de la Sala Penal, el día Lunes, Hora: 8:20 a.m, Fecha: 20-06-11. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su búsqueda, captura y conducción a esta Sala Penal.
Presidente: Sologuren    Secretario: Shimizu
Iquitos, 02-06-11
V-3(06,07 y 08)

EDICTO
La 1era. Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:
Expediente N° 00094-2003, a Tedy Riveiro Vela, Rosa Pasiona Nampi de Plaza, Santiago Vela Ahuanari, Raúl Shupingahua Lazo y Antonio Hermógenes Ihuaraqui Sangama, delito: Peculado, agraviado: Municipalidad Distrital de Maquia; sito en la Sala de Audiencia de la Sala Penal, el día Lunes, Hora: 8:10 a.m, Fecha: 20-06-11. Bajo apercibimiento de Revocarse el mandato de Comparecencia Restringida por el de Detención en caso de inconcurrencia.
Presidente: Sologuren    Secretario: Shimizu
Iquitos, 30-05-11
V-3(06,07 y 08)

EDICTO
La 1era. Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, cita y emplaza al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue mediante:
Expediente N° 00567-2009, a Leonardo Tapullima Vásquez, delito: Peculado, agraviado: Juan Manuel Fernández Barbaran; sito en la Sala de Audiencia de la Sala Penal, el día Miércoles, Hora: 8:10 a.m, Fecha: 22-06-11.  Bajo apercibimiento de revocarse el Mandato de Comparecencia Restringida por el de Detención en caso de inconcurrencia.
Presidente: Sologuren    Secretario: Shimizu
Iquitos, 02-06-11
V-3(06,07 y 08)

EDICTO
La 1era. Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, cita y emplaza al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue mediante:
Expediente N° 00776-2009, a Dorsi Murrieta Perea, delito: Violación Sexual, agraviado: S.G.R.S.; sito en la Sala de Audiencia de la Sala Penal, el día Lunes, Hora: 8:00 a.m, Fecha: 21-06-11. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su búsqueda, captura y conducción a esta Sala Penal.
Presidente: Sologuren    Secretario: Shimizu
Iquitos, 02-06-11
V-3(06,07 y 08)

EDICTO
La 1era. Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, cita y emplaza al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue mediante:
Expediente N° 01677-2007, a Lorenzo Gonzáles Arévalo, delito: Violación Sexual, agraviado: A.R.R.; sito en la Sala de Audiencia de la Sala Penal, el día Miércoles, Hora: 8:30 a.m, Fecha: 06-07-11. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su búsqueda, captura y conducción a esta Sala Penal.
Presidente: Sologuren    Secretario: Shimizu
Iquitos, 02-06-11
V-3(06,07 y 08)

EDICTO
La 1era. Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:
Expediente N° 01932-2007, a Jamer Tamani Saboya y Alan Jouseth Iglesias Payma, delito: Tortura, agraviado: Eli Zumaeta Perea; sito en la Sala de Audiencia de la Sala Penal, el día Miércoles, Hora: 8:00 a.m, Fecha: 22-06-11. Bajo apercibimiento de revocarse el mandato de Comparecencia Restringida por el de Detención en caso de inconcurrencia.
Presidente: Sologuren    Secretario: Shimizu
Iquitos, 02-06-11
V-3(06,07 y 08)

EDICTO
La 1era. Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, cita y emplaza al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue mediante:
Expediente N° 02257-2008, a Néstor Dávila Ríos, delito: Peculado, agraviado: Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones; sito en la Sala de Audiencia de la Sala Penal, el día Lunes, Hora: 8:30 a.m, Fecha: 20-06-11. Bajo apercibimiento de ser declarado reo Contumaz y ordenarse su búsqueda, captura y conducción a esta Sala Penal, en caso de inconcurrencia.
Presidente: Sologuren    Secretario: Shimizu
Iquitos, 02-06-11
V-3(06,07 y 08)

EDICTO
La 1era. Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, cita y emplaza al siguiente procesado para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue mediante:
Expediente N° 02537-2009, a Román Félix Matute Urquia, delito: Violación Sexual, agraviado: K.F.CH.M.; sito en la Sala de Audiencia de la Sala Penal, el día Martes, Hora: 8:10 a.m, Fecha: 21-06-11. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su ubicación, captura y conducción a esta Sala Penal.
Presidente: Sologuren    Secretario: Shimizu
Iquitos, 02-06-11
V-3(06,07 y 08)

EDICTO
La 1era. Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defiendan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:
Expediente N° 03037-2007, a Fernando Gallardo Moreno y Marilyn Marlen Hurtado Argandoña, delito: Peculado, agraviado: Municipalidad Distrital de Teniente Manuel Clavero; sito en la Sala de Audiencia de la Sala Penal, el día Lunes, Hora: 8:00 a.m, Fecha: 20-06-11.  Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su búsqueda, captura y conducción a esta Sala Penal.
Presidente: Sologuren    Secretario: Shimizu
Iquitos, 30-05-11
V-3(06,07 y 08)

Exp. N° 2007-1313
Sec. Gamaniel Laulate
5to Juzgado Penal de Maynas
EDICTO
Por el presente el Quinto Juzgado penal hace de conocimiento a las partes procesales ALBERTO ARANGUREN ENCISO, SIMON OSWALDO RUBIO VALLE y LEYLA MARGARITA RODRIGUEZ MONTES que se emitió la resolución correspondiente:  RESOLUCION NUMERO UNO. Iquitos, seis de agosto del dos mil siete. AUTOS Y VISTOS; Dado cuenta, con la razón del secretario cursor y la  denuncia  del Ministerio Publico, Atestado Policial, Recurso Penal mediante el cual subsana la omisión advertida mediante resolución numero uno y recaudos que anteceden, de donde se desprende que; Y CONSIDERANDO: PRIMERO.-  HECHOS EN QUE SE SUSTENTA LA DENUNCIA: Que, se desprende de los actuados del Atestado Policial Nº 053-2007-PNP-DIRCOCOR-DDCC-INV. Que detalla los hechos que se denuncia; PRIMERO: (…). SEGUNDO: ELEMENTOS PROBATORIOS QUE SUSTENTAN LA IMPUTACION (…) TERCERO.- NORMATIVIDAD APLICABLE: Que de conformidad con lo establecido en el artículo once del Código Penal son delitos y faltas las acciones u omisiones dolosas o culposas penadas por la Ley. Según lo establecido por el artículo TRESCIENTOS OCHENTISIETE primer párrafo del Código Penal, el mismo que dice: “El funcionario o servidor público que se apropia o utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le estén confiados por razón de su cargo, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de ocho años”, el artículo TRESCIENTOS OCHENTICUATRO del Código Penal, el mismo que dice: “El funcionario o servidor público que, en los contratos, suministros, licitaciones, concurso de precios, subastas o cualquier otra operación semejante en la que intervenga por razón de su cargo o comisión especial defrauda al Estado o entidad u organismo del Estado, según ley, concertándose con los interesados en los convenios, ajustes, liquidaciones o suministros será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de quince años.”; el artículo CUATROCIENTOS VEINTISIETE, primer párrafo del Código Penal, el mismo que dice: “El que hace, en todo o en parte, un documento falso o adultera uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obligación o servir para probar un hecho, con el propósito de utilizar el documento, será reprimido, si de su uso puede resultar algún perjuicio, con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de diez años y con treinta a noventa días-multa si se trata de un documento público, registro público, título auténtico o cualquier otro trasmisible por endoso o al portador y con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años, y con ciento ochenta a trescientos sesenticinco días-multa, si se trata de un documento privado”; el artículo CUATROCIENTOS TREINTIOCHO del Código Penal, el mismo que dice: “El que de cualquier otro modo que no esté especificado en los Capítulos precedentes, comete falsedad simulando, suponiendo, alterando la verdad intencionalmente y con perjuicio de terceros, por palabras, hechos o usurpando nombre, calidad o empleo que no le corresponde, suponiendo viva a una persona fallecida o que no ha existido o viceversa, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años”. Conforme con lo establecido en el Artículo 77 del Código de Procedimientos Penales modificado por la Ley 28117, concordado con el articulo 11 del Código Penal es requisito para poder instaurar acción penal, que los hechos constituyan delito,  se haya individualizado  al presunto autor o partícipe, y que la acción penal no este prescrita. De conformidad con lo establecido en el Artículo 135 del Código Procesal Penal, El Juez puede dictar mandato de detención si atendiendo a los primeros recaudos acompañados por el Fiscal Provincial sea posible determinar: Que existen suficientes elementos probatorios de la comisión de un delito que vincule al imputado como autor o partícipe del mismo. Que la sanción a imponerse sea superior a un año de pena privativa de libertad; y, que existen suficientes elementos probatorios para concluir que el imputado intenta eludir la acción de la justicia o perturbar la acción probatoria. CUARTO.- ADECUACION TIPÍCA. Atendiendo a los elementos adjuntos, en los cuales se constata la existencia de indicios suficientes así como elementos de prueba en los cuales se sustenta la imputación, se ha podido establecer que la conducta atribuida a  MANUEL SANCHEZ ALEGRIA (no habido), JORGE LUIS GIRAU BALVERENA, ALBERTO ARANGUREN ENCISO (no habido), JOSE RAUL CACHAY MELENDEZ, VICTOR RAFAEL FREITAS TEJADA (no habido), LUIS WONG GARCIA Y NORMA RENGIFO CACERES,  se adecua como presuntos autores de los delitos CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA – PECULADO y COLUSION DESLEAL, Y CONTRA LA FE PUBLICA – FALSEDAD GENERICA, en agravio del ESTADO PERUANO – MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS. Y la conducta atribuida a  SIMON OSWALDO RUBIO VALLE (no habido), RAUL PALACIOS DIOSES y LEYLA MARGARITA RODRIGUEZ MONTES, se adecua como presuntos cómplices primarios del delito CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA – COLUSION DESLEAL, CONTRA LA FE PUBLICA – FALSIFICACION DE DOCUMENTOS en agravio del ESTADO – MUNICIPALIDAD PROVINCIAL     DE MAYNAS, encontrándose debidamente individualizados los agentes, no estando prescrita la acción penal y  no concurriendo otra causa de extinción de la acción penal, de conformidad con  lo establecido en el artículo setenta y siete del Código de Procedimientos Penales corresponde instaurar la correspondiente instrucción. QUINTO.- MEDIDAS CAUTELARES PERSONALES. (…) SEXTO.- MEDIDAS CAUTELARES REALES.Atendiendo a que existen suficientes elementos de la comisión de los delitos instruidos se hace necesario dictar las medidas tendentes a lograr la reparación civil a favor del agraviado dada la existencia de  la verosimilitud del derecho invocado, y el peligro en la demora por lo cual debe trabarse el respectivo embargo preventivo. Por los fundamentos antes expuestos, el Quinto Juzgado Especializado Penal de Maynas, RESUELVE: en  la VIA ORDINARIA ABRASE INSTRUCCION contra: MANUEL SANCHEZ ALEGRIA, JORGE LUIS GIRAU BALVERENA, ALBERTO ARANGUREN ENCISO, JOSE RAUL CACHAY MELENDEZ, VICTOR RAFAEL FREITAS TEJADA, LUIS WONG GARCIA Y NORMA RENGIFO CACERES,  como presuntos autores del delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA – PECULADO y COLUSION DESLEAL, Y CONTRA LA FE PUBLICA – FALSEDAD GENERICA, en agravio del ESTADO PERUANO – MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS. Y CONTRA SIMON OSWALDO RUBIO VALLE (no habido), RAUL PALACIOS DIOSES y LEYLA MARGARITA RODRIGUEZ MONTES, como presuntos cómplices primarios del delito CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA – COLUSION DESLEAL, CONTRA LA FE PUBLICA – FALSIFICACION DE DOCUMENTOS en agravio del ESTADO – MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS, tipificados en los artículos trescientos ochenta y siete primer párrafo, trescientos ochenta y cuatro, cuatrocientos veintisiete primer párrafo y cuatrocientos treintiocho del Código Penal; en su virtud, DÍCTESE MEDIDA CAUTELAR DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA, contra MANUEL SANCHEZ ALEGRIA, JORGE LUIS GIRAU BALVERENA, ALBERTO ARANGUREN ENCISO, JOSE RAUL CACHAY MELENDEZ, VICTOR RAFAEL FREITAS TEJADA, LUIS WONG GARCIA, NORMA RENGIFO CACERES, SIMON OSWALDO RUBIO VALLE, RAUL PALACIOS DIOSES y LEYLA MARGARITA RODRIGUEZ MONTES sujetos a las siguientes reglas de conducta: a) comparecer personal y obligatoriamente al Juzgado cada quince días a informar sobre sus actividades y controlarse con su respectiva libreta, b) no ausentarse del lugar de su domicilio sin previa autorización del Juzgado, c) Pagar una CAUCIÓN cada uno de los encausados, MANUEL SANCHEZ ALEGRIA, JORGE LUIS GIRAU BALVERENA, ALBERTO ARANGUREN ENCISO, JOSE RAUL CACHAY MELENDEZ, VICTOR RAFAEL FREITAS TEJADA, LUIS WONG GARCIA y NORMA RENGIFO CACERES,  la suma de CINCO MIL NUEVOS SOLES cada uno, y los encausados  SIMON OSWALDO RUBIO VALLE, RAUL PALACIOS DIOSES y LEYLA MARGARITA RODRIGUEZ MONTES la suma de TRES MIL NUEVOS SOLES cada uno la misma que deberá ser depositada en el Banco de la Nación a nombre del Juzgado, dentro del término de treinta días, todo ello bajo apercibimiento de  revocar dicha medida por el de Detención, en caso de incumplimiento; en consecuencia OFÍCIESE  a la RENIEC, a fin de que informen sobre la identidad de los encausados. (…). PRACTÍQUESE las demás diligencias que sean necesarias para el esclarecimiento de los hechos y la identificación de otras personas que ayudaron a perpetrar el hecho delictivo…, dispuesto así en el proceso 2007-1313.
Iquitos, 25 de mayo del 2011
V-3(06,07 y 08)

Exp. N° 2007-1313
Sec. Gamaniel Laulate
5to Juzgado Penal de Maynas
EDICTO
Por el presente el Quinto Juzgado penal hace de conocimiento a ALBERTO ARANGUREN ENCISO, SIMON OSWALDO RUBIO VALLE y LEYLA MARGARITA RODRIGUEZ MONTES que se emitió lo siguiente: RESOLUCION NUMERO CINCUENTICINCO. Iquitos, doce de agosto del dos mil diez.-Dado cuenta; con el dictamen fiscal que antecede, agréguese y téngase presente; por lo expuesto: TÉNGASE  por reproducida el dictamen de fojas mil novecientos cuarentitrés a mil novecientos cuarenticinco; por lo que proveyendo conforme a su estado: PÓNGASE el presente proceso en mesa para emitir la correspondiente ampliación del informe final de ley.        Así se hace de conocimiento que también se emitió: INFORME FINAL.SEÑOR : El presente Proceso Penal Ordinario con Procesados Libres, se apertura contra MANUEL SANCHEZ ALEGRIA, JORGE LUIS GIRAU BALVERENA, ALBERTO ARANGUREN ENCISO, JOSE RAUL CACHAY MELENDEZ, VICTOR RAFAEL FREITAS TEJADA, LUIS WONG GARCIA Y NORMA RENGIFO CACERES, como presuntos autores del delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA – PECULADO y COLUSION DESLEAL, Y CONTRA LA FE PUBLICA – FALSEDAD GENERICA, en agravio del ESTADO PERUANO – MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS. Y CONTRA SIMON OSWALDO RUBIO VALLE (no habido), RAUL PALACIOS DIOSES y LEYLA MARGARITA RODRIGUEZ MONTES, como presuntos cómplices primarios del delito CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA – COLUSION DESLEAL, CONTRA LA FE PUBLICA – FALSIFICACION DE DOCUMENTOS en agravio del ESTADO – MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS. De fojas mil trescientos treinta y dos a mil trescientos cuarenta y tres, subsanado a fojas mil trescientos cuarenta y seis, el Señor Representante del Ministerio Público formaliza denuncia penal, de fojas mil trescientos cuarenta y nueve a mil trescientos sesenta y uno se dicta el auto apertorio, dictándose en cuanto se refiere a la determinación de la situación jurídica de los encausados MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA, en mérito de dicha resolución se tramita formalmente el proceso, tramitándose el proceso en la vía ordinaria, que vencidos los plazos previstos en el Código de Procedimientos Penales, los autos son remitidos al Ministerio Público, quien emite Dictamen Final de fojas mil novecientos cuarenta y tres al mil novecientos cuarenta y cinco, encontrándose los autos para emitirse el Informe Final, de conformidad con el artículo cincuenta y tres del Código antes acotado, modificado por la ley veintisiete mil novecientos noventa y cuatro, publicado el día seis de junio del dos mil tres, en el Diario Oficial El Peruano, por lo que se pasa a dictar el que corresponde. HECHOS :Que MANUEL SANCHEZ ALEGRIA, JORGE LUIS GIRAU BALVERENA, ALBERTO ARANGUREN ENCISO, VICTOR RAFAEL FREITAS TEJADA Y NORMA RENGIFO CACERES, se habrían coludito con SIMON OSWALDO RUBIO VALLE, efectuando acciones de concertación para favorecer a la Empresa  SRV REPRESENTACIONES LORETO EIR, representado por el último, durante el proceso de Adjudicación Directa Selectiva, para la reparación del Cargador Frontal modelo 966, llevado a cabo el nueve de julio del año dos mil dos, adicionalmente no habría cumplido con la reparación de la citada maquinaria; asimismo se habría cometido irregularidades en el procedimiento de pago al proveedor antes referido, toda vez que NORMA RENGIFO CACERES fue la persona que cobro la cantidad de TREINTIOCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES, observándose un marcado interés en esta denunciada en el caso pertinente, pues en su condición de funcionaria municipal y miembro del Comité de Adquisiciones que otorgó la buena pro a dicha empresa, siendo posible de considerarse como acto delictivo; estos hechos se complementan con lo observado en los actuados, en el sentido que la maquinaria supuestamente reparada ha sido entregada desarmada e incompleta, teniéndose en cuenta además que el supuesto contrato por la citada reparación contemplaba una garantía de seis meses y otras penalidades para la entidad que supuestamente reparo el bien, no habiéndose constatado la existencia de algún reclamo en caso de que haya efectuado tales reparaciones por parte de los ex funcionarios municipales, hechos que hacen suponer que serian presuntos autores del delito contra la Administración Publica – Peculado y Colusión Desleal, contra la Fe Publica – Falsedad Genérica, en agravio de la Municipalidad Provincial de Maynas. Que JOSE CACHAY MELENDEZ, MANUEL SANCHEZ ALEGRIA (Tesorero) y RAUL PALACIOS DIOSES (Ex Gerente de Servicios Públicos) en complicidad con LEYLA MARGARITA RODRIGUEZ MONTES, habrían efectuado irreguralidades en el Proceso de Adjudicación Selectiva para la provisión de 1400 Volquetadas de tierra de compacto A.2.4 de fecha diez de julio del dos mil dos; debido a que los documentos que evidenciarían el abastecimiento con volquetadas de tierra de compacto como consecuencia de este supuesto proceso de selección, cuenta con serios cuestionamientos que inducirían a entender  que no se habrían realizado conforme a lo previsto, toda vez que se ha observado una presunta adulteración de algunos de los documentos del presunto control de actividades de cargueo de tierra, agravándose en el hecho que uno de los representantes  de una de las supuestas empresas que participaron  en tal proceso, en realidad no había participado, evidenciándose hechos dolosos, por lo que los denunciados antes indicados serian los presuntos autores del delito contra la Administración Publica – Colusión desleal y contra la Fe Publica – Falsedad Genérica, constatándose además, el haberse producido anomalías durante el procedimiento de pago a la proveedora y en el primer caso SIMON OSWALDO RUBIO VALLE. Que JOSE CACHAY MELENDEZ y VICTOR RAFAEL FREITAS TEJADA, durante el proceso de Adjudicación Directa Selectiva “Adquisición de 1450 volqueteadas de tierra relleno A.2.4” de la Empresa de ECOSELVA EIRL, llevada a cabo el nueve de octubre del dos mil dos; habrían otorgado mayor puntaje técnico a dicha empresa pese a no contar con experiencia en el ramo, surgiendo dudas en los parámetros de calificación; teniéndose en cuenta además que la empresa MASERSA SAC a través de su representante, ha manifestado no haber participado en dicho proceso, por tanto los denunciados antes señalados serian autores de los delitos contra la Administración Publica – Colusión Desleal y contra la Fe Publica – Falsedad Material. DILIGENCIAS SOLICITADAS POR EL FISCAL: Se reciba la declaración instructiva de los procesados.  Se reciban los antecedentes penales, judiciales de los procesados. Se reciba la declaración preventiva del Procurador Público respectivo. Se reciba las declaraciones testimoniales de Luis Nieves Sanchez Panaifo, Diana Azucena Inuma Torres, Juan Arturo Gómez Ramos y Lizardo Rojas Cardenas.  Se realice las pericias contables correspondientes, debiendo solicitarse para ello a la Municipalidad Provincial de Maynas, los respectivos documentos.Se lleve a cabo las pericias grafotécnicas, debiendo solicitarse para ello a la Municipalidad Provincial de Maynas, los respectivos documento Se oficie a las entidades bancarias y registros públicos, a fin de que informen si los encausados tienen cuentas o bienes a su nombre. Se trabe embargo preventivo sobre los bienes de los procesados que sean suficientes para cubrir la reparación civil. Las demás diligencias que sean necesarias para el mejor esclarecimiento de los hechos. DILIGENCIAS PRACTICADAS: A fojas mil cuatrocientos setenta y cinco al mil cuatrocientos ochenta, se tiene la declaración instructiva de Luis Wong García. A fojas mil cuatrocientos ochenta y uno al mil cuatrocientos ochenta y cinco, se tiene la declaración instructiva de Jorge Luis Girau Balverena. A fojas mil cuatrocientos ochenta y seis al mil cuatrocientos noventa y uno, se tiene la declaración instructiva de Raúl Palacios Dioses. A fojas mil quinientos cuarenta y uno al mil quinientos cuarenta y seis, se tiene la declaración instructiva de Manuel Sánchez Alegria. A fojas mil quinientos cuarenta y siete al mil quinientos cincuenta y uno, se tiene la declaración instructiva de José Raúl Cachay Melendez. A fojas mil quinientos cincuenta y dos al mil quinientos sesenta y uno, se tiene la declaración instructiva de Víctor Rafael Freitas Tejada. A fojas mil quinientos noventa y seis, mil quinientos noventa y nueve, mil seiscientos uno, mil seiscientos cinco, mil seiscientos nueve, mil seiscientos once, mil seiscientos dieciocho, mil seiscientos veinte, mil seiscientos veinticuatro y mil seiscientos veintiséis, se tiene las fichas RENIEC de los procesados. A fojas mil seiscientos veintinueve al mil seiscientos treinta, se tiene los certificados de antecedentes judiciales de los procesados. A fojas mil seiscientos treinta y tres, se tiene el certificado de antecedente policiales de los procesados. A fojas mil seiscientos treinta y siete al mil seiscientos cuarenta y seis, se tiene el certificado de antecedentes penales de los procesados. A fojas mil setecientos treinta y dos al mil setecientos treinta y tres, se tiene la declaración preventiva del Procurador Público de la Municipalidad Provincial de Maynas. A fojas mil setecientos treinta y cinco al mil setecientos cuarenta, se tiene la declaración instructiva de Norma Rengifo Caceres. DILIGENCIAS NO PRACTICADAS: No se ha recibido la declaración instructiva de los procesados Simon Oswaldo Rubio Valle, Alberto Aranguren Enciso y Leyla Margarita Rodríguez Montes. No se ha realizado la pericia contable. No se ha realizado la pericia grafotécnica. INCIDENTES PROMOVIDOS: En autos se ha promovido: – Cuaderno de Apelación a la Comparecencia Restringida N° 2007-1313-14.- Cuaderno de Embargo Preventivo N° 2007-1313-12.- Cuaderno de Cuestión Previa N° 2007-1313-15.- Cuaderno de Excepción de Naturaleza de Acción N° 2007-1313-25.SITUACION JURÍDICA DE LOS PROCESADOS:  Los procesados se encuentran en calidad de PROCESADOS LIBRES. El cuaderno de apelación a la Comparecencia Restringida N° 2007-1313-14 se encuentra en la Primera Sala Penal pendiente de pronunciamiento. INSTRUCCIÓN REGULARMENTE TRAMITADA, en la que no se cumplió los plazos procesales, encontrándose totalmente agotados los referidos plazos. NO HAY PROCESADOS EN CÁRCEL. Iquitos, 27 de mayo de 2009.     Y se hace saber también que se emitió:  AMPLIACION DE INFORME FINAL SEÑOR : El presente Proceso Penal Ordinario con Procesados Libres, se apertura contra MANUEL SANCHEZ ALEGRIA, JORGE LUIS GIRAU BALVERENA, ALBERTO ARANGUREN ENCISO, JOSE RAUL CACHAY MELENDEZ, VICTOR RAFAEL FREITAS TEJADA, LUIS WONG GARCIA Y NORMA RENGIFO CACERES, como presuntos autores del delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA – PECULADO y COLUSION DESLEAL, Y CONTRA LA FE PUBLICA – FALSEDAD GENERICA, en agravio del ESTADO PERUANO – MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS. Y CONTRA SIMON OSWALDO RUBIO VALLE (no habido), RAUL PALACIOS DIOSES y LEYLA MARGARITA RODRIGUEZ MONTES, como presuntos cómplices primarios del delito CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA – COLUSION DESLEAL, CONTRA LA FE PUBLICA – FALSIFICACION DE DOCUMENTOS en agravio del ESTADO – MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS. De fojas mil trescientos treinta y dos a mil trescientos cuarenta y tres, subsanado a fojas mil trescientos cuarenta y seis, el Señor Representante del Ministerio Público formaliza denuncia penal, de fojas mil trescientos cuarenta y nueve a mil trescientos sesenta y uno se dicta el auto apertorio, dictándose en cuanto se refiere a la determinación de la situación jurídica de los encausados MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA, en mérito de dicha resolución se tramita formalmente el proceso, tramitándose el proceso en la vía ordinaria, que vencidos los plazos previstos en el Código de Procedimientos Penales, los autos son remitidos al Ministerio Público, quien emite Dictamen Final de fojas mil novecientos cuarenta y tres al mil novecientos cuarenta y cinco, Dictamen Final Ampliado a fojas dos mil ciento noventa;  encontrándose los autos para emitirse el Informe Final, de conformidad con el artículo cincuenta y tres del Código antes acotado, modificado por la ley veintisiete mil novecientos noventa y cuatro, publicado el día seis de junio del dos mil tres, en el Diario Oficial El Peruano, Este proceso ha sido devuelto por la Sala Penal, para los fines de recabar elementos de prueba, conforme a lo dictaminado por el Fiscal Superior de fojas 2125 a 2126 y mediante Resolución numero 49, de fojas 2131, se ordena que se devuelva los autos a este juzgado, por consiguiente se llevaron acabo las siguientes diligencias, pasando a dictar la AMPLIACION DEL INFORME FINAL que corre de fojas 201 a 206. DILIGENCIAS PRACTICADAS: A fojas 2181 a 2182 se ha recibido la Diligencia de Reconocimiento de la persona de Alberto Aranguren Enciso.SITUACION JURÍDICA DE LOS PROCESADOS:  Los procesados se encuentran en calidad de PROCESADOS LIBRES.INSTRUCCIÓN REGULARMENTE TRAMITADA, encontrándose totalmente agotados los referidos plazos. NO HAY PROCESADOS EN CÁRCEL. Iquitos, 17 de Agosto de 2010.
Iquitos, 25 de mayo del 2011
V-3(06,07 y 08)