– Ante la Fiscalía Especializada en Delitos por Corrupción de Funcionarios
– Cobran incentivos transgrediendo la Ley No. 29626
Al parecer, la municipalidad provincial de Requena en las últimas semanas es el centro de la atracción y comentario de la población de la región Loreto debido al problema suscitado por la adjudicación para la ejecución de obras del sistema de agua potable a una empresa que no reuniría los requisitos mínimos, a esto se suma la denuncia penal en contra del alcalde, funcionarios y regidores quienes infringiendo la Ley 29626 estarían cobrando por incentivos laborales.
El 02 de setiembre del 2011 el ciudadano Armando Mafaldo Ríos interpuso demanda por los delitos contra la administración pública en su modalidad de peculado doloso y concusión y por el delito contra la tranquilidad pública en la modalidad de asociación ilícita para delinquir en contra de:
– Marden Arturo Paredes Sandoval alcalde de la municipalidad de Requena
– Heniger Del Aguila Manuyama gerente municipal de Requena
– Adelaida Ahuanari Núñez gerente de planeamiento y presupuesto
– José Gabriel Lozano López gerente de administración y finanzas
– Víctor Manuel Torres Hermundez asesor legal de la MPR.
– Isaac López Díaz regidor de la MPR.
– Armenio Mafaldo Rengifo regidor de la MPR
– Martha Luz Canayo de Yuimachi regidora de la MPR.
– Oscar Ríos Puga regidor de la MPR.
– Roberto Villacorta Mozombite regidor de la MPR.
– Tania Luz Ayarza Camiñas regidora de la MPR.
– Luis Emerson Suárez Ampuero regidor de la MPR.
– Tulio Segundo Rucoba Chumbe regidor de la MPR.
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La denuncia indica que el monto a distribuir es de S/. 37,500.00 soles, de acuerdo al nivel de los funcionarios; es decir, desde mil soles a dos mil quinientos nuevos soles pago que se realiza por estímulo económico como «incentivo a la productividad y a la responsabilidad» por el periodo de abril 2011.
La denuncia fue presentada ante la Fiscalía Provincial Corporativa en Delitos por Corrupción de Funcionarios del distrito Judicial de Loreto, se ventilará en aplicación del Nuevo Código Procesal Penal y tendrá un tiempo determinado para la investigación preparatoria, y la sanción será a la brevedad en cumplimiento de los plazos establecidos.
La denuncia se basa en que se ha vulnerado la Ley 29626 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2011 que en el capítulo II Del Gasto en Ingresos de Personal dice: Prohíbase en las entidades del nivel de gobierno nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, el reajuste o incremento de remuneraciones, bonificaciones, dietas, asignaciones, retribuciones, estímulos, incentivos y beneficios de toda índole, cualquiera sea de forma, modalidad, periodicidad, mecanismo y fuente de financiamiento. Asimismo, queda prohibida la aprobación de nuevas bonificaciones, asignaciones, incentivos, estímulos, retribuciones, dietas y beneficios señalados. La prohibición incluye el incremento de remuneraciones que pudiera efectuarse dentro del rango o tope fijado por cada cargo en las escalas remunerativas respectivas. (WGN)





