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Defensoría del Pueblo advierte que proceso de matrícula escolar presenta obstáculos

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  • Institución lo comprobó durante supervisión a 214 instituciones educativas del país.


Faltando casi un mes para el inicio del año escolar 2023, la Defensoría del Pueblo exhortó al ministro de Educación, Oscar Manuel Becerra Tresierra, a dotar al sector de planes de monitoreo y de asistencia técnica continuos dirigidos a las direcciones regionales de educación (DRE) y las unidades de gestión educativa local (UGEL), porque se ha comprobado el incumplimiento, por parte de las instituciones educativas públicas, de la norma que regula del proceso de matrícula en la Educación Básica, aprobada por Resolución Ministerial n.° 447-2020-MINEDU.
Este requerimiento fue formulado al término de una supervisión a 214 instituciones educativas en el país, entre el 18 de enero y el 6 de febrero del presente año, en la cual se verificó, en primer término, una vulneración o puesta en peligro del derecho de acceso a la educación y el derecho a la gratuidad de la educación pública; y, en segundo lugar, el incumplimiento de los deberes del personal directivo de las instituciones educativas públicas, señala el oficio de la defensora del pueblo, Eliana Revollar, al titular del sector Educación.
Entre los resultados más preocupantes obtenidos en la supervisión, se evidenció que 79 exigieron la entrega de documentos no contemplados en la norma que regula el proceso de matrícula; 93 cobraban la cuota de APAFA durante el proceso de matrícula, y de ellos, 29 cobraban un monto superior al límite legal de 1.5 % del valor de la Unidad Impositiva Tributaria. También se confirmó el problema de falta de vacantes, pues 88 colegios reportaron la necesidad de 11 398 nuevas vacantes para cubrir la demanda total de estudiantes.
El documento plantea realizar una evaluación de los resultados del proceso de matrícula del año 2023, a fin de subsanar los problemas identificados, e implementar las acciones correspondientes, tales como adecuaciones y modificaciones del marco normativo y organización de asistencia técnica dirigidos a las DRE y las UGEL, órgano especializado e instancia descentralizada de los gobiernos regionales, respectivamente.
Cabe recordar que el marco normativo contiene deberes y responsabilidades que deben cumplir el personal directivo para asegurar el derecho a la educación. Entre los principales se precisa -de manera expresa- aspectos sobre el deber de publicar información del proceso de matrícula, la prohibición de negar la matrícula por motivos económicos o falta de documentos para su formalización, así como los límites respecto del cobro de la cuota de la APAFA.
A ello se suma que los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado y la Constitución Política reconocen el derecho a la educación y establecen como componente y contenido esencial del mismo, el acceso a la educación en igualdad de oportunidades y sin discriminación, así como la permanencia en la educación exenta de limitaciones arbitrarias.
Hechos similares fueron advertidos en Iquitos, tras la supervisión de diferentes centros educativos en los cuatro distritos que conforman la zona urbana de la ciudad. Abel Chiroque, jefe de la Defensoría del Pueblo en Loreto, aseguró que ningún pago por matricula, APAFA u otro concepto, puede condicionar el libre acceso a la educación básica por ser un derecho amparado por la constitución.
Finalmente, la Defensoría del Pueblo ha solicitado al ministerio de Educación un informe respecto de las acciones desarrolladas para implementar las recomendaciones formuladas para superar los problemas advertidos y garantizar el cumplimiento del derecho a la educación de la población escolar en el país. (K. Rodriguez)

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