El Juzgado de Turno, bajo la conducción del magistrado Julio César Modesto Dávila, declaró fundado el proceso constitucional de habeas corpus interpuesto a favor del juez Gino Tello Dantas, titular del Juzgado de Investigación Preparatoria.
Así con el recurso fundado, se dispuso la inmediata libertad de Tello Dantas, tras determinarse que su detención, técnica y legalmente, fue una afectación arbitraria a la libertad individual.
El caso se originó a raíz de una denuncia interpuesta por su conviviente, Rosita Flor del Pilar Rojas Pinedo, por la presunta comisión del delito de tocamientos indebidos.
Según los hechos expuestos en la denuncia, el detonante de la acusación pública habría sido la recepción, por parte de la denunciante, de una nota acompañada de fotografías del magistrado investigado, material que presuntamente fue enviado por otra fémina. Esta situación derivó en la intervención de la autoridad policial y la posterior detención del investigado.
Ante lo que consideraron una evidente vulneración a las garantías constitucionales, el equipo legal de la defensa —conformado por los abogados Carlos Araujo Cabezas, Carlos Burgos Huapaya y José Luis Bardales Ortiz, interpuso de manera urgente una demanda constitucional de Habeas Corpus ante el juzgado de turno competente.
En la resolución emitida por el juez Julio César Modesto Dávila, se concluyó que la medida restrictiva de la libertad carecía de sustento legal válido. La judicatura determinó que existió una notable falta de objetividad en el actuar policial y fiscal, sumado a una interpretación incorrecta de los presupuestos jurídicos que configuran la flagrancia delictiva.
Al no cumplirse los requisitos estrictos que exige la ley para detener a una persona sin mandato judicial, el órgano constitucional declaró la detención como ilegal, ordenando el cese inmediato de la medida.
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Declaran fundado Habeas Corpus y ordenan libertad de juez tras detención considerada ilegal
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