Dirección General de Salud Ambiental a través de la Resolución Directoral No. 160-2014/Digesa/SA
- Medida es por 30 días calendarios
Después de intensos pedidos desde órganos del Estado como es la Dirección de Salud Ambiental, Dirección Regional de Salud, Defensoría del Pueblo, OEFA, la Municipalidad Provincial, entre otros, para declarar en emergencia sanitaria a los Distritos de Belén, Punchana e incluso San Juan Bautista, la medida fue aceptada.
La Dirección General de Salud Ambiental (Digesa —órgano técnico normativo del Ministerio de Salud) a través de la Resolución Directoral No. 160-2014/Digesa/SA, publicó ayer en el Diario Oficial “El Peruano”, dicha medida, en atención a los importantes volúmenes de basura que se han acumulado en sus calles, lo que pone en peligro la salud de los habitantes y transeúntes en dichas localidades.
Esta Declaratoria de Emergencia Sanitaria por treinta (30) días calendarios obliga a las autoridades distritales a presentar un Plan de Contingencia a la Municipalidad Provincial de Maynas, adoptar acciones necesarias para eliminar el riesgo sanitario existente, coordinar con los sectores y/o instituciones públicas y privadas el apoyo en la prestación de servicios de residuos sólidos.
Asimismo, encargar a la Municipalidad Provincial de Maynas en coordinación con la autoridad de salud de su jurisdicción la prestación de dicho servicio para complementar o suplir la acción de los distritos declarados en emergencia.
Mientras dure la emergencia sanitaria, la Municipalidad Provincial de Maynas deberá asumir en coordinación con la autoridad de salud de su jurisdicción la prestación de los servicios de residuos sólidos para complementar o suplir la acción de los distritos declarados en emergencia en el artículo primero de la presente resolución directoral. El costo de los servicios prestados deberá ser sufragado por la municipalidad distrital correspondiente.
Los distritos declarados en emergencia por la autoridad de Salud podrán coordinar con los sectores o instituciones públicas y privadas, el apoyo en la prestación de los servicios de residuos sólidos en el ámbito de su competencia.
La Resolución Directoral también señala que los distritos declarados en emergencia, deberán presentar su plan de contingencia a la Municipalidad Provincial de Maynas, con copia a la autoridad de salud de su jurisdicción y a la Digesa en un plazo de cinco (5) días hábiles.
Finalmente, la presente resolución no exime de las responsabilidades que pudiesen tener aquellas autoridades de los distritos declarados en estado de emergencia que no hayan cumplido con sus funciones establecidas en la ley general de residuos sólidos y su Reglamento. (MIPR)





