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Decana de la Junta de Fiscales Superiores de Loreto, se pone firme y envía oficio a todos los fiscales provinciales penales y especializados

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  • Les recordó sobre la obligación de asumir directamente casos graves, complejos, emblemáticos y de alta exposición mediática.

Y es que ella no puede estar en todas. Los altos fiscales, por sentido común, por su compleja tarea y compromiso con la sociedad; deberían darse cuenta de inmediato cuándo es necesaria su presencia y cuándo la presencia de los adjuntos, que por lo general aún no están cuajados para sustentar casos de gran complejidad.
“Me dirijo a ustedes con el propósito de reiterar lo dispuesto en el oficio circular 000009-2025-MP-de febrero 2025, mediante el cual se establecieron los lineamientos de gestión que deben observarse para asegurar una adecuada distribución de la carga laboral y una óptima conducción del despacho fiscal.
En ese marco se recuerda que, conforme a lo señalado, en los numerales 4-5 y 6 del citado documento, LOS FISCALES PROVINCIALES COORDINADORES Y FISCALES PROVINCIALES, tienen la obligación de asumir directamente la conducción de las investigaciones penales que revistan especial gravedad, alta complejidad, relevancia emblemática o significativa exposición mediática, debiendo actuar con la máxima diligencia, celeridad y proactividad”, remarcó Aliaga.
Agregando: “La atención prioritaria de casos sensibles y la conducción directa de investigaciones de alto impacto, constituyen responsabilidades funcionales que no deben ser delegadas a fiscales adjuntos provinciales, salvo causa debidamente justificada.
En caso se advierta que algún fiscal provincial coordinador o fiscal provincial, se rehúsa a asumir investigaciones de esta naturaleza, se procederá a informar dicha conducta al órgano de control a fin que se evalúe la responsabilidad funcional que pudiera derivarse.
Finalmente, se exhorta qué ante la ocurrencia de casos emblemáticos con repercusión mediática, los fiscales provinciales procedan a informar de manera inmediata a esta Presidencia sobre todas las actuaciones realizadas y los resultados alcanzados, bajo responsabilidad funcional”, firma Aliaga Rezza, y tiene toda la absoluta razón.

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