- Fue por el delito de tocamientos indebidos en agravio de una menor de dos años.
El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Maynas dictó el fallo por unanimidad tras quedar plenamente acreditada la responsabilidad penal del sentenciado. Además de la pena privativa de la libertad, se fijó una reparación civil de diez mil soles y se ordenó su inmediata captura a nivel nacional.
El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de Maynas de la Corte Superior de Justicia de Loreto condenó por unanimidad a Genrry Macahuachi Isuiza (46 años) a nueve años de pena privativa de la libertad efectiva, tras hallarlo culpable como autor del delito contra la libertad sexual, en la modalidad de tocamientos indebidos (actos contra el pudor), en agravio de la menor de iniciales D.K.C.B., de tan solo dos años de edad.
El tribunal —conformado por los magistrados Tania Elena Niño de Guzmán Vilca (presidenta), Samuel Martín Soldevilla Escudero (director de debates) y Corely Armas Chapiama— dictó la Sentencia Condenatoria tras culminar la actividad probatoria en el juicio oral.
De acuerdo con la investigación judicial, los hechos ocurrieron el 2 de junio de 2024 en un inmueble del distrito de Belén, provincia de Maynas. El sentenciado, quien se encontraba bajo los efectos del alcohol, aprovechó que la madre de la menor había salido al mercado y que los demás niños dormían para realizar tocamientos en las partes íntimas de la víctima, provocándole lesiones traumáticas recientes. Al regresar, la madre descubrió la escena, confrontó al agresor y procedió a denunciarlo de inmediato ante la comisaría del sector.
Para emitir el fallo unánime, el Colegiado evaluó de manera individual y conjunta los medios probatorios presentados, tales como el Certificado Médico Legal, la Pericia Biológica de Oficio, el Dosaje Etílico, siendo este último que determinó que la persona mantenía plena conciencia de sus actos.
El tribunal además validó el testimonio persistente de la madre, respaldado por la declaración del hermano mayor de la víctima (8 años), quien abrió la puerta el día del suceso y escuchó la reacción espontánea de la niña.
Asimismo, los magistrados fijaron que el sentenciado pague la suma de diez mil soles (S/ 10 000.00) por concepto de reparación civil a favor de la menor agraviada. Se dispuso cursar de inmediato los oficios a la Policía Judicial para la búsqueda, ubicación, captura e internamiento de Genrry Macahuachi Isuiza en el Establecimiento Penal de Varones de Iquitos; ordenándose el tratamiento terapéutico obligatorio para el condenado, conforme a lo establecido en el artículo 178°-A del Código Penal.
La Corte Superior de Justicia de Loreto reafirma su firme compromiso de sancionar con severidad los delitos que atentan contra la indemnidad, integridad física y psicológica de los menores de edad.






