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Continúan audiencias del caso niño Fabio André que muriera dos días antes de Navidad

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  • Ayer el juez del Segundo Juzgado Civil, Dr. Fernando Riveros Dasilva, dictó orden de captura y conducción compulsiva al juzgado de un médico.

Se trata del médico de la clínica Sthal, Luis Carlos Castro Sánchez, quien estaba citado para el día de ayer a fin que brinde su testimonio en la Corte Superior de Justicia de Loreto, pero él optó por enviar hasta tres oficios en los que pedía dispensa al juzgado por encontrarse de viaje en Chile.
El magistrado se mostró firme indicando que en la dispensa solicitada no decía cuando era su retorno y que tampoco había tratado de conectarse al link para que lo haga de manera virtual, por lo que le impuso la conducción compulsiva del médico hasta el segundo juzgado, emitiendo la orden de captura del profesional.
Posteriormente, continuó el juicio oral con la presencia del médico implicado de la clínica, Hamilton Marín, que fue quien derivó al pequeño de 6 años al hospital regional de Loreto. A su lado estaban sus abogados y los de la clínica. También estuvieron los padres del menor y su abogado Rodil Coral, que intervino de manera virtual, ya que se encontraba por Estados Unidos. Hubo una buena transmisión.
Rodil Coral, entrevistó al perito en torno al informe pericial entregado. Hizo varias preguntas respecto a la línea de atención del menor aquel fatídico día en la clínica mencionada.
El perito mencionó que había dos niveles de emergencia para considerar la atención de un paciente. Grado uno, cuando el paciente está en muy malas condiciones y puede fallecer, así como el segundo grado cuando el paciente llega muy mal, pero que puede ir evolucionando, por lo que se le debe evaluar en un tiempo de 10 minutos.
El caso del niño era de grado dos. Siendo que respecto a el por qué no lo enviaron a la UCI de la clínica al ver que la salud del niño iba empeorando, refirió que el menor había sido enviado a la UCI del hospital porque la clínica no contaba con ese servicio.
Por lo que el abogado Coral, le dijo que en la clínica sí había capacidad resolutiva (equipos médicos, UCI) para poder internar al niño. Siendo que el perito expresó que no había UCI pediátrica. Lo que trae a colación es si la UCI existente de la clínica, es solo para adultos.
En ese caso, quienes pagan seguro familiar para atender a sus hijos, ¿cómo confiar si en caso de emergencia este establecimiento no podría ponerlos en UCI ya que no tienen UCI pediátrica? Lo real es que el caso llega a su fin en lo que concierne a la clínica, con dictado de sentencia, el próximo 19 de agosto a las 2 y 30 de la tarde.

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