- Solicitan su creación mediante proyecto de ley presentado por el Gobernador de Loreto.
- Estará encargado de priorizar y autorizar la ejecución de los proyectos y actividades del Plan de Cierre de Brechas.

Un proyecto de ley para complementar y dinamizar la inversión del plan de cierre de brechas para la población del ámbito petrolero del departamento de Loreto, será presentado por el gobernador regional de Loreto, Elisbán Ochoa Sosa.
Lo presenta ejerciendo el derecho a iniciativa legislativa que le confiere el artículo 107 de la Constitución Política del Estado y el artículo 9, literal i) de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
El proyecto de ley se denomina: Proyecto de ley para complementar y dinamizar la inversión del plan de cierre de brechas para la población del ámbito petrolero del departamento de Loreto.
El documento en su Artículo 1°, respecto al objeto de la Ley señala que tiene por objeto complementar y dinamizar la inversión del Plan de Cierre de Brechas en las poblaciones del ámbito petrolero del departamento de Loreto, mediante la transferencia de los recursos que se asignan al indicado Plan aprobado mediante Decreto Supremo N° 145-2020-PCM.
En el Artículo 2°, trata del ámbito petrolero del departamento de Loreto que está conformado por los distritos identificados en el Decreto Supremo N° 139-2019-PCM Decreto Supremo que declara de prioridad y urgencia nacional la elaboración de un Diagnóstico y un Plan de Cierre de Brechas.
Esto contempla a la población del ámbito petrolero de las provincias de Datem del Marañón, Loreto, Alto Amazonas, Requena y Maynas, del departamento de Loreto, recogidos íntegramente en el Decreto Supremo N° 145-2020-PCM que aprueba el Plan de Cierre de Brechas.
La parte económica se contempla en el Artículo 3°. De la transferencia de recursos del MEF. La transferencia de recursos a que se hace referencia en el artículo 1 de esta ley ascenderá anualmente a no menos de 300 millones de soles a partir del año 2021.
Dichos montos serán depositados por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a nombre del Gobierno Regional de Loreto, en la cuenta recaudadora de un fideicomiso.
El Gobierno Regional de Loreto conjuntamente con el Ministerio de Economía y Finanzas, designarán al fiduciario del fideicomiso. El Convenio de fideicomiso correspondiente deberá incluir aspectos relacionados con la obligación de reportar información.
El fideicomiso contará con un Consejo Directivo encargado de priorizar y autorizar la ejecución de los proyectos y actividades del Plan de Cierre de Brechas, y que estará integrado por: Tres representantes de las Federaciones de las comunidades nativas y un representante de la PCM.
Además, un representante del Gobierno Regional de Loreto. Un representante de las Municipalidades Provinciales de Loreto. Un representante de las Municipalidades Distritales de Loreto. Un representante de los Colegios Profesionales de Loreto. Un representante del Fideicomitente.
El Consejo Directivo designará un Comité Técnico encargado de evaluar y dar conformidad a los proyectos y actividades priorizados, integrado por profesionales especializados afines a los objetivos del Plan de Cierre de Brechas. (DL)





