Conforman Mesa de Trabajo para el desarrollo de la provincia Datem del Marañón

  • Está presidida por la Presidencia del Consejo de Ministros
    pobladores datem

El Ejecutivo conformó el grupo de trabajo denominado «Mesa de Trabajo para el desarrollo de la provincia Datem del Marañón del departamento de Loreto», dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, según establece una norma publicada ayer en el Diario Oficial El Peruano.
Según la norma, el grupo de trabajo tiene por objeto realizar acciones de coordinación para el desarrollo de la provincia Datem del Marañón; la coordinación intersectorial para el cumplimiento de dichas acciones; proponer un plan de trabajo que atienda las prioridades recomendadas por el Grupo de Trabajo, y otras que sean determinadas por los integrantes del grupo de trabajo.
El grupo de trabajo estará presidido por un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, e integrado por representantes de los ministerios de Energía y Minas; Vivienda, Construcción y Saneamiento; Educación; Salud; Cultura; y de Desarrollo e Inclusión Social.
Asimismo, del Gobierno Regional de Loreto; la Municipalidad Provincial del Datem del Marañón; y de las comunas distritales de Barranca, Cahuapanas, Manseriche, Morona,  Pastaza y de Andoas.
También la componen representantes de la organización representativa indígena del Datem del Marañón; la sociedad civil organizada de esa provincia; así como de la empresa Petroperú S.A.
Cada integrante del Grupo de Trabajo deberá contar con un representante titular y un representante alterno, quienes serán designados mediante documento emitido por cada entidad dentro del plazo de cinco días calendarios, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución ministerial.
El grupo de trabajo contará con una Secretaría Técnica, que recaerá en un representante de la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien estará a cargo de coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos del grupo de trabajo.
El grupo de trabajo podrá convocar a instituciones públicas o privadas o a profesionales especializados en la materia, cuya participación se estime necesaria para la consecución de sus objetivos, sin que ello genere gastos al Tesoro Público.
Las entidades que conforman el grupo de trabajo sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.  La participación de los representantes del grupo de trabajo, es ad honórem, por lo que  no irrogará gastos al Estado.
El grupo de Trabajo se instalará dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial.
El plazo de vigencia del grupo de trabajo será de seis meses, contados a partir del día siguiente de su instalación.
Vencido el plazo de vigencia del grupo de trabajo, éste dispondrá de 30 días calendario, adicionales, para presentar un informe final ante el Titular de la Presidencia del Consejo de Ministros.
La norma lleva la firma de la canciller Ana María Sánchez Ríos, encargada de la Presidencia del Consejo de Ministros.  (GL)