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Condenan a comunicador nautino por difamación

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  • A un año de pena privativa de la libertad suspendida y con reglas de conducta.
  • El Juzgado Penal Unipersonal de Loreto Nauta – CSJLO falló contra Denis Janders Flores Díaz.


El fallo dice condenar a Denis Janders Flores Díaz, de los cargos formulados como autor del delito contra el honor, en la modalidad de difamación, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 132º tercer párrafo del Código Penal, en agravio del querellante Javier Antonio Cárdenas Guevara.
Como es de conocimiento público Cárdenas Guevara se desempeña actualmente en la función de director de la Unidad de Gestión Educativa Local – UGEL Loreto –Nauta, y tras acusaciones que consideró difamatorias denunció al comunicador mencionado, para hacer valer la legalidad frente a situaciones consideradas delictivas.
Así el Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, falló contra el comunicador nautino, Denis Janders Flores Díaz, imponiéndole un año de pena privativa de libertad suspendida por el mismo plazo de la condena.
El sentenciado Flores Díaz, además debe cumplir las siguientes reglas de conducta: Prohibición de concurrir a lugares de dudosa reputación, no ausentarse del lugar de su residencia sin autorización del Juez, comparecer mensualmente al juzgado a dar cuenta de sus actividades, no volver a difamar al querellante Javier Cárdenas Guevara.
Todas estas reglas son bajo apercibimiento de revocar la suspensión de la pena y hacerlo efectivo conforme lo dispone el artículo 59 del Código Penal. En otras palabras de no cumplir con estas reglas podría ser encarcelado por el tiempo que señala la pena.
Asimismo, le imponen al sentenciado una multa de 3 mil soles y por concepto de reparación civil deberá pagar la suma de 5 mil soles a favor del querellante Javier Cárdenas.
Al ser consultados por el Juez los abogados de la defensa dijo estar conforme, mientras que el abogado del querellado señaló que no está conforme con la sentencia e interpone recurso de apelación, otorgándole la autoridad judicial el tiempo para fundamentarlo. (DL)

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