- En los últimos 30 días:
- Son el efecto de la ejecución de los diversos operativos policiales en esta jurisdicción.
El cumplimiento a disposiciones del Comando de la IV Macro Región Policial Loreto, a cargo del general José Zapata Morante las diversas unidades de esta jurisdicción vienen logrando varios resultados positivos que lo demuestran en números para bien de la Seguridad Ciudadana.
En este periodo, la operatoria policial evidencia un elevado registro de personas que fueron intervenidos por encontrarse con orden de captura, solicitados por el órgano jurisdiccional por diversos delitos como robo agravado, contra el patrimonio en la modalidad de hurto, receptación agravada, violación sexual, usurpación, delito contra la vida, el cuerpo y la salud, homicidio calificado y simple, entre otros; incluso la institución policial ha logrado la captura de personas con requisitoria de otras jurisdicciones a nivel nacional como Tacna, Lima, Cusco, Tarapoto, entre otros.
Como se recuerda, el artículo 2 numeral 15 del Decreto Legislativo 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece como función de la PNP el garantizar el cumplimiento de los mandatos escritos del Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Jurado Nacional de Elecciones, Ministerio Público y la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en el ejercicio de sus funciones.
Asimismo, el numeral 24 del artículo 4 del Decreto Supremo 026-2017-IN, reglamento de la ley de la PNP, consigna como función de la Policía Nacional el registrar y centralizar la estadística criminal, requisitorias judiciales, conducciones compulsivas e impedimentos de salida del país; así como, las referencias policiales para uso exclusivo de prevención e investigación policial. En ese sentido, con la finalidad de reglamentar el procedimiento policial en torno a dicha función.
Una requisitoria está definida como una orden judicial para la búsqueda y captura de un presunto reo o causado de un delito. Asimismo, en acepción del Tribunal Constitucional, una requisitoria es la decisión judicial en virtud de la cual se ordena la ubicación, aprehensión y conducción de grado o fuerza de una persona. Tiene como presupuesto una orden dictada en el marco de un proceso judicial que incide en algún grado en la libertad personal de un individuo y que no ha encontrado posibilidad de ejecución dada su condición de contumaz.
Las requisitorias remitidas por la autoridad judicial a la Policía Nacional, tendrán una vigencia de seis meses, caducando automáticamente al vencerse dicho plazo, salvo que fueran renovadas. En el caso de los delitos de tráfico ilícito de drogas y terrorismo no caducarán hasta que la autoridad judicial lo disponga de manera expresa.
TAMBIEN LOGRARON CAPTURAR REQUISITORIADO INCLUIDO EN EL SISTEMA DE RECOMPENSA
Asimismo, la unidad de requisitoria ha logrado la captura de Máximo Marín Yaicate (34), por presentar orden de captura – requisitoria; por el delito de tráfico ilícito de droga, quien estuvo incluido en el Sistema de Recompensa del Ministerio del Interior, siendo puesto a disposición de la unidad policial respectiva para las acciones funcionales respectivas.
Estas acciones policiales, que viene ejecutando la policía nacional en nuestra ciudad, debe seguir con contundencia y lograr las capturas de personas al margen de la ley que coadyuve al sistema de justicia y principalmente generar mayor seguridad y tranquilidad a la comunidad en general.
(C. Ampuero)