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JUZGADO DE INVESTIGACION

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JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LORETO – NAUTA
EXPEDIENTE: 00365-2023-53-1901-JR-PE-01
JUEZ: MARK ANTONY COSTA CASIQUE
ESPECIALISTA: ESAU JACOB GRANDEZ LOPEZ
MINISTERIO PÚBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO – NAUTA
IMPUTADO: HILBER LINO HUAINO HUANAQUIRI Y OTROS
DELITO: PECULADO DOLOSO AGRAVADO POR EXTENSIÓN
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO – MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL-PROGRAMA CUNAMAS
ESPECIALISTA AUD.: LORENA LIZBETH TALLEDO MARICAHUA
ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL
1.INTRODUCCIÓN. Buenos días en la ciudad de Nauta, siendo las OCHO HORAS CON TREINTA Y CUATRO MINUTOS DEL DÍA MARTES DOCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO, presentes en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de la provincia de Loreto – Nauta y mediante aplicativo google meet, a cargo del señor Juez- MARK ANTONY COSTA CASIQUE, asistido por la Especialista Judicial de Audiencia – LORENA LIZBETH TALLEDO MARICAHUA, a fin de realizarse la audiencia pública de REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN FISCAL, solicitada por la FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LA PROVINCIA DE LORETO – NAUTA en el Expediente N° 00365-2023-53-1901-JR-PE-01, seguido contra de los imputados HILBER LINO HUAINO HUANAQUIRI, MERLITA EDISA CABUDIVO IBARAN, VICTORIA ESTRADA CABUDIVO, NILDA CRISTINA CABUDIVO SILVA, MARIO VELA TUANAMA, MINOL ATILIANO VASQUEZ IBARAN, MERCEDES TUESTA MOZOMBITE, BECMAN CASTAÑEDA VELA y GLONBER ESTRADA TUISIMA por la presunta comisión del DELITO DE PECULADO DOLOSO AGRAVADO POR EXTENSIÓN en la modalidad de APROPIACIÓN, tipificado en el artículo 387° del Código Penal en agravio del ESTADO PERUANO-MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL – PROGRAMA CUNAMAS. Se deja constancia que la presente audiencia está siendo registrada mediante audio, cuya grabación demostrará el modo y forma de cómo se desarrollará la presente diligencia, conforme así lo establece el artículo 361° numeral 2) del Código Procesal Penal y el artículo 26° del Reglamento General de Audiencias, pudiendo las partes acceder a una copia de dicho registro, para tales efectos los sujetos procesales sírvanse acreditarse. II. ACREDITACIÓN. 1. MINISTERIO PÚBLICO: Dr. HECTOR FERNANDO QUISPE VEINTEMILLA, Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Loreto – Nauta (En apoyo del Fiscal Responsable Nikki Vásquez Chong), con domicilio procesal en Calle Jorge Bardales N° 229-Nauta, con casilla electrónica N° 24951, con número de celular 956638446, con correo electrónico hectorqv84@gmail.com. Queda registrado en audio. 2. ACTOR CIVIL – PROCURADURÍA PÚBLICA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO: Dr. LUIS ALONSO HUERTAS VARGAS, con registro Colegio de Abogados de Tacna N° 2545, con domicilio procesal en calle Brasil N° 483 – Iquitos y con casilla electrónica N° 72720 y correo electrónico ppedcloreto@pge.gob.pe. Queda registrado en audio. 3. IMPUTADA-MERLITA EDISA CABUDIVO IBARAN: Con DNI N° 71128339, con 34 años de edad, con fecha de nacimiento 12/07/1991, con grado de instrucción 5to de secundaria, con domicilio en San Joaquín de Omaguas. Queda registrado en audio. 4. IMPUTADO-HILBER LINO HUANIO HUANAQUIRI: Con DNI N° 41468700, con 48 años de edad, con fecha de nacimiento 12/08/1977, con grado de instrucción 5to de secundaria, con domicilio en San Joaquín de Omaguas. Queda registrado en audio. 5. IMPUTADA-VICTORIA ESTRADA CABUDIVO: Con DNI N° 41017229, con 43 años de edad, con fecha de nacimiento 26/06/1981, con grado de instrucción 2do de secundaria, con domicilio en San Joaquín de Omaguas. Queda registrado en audio. 6. IMPUTADO-MARIO VELA TUANAMA: Con DNI N° 41358995, con 45 años de edad, con fecha de nacimiento 06/12/1979, con grado de instrucción 2do de secundaria, con domicilio en San Joaquín de Omaguas. Queda registrado en audio. 7. IMPUTADO-GLONBER ESTRADA TUISIMA: Con DNI N° 45305587, con 36 años de edad, con fecha de nacimiento 28/05/1988, con grado de instrucción 5to de secundaria, con domicilio en San Joaquín de Omaguas. Queda registrado en audio. 8. IMPUTADA-MERCEDES TUESTA MOZOMBITE: Con DNI N° 48063730, con 35 años de edad, con fecha de nacimiento 17/02/1990, con grado de instrucción 3ro de secundaria, con domicilio en San Joaquín de Omaguas. Queda registrado en audio. 9. IMPUTADO-MINOL ATILIANO VASQUEZ IBARAN: Con DNI N° 80460214, con 63 años de edad, con fecha de nacimiento 08/04/1962, con grado de instrucción primaria completa, con domicilio en San Joaquín de Omaguas. Queda registrado en audio. III. OCURRENCIA DE AUDIENCIA JUEZ: Estando a la acreditación de las partes procesales, se deja constancia la inconcurrencia del defensor público adscrito a la provincia de Loreto-Nauta, Dr. Luis Enrique Maita Quispe, quien asume la defensa de los imputados de autos, precisar que mediante oficio número 03-2025 cursado por dicho letrado, Dr. Maita Quispe, el mismo comunica de que se encuentra de vacaciones del día del día 06 al día 20 de agosto del presente año, asimismo, señaló que la causa asignada a su persona iban a ser llevados a cabo por el letrado Juan Alejandro Lam Pajuelo; sin embargo, los números telefónicos consignados en el presente oficio no se encuentran operativos, precisándose que respecto el número 987573932 se encuentra apagado y el suscrito hizo las llamadas en reiteradas oportunidades y del número 918640570, este número pertenece a otra persona de sexo femenino, más no al titular como se menciona en el presente oficio, lo cual se pone a conocimiento de las partes procesales. Queda registrado en audio. FISCAL: Habiendo escuchado, señor magistrado, las razones presentadas en el oficio del defensor público, el Dr. Maita Quispe está de licencia de goce vacacional, entonces es entendible que se pueda reprogramar la presente para que no haya indefensión de los señores acusados. Queda registrado en audio. ACTOR CIVIL: Básicamente lo mismo, atendiendo que no tenemos defensor público para que asuma la defensa de los de los acusados y la misma no se podría instalar, considerando pues que esto sería un agravio constitucional a los mismos. Queda registrado en audio. JUEZ: Se procede a emitir la siguiente Res. N° 04. Queda registrado en audio. RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO. Nauta, doce de agosto del año dos mil veinticinco. VISTOS Y OIDOS: Estando a la inconcurrencia del defensor público Dr. Luis Enrique Maita Quispe, quien asume la defensa técnica de los nueve acusados en este proceso, en tal sentido, habiéndose expresado también que el mismo se encuentra haciendo uso de su derecho vacacional desde el día 06 al 20 de agosto del presente año y más aun teniendo en cuenta de que dicho defensor público es el único adscrito a esta provincia de Loreto-Nauta que ve temas relacionados con materia penal, en tal sentido, aplicar algún tipo de algún tipo de sanciones o hacer efectiva procedimientos no sería posible toda vez de que su inasistencia en todo caso estaría justificada, por lo que a efectos de no dilatar más este proceso, la misma se va a reprogramada conforme a la agenda judicial para el día MIÉRCOLES QUINCE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, se dispone se notifique la presente acta de audiencia con el contenido de la resolución número cuatro al defensor público Dr. Luis Enrique Maita Quispe en su respectivo domicilio procesal y/o casilla electrónica decir el caso, asimismo, se notifique a los imputados inconcurrentes, en este caso al señor Becman Castañera Vela y a la señora Nila Cristina Cabudivo Silva se tiene que notificar a dichos imputados a efecto que tengan conocimiento de la reprogramación de esta audiencia, precisar de que todos los concurrentes a esta audiencia quedan ya debidamente notificados en este acto, ya no se les va a notificar con una cédula porque están notificados en este acto. FISCAL: CONFORME. ACTOR CIVIL: CONFORME. IV. CONCLUSIÓN. Siendo las 08:45 minutos de la mañana damos por concluida la presente audiencia. Lo que doy fe.
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EDICTO
Expediente N° 03058-2019-87-1903-JR-PE-05, Especialista de Causa: Segundo Lucas Lozano Ríos.
Por disposición de la Señora Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, se dispuso: NOTIFICAR al imputado SAMUEL AYACHI RAMIREZ vía edicto web y judicial, conforme a lo indicado en la resolución número uno: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento mixto a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS HABILES, a efectos de que presenten por escrito los medios de defensa para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO MIXTO para el día CATORCE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, la misma que se realizara en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas (Av. Cáceres esquina con Moore – 2do Piso – Edificio Modulo Penal), excepcionalmente se realizara de forma virtual mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace: meet.google.com/gyx-cyuo-rwd; en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES, en agravio del ESTADO.
Iquitos, 18 de agosto del 2025
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EDICTO
Expediente N° 04512-2019-63-1903-JR-PE-05, Especialista de Causa: Segundo Lucas Lozano Ríos.
Por disposición de la Señora Juez del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, se dispuso: NOTIFICAR al imputado ORISON LOPEZ RAMIREZ vía edicto web y judicial, conforme a lo indicado en la resolución número tres: 1. CORRER TRASLADO del requerimiento de sobreseimiento a los sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS HABILES, a efectos de que presenten por escrito los medios de defensa para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día TRECE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS DOS DE LA TARDE, la misma que se realizara en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas (Av. Cáceres esquina con Moore – 2do Piso – Edificio Modulo Penal), excepcionalmente se realizara de forma virtual mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace: meet.google.com/euc-ywgx-nvq; en el proceso seguido en su contra por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALES, en agravio del ESTADO.
Iquitos, 18 de agosto del 2025
V-3(20, 21 y 22)

AUTO QUE RESUELVE EL REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO
RESOLUCIÓN CINCO (N. º 05)
Requena, quince de octubre del año Dos mil veinticuatro.
I. PARTE EXPOSITIVA:
OIDO a las partes y VISTO lo actuado; y CONSIDERANDO:
II. PARTE CONSIDERATIVA:
PRIMERO: En esta audiencia el Ministerio Publico a sustentado su requerimiento de sobreseimiento, en la investigación seguida contra JAVIER ARTURO NAVARRO LOPEZ, como presunto autor del delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA – DELITOS COMETIDOS POR FUNCIONARIOS PUBLICO, en la modalidad de PECULADO, en agravio del ESTADO específicamente la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JENARO HERRERA, habiendo sustentado respecto a los hechos indicando que durante los años 2012, 2013, 2014, 2015, el denunciado JAVIER ARTURO NAVARRO LÓPEZ en su condición de alcalde de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JENARO HERRERA habría recibido la suma de S/ 50,000.00 nuevos soles, S/ 506,836.00, S/ 516,544.00 y S/ 58,055.00 para la construcción y equipamiento de locales comunales (…) TERCERO: Para tal efecto debemos remitirnos a los elementos de convicción que se ha indicado en el requerimiento son los siguientes, los documentos de consultas mígales transparencia económica 2015 del 07 de octubre del 2015, consulta mígales transparencia económica 2014 del 07 de octubre del 2015, consulta mígales transparencia económica 2013 del 07 de octubre del 2015, consulta mígales transparencia económica 2012 del 07 de octubre del 2015, asimismo comprobante de pago N° 0337, comprobante de pago N° 0349, comprobante de pago N° 00069, el FAE N° 01-2014 denominado liquidación de obras, construcción de viviendas techo digno villa Jenaro Herrera segunda etapa distrito de Jenaro Herrera – Provincia de Requena – Loreto, en la cual contiene la liquidación técnica financiera de la obra construcción de vivienda, techo digno villa Jenaro Herrera segunda etapa, mediante el cual se desprende que el monto total de la ejecución fue la suma de S/ 408,577.04 sin IGV, lo demás queda grabado y registrado en audio y video.(…) III. PARTE RESOLUTIVA: Por los fundamentos expuestos que motivan la presente resolución, el Juzgado de Investigación de la Provincia de Requena, RESUELVE: DECLARAR FUNDADO EL REQUERIMIENTO FISCAL DE SOBRESEIMIENTO TOTAL DE LA CAUSA seguida contra JAVIER ARTURO NAVARRO LÓPEZ, como presunto autor del delito CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA – DELITOS COMETIDOS POR FUNCIONARIOS PUBLICO, en la modalidad de PECULADO, en agravio del ESTADO – MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JENARO HERRERA, conducta prevista y sancionada en el artículo 387° del código penal, al haberse configurado la causal de sobreseimiento establecida en el artículo 344° numeral 2° literal A del código procesal penal, esto es que el objeto de la causa no se realizó, de otro lado carece de objeto emitir pronunciamiento al extremo de la reparación civil, debiendo en todo caso la parte agraviada hacer valer su derecho conforme a ley y en la vía correspondiente, en consecuencia una vez consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución se dispone el archivo definitivo de todos los actuados en la forma y modo de ley, debiendo de anularse los antecedentes que se hubieran generado con motivo de la presente causa. QUEDAN NOTIFICADOS en este acto la parte concurrente debiendo de notificarse a las demás partes procesales.
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