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SALA PENAL

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EXPEDIENTE: 01404-2013-13-1903-JR-PE-04
ESPECIALISTA: GUTIERREZ TAFUR SONIA PATRICIA
MIN. PÚBLICO: FISCALÍA SUPERIOR ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCIÓN DE
FUNCIONARIOS DE LORETO
IMPUTADOS: RENGIFO HUALINGA, WILSON
GUERRA CHUQUIPIONDO, ALEX LEONARD
REÁTEGUI MURRIETA, RAÚL ÁNGEL
SANTILLÁN LÓPEZ, PABLO
NORONHA SALAZAR, GUILLERMO
DELITO: PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: EL ESTADO – MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TROMPETEROS
Por disposición superior notifíquese al imputado RENGIFO HUALINGA WILSON, la RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTICUATRO, de fecha quince de agosto de dos mil veinticinco, que cita a audiencia para el día TREINTA DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA; acto procesal que se realizará de manera virtual a través del aplicativo GOOGLE MEET, con el mismo LINK DE ENLACE: meet.google.com/kgm-skfb-xhk, precisándose el número de teléfono móvil 949109167 de la Especialista Judicial de Audiencias Gianira Valera Díaz y el número de teléfono móvil 920389198 de la Especialista Judicial de Audiencias Karina Argomedo Obeso, para fines de enlace y realización de la audiencia convocada; con la concurrencia obligatoria: 1) De los imputados WILSON RENGIFO HUALINGA, ALEX LEONARD GUERRA CHUQUIPIONDO, RAÚL ÁNGEL REÁTEGUI MURRIETA y PABLO SANTILLÁN LÓPEZ (Con sentencia efectiva y con suspensión de la ejecución de la pena) y GUILLERMO NORONHA SALAZAR (sentencia condenatoria suspendida en su ejecución por el periodo de prueba de tres años), a todos ellos bajo apercibimiento de declararse la inadmisibilidad del recurso que interpusieron, en caso de no participar a través de la conexión del referido aplicativo Google Meet; 2) De los abogados defensores privados de los sentenciados, bajo apercibimiento de ser excluidos de la defensa, imponérseles multa y comunicarse al Colegio de Abogados al que pertenecen, en caso de no participar a través de la conexión del referido aplicativo; 3) Del defensor público asignado para la defensa del imputado Raúl Ángel Reátegui Murrieta, bajo apercibimiento de comunicarse a su órgano disciplinario y al Colegio de Abogados al que pertenece, en caso de no participar a través de la conexión del referido aplicativo; 4) Del señor Fiscal Superior, bajo apercibimiento de ponerse en conocimiento del Órgano de Control del Ministerio Público, en caso de no participar a través de la conexión del referido aplicativo.
V-3(20,21 y 22)

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