¿Municipalidad de Punchana protege a Consorcio Glenda Freytas?

*¿Hasta cuándo las instituciones públicas seguirán soltando millones de soles a empresas que no cumplen con lo ofertado?
*Por estos ejemplos es que Loreto está en un atraso total y los jóvenes sin esperanzas a que la realidad económica cambie.

Hace unos días, el asesor del despacho de la municipalidad de Punchana, Jorge Villacorta Padilla, salió a declarar que el representante legal del consorcio Glenda Freytas, Miguel Pablo Méndez Domínguez, aceptó la intervención económica de la obra: “Mejoramiento del puente que interconecta los asentamientos humanos Glenda Freytas con nuevo Versalles ampliación (ca. 10 de Setiembre) de Villa Punchana”. El consorcio estuvo conformado por la empresa S.T.I. (de Méndez) y H&M Ingenieros Consultores Constructores de Héctor Becerra Hernández.

El contrato fue firmado con la municipalidad el pasado 26 de setiembre de 2016, con un plazo para la construcción de 365 días. La Buena Pro fue otorgada en setiembre de 2016 a 9 millones 840 mil soles. Nadie sabe si por la excesiva demora en la entrega del puente, la municipalidad de Punchana, actualmente en manos del alcalde Abog. Euler Hernández Arévalo, verificó el cobro de dicha penalidad.

El proyecto fue ganado en la modalidad de suma alzada, es decir, pasara lo que pasara, el Consorcio se hacía cargo de todos los gastos, hasta concluir con la obra que según indican, beneficiaría a 11 mil 450 personas. El mismo asesor municipal ha dicho que prefirieron la intervención económica antes que ir a los temidos arbitrajes, que solo sirven para que las empresas irresponsables obtengan más dinero del entregado por un proyecto.
¿Y qué es una intervención económica?

Según Ley: “La intervención económica de la obra es una medida que se adopta por consideraciones de orden técnico y económico con la finalidad de culminar la ejecución de los trabajos, sin llegar al extremo de resolver el contrato. La intervención económica no deja al contratista al margen de su participación contractual, manteniendo los derechos y obligaciones correspondientes”.

La decisión de la entidad de intervenir económicamente la obra, se formaliza mediante Resolución emitida por la autoridad del mismo o mayor nivel jerárquico de aquella que suscribió el contrato, debiendo indicarse el nombre del interventor, cuya designación recaerá en un funcionario de la entidad, quien será el que suscriba en forma mancomunada con el contratista o el residente de obra, los cheques de pago de la cuenta corriente abierta para tal efecto.

Dicha Resolución de Intervención Económica deberá contener lo siguiente: a) Saldo de obra a ejecutar. b) Monto de las valorizaciones aprobadas pendientes de pago. 6.- Considerando que el contratista mantiene el manejo técnico de la obra, en el caso en que ésta no se concluyera dentro del plazo contractual por razones de carácter técnico imputable al contratista, se aplicarán las penalidades respectivas, incluida la resolución del contrato, de corresponder.

En el caso que nos ocupa, esa resolución no ha sido mostrada hasta la fecha y sería muy importante que lo hagan, puesto que se podría conocer el nombre del interventor de la obra, precisar cuál es el saldo de la obra a ejecutarse, requerimiento al contratista del aporte hecho a la cuenta mancomunada, de no hacerlo podrían llegar hasta la resolución del contrato. Que luego podría llegar hasta los tribunales.
¿Les tiraron un salvavidas al Consorcio?

Todo apunta a que sí. No hay que olvidar que dicho proyecto con código 277666 fue ganado por el consorcio a un monto de 9 millones 840 mil soles, más la supervisión a cargo de Alfaro Sandoval Paul, de 320 mil soles y el estudio de Jack Randy Consultores, a 166 mil 683 soles. Los montos del Estudio Definitivo o Expediente Técnico, según el aplicativo informático SOSEM, en la fase de inversión fue de 11 millones 035 mil soles, o sea, “volando” más del 10% del monto final.

Un salvavidas que le dieron al consorcio, que por el inmenso retraso en lo ofertado, más bien ha debido ser denunciado ante los organismos correspondientes, así como obligarlo a pagar las penalidades establecidas en la Ley de Contrataciones del Estado.
Obra terminaría costando 17 millones 908 mil soles.

Esto siguiendo el mismo aplicativo informático del SOSEM, donde se aprecia el nombre del proyecto con un Presupuesto Institucional Modificado (PIM) Acumulado de 17 millones 908 mil 859 soles. Siendo que al mencionado Consorcio ya se le habría desembolsado 5 millones 373 mil 551 soles, siendo diciembre 2017 el mes del último devengado.

Es decir, ambas empresas consorciadas han recibido varios millones de soles sin que hayan mostrado absolutamente ni un poco de avance significativo. Y ya no pueden decir que la disculpa fue la creciente, puesto que tuvieron el campo despejado desde el mes de junio 2017. Entonces lo que se percibe es que los involucrados desean llegar a la proyección del aplicativo en el PIM que es el presupuesto actualizado de la entidad pública a consecuencia de las modificaciones presupuestarias, tanto a nivel institucional como a nivel funcional programático, efectuadas durante el año fiscal, a partir del presupuesto de apertura.

Y en todo este circuito viciado de la construcción, juega un papel importante el MEF, hechos y movimientos que el pueblo no entiende y que únicamente intuye que todas las obras hechas en diversas partes del Perú, sirven únicamente para que un grupo de personajes, se beneficien directamente, antes que mejoren los servicios que benefician el interés colectivo.