- Expresó el abogado de IDL Juan Carlos Ruiz Molleda.
En torno a la noticia propalada el día de ayer respecto a que EsSalud ha enviado sendas notificaciones a los moradores de tres asentamientos humanos (José Olaya, 21 de Setiembre e Iván Vásquez), dos de ellos cuentan con una sentencia a favor del Tribunal Constitucional que manda a diversas autoridades, a que atiendan las necesidades básicas de los asentamientos.
“Los asentamientos humanos ya han sido reconocidos por la municipalidad distrital de Punchana. Éstos tienen más de 30 años en la zona, estoy sumamente sorprendido por lo publicado en medios de comunicación respecto a que EsSalud los quiere desalojar.
A mí me parece más una represalia por la sentencia expedida por el Tribunal Constitucional en el caso de dos asentamientos de Punchana, donde se le exige a EsSalud y otras entidades, tomar medidas de protección para los asentamientos humanos Iván Vásquez y 21 de Setiembre.
No entiendo la reacción de EsSalud. ¿O sea, recién se percata que son asentamientos que no estaban saneados? Son asentamientos que están en proceso de saneamiento, se han instalado servicios públicos. Pienso que es por la sentencia del Tribunal Constitucional por lo que EsSalud, ahora los quiere desalojar” habla el abogado.
Aunque la situación por los dos asentamientos humanos sigue igual ¿qué hará el juzgado responsable de ver que se cumpla la sentencia del Tribunal?
-Hemos pedido una audiencia de seguimiento de ejecución de sentencia, para que se convoque a ambas partes y digan qué han avanzado. La competencia del juez no acaba cuando expide la sentencia. Corresponde al juez que convoque a audiencia y escuche ambas partes, tome en cuenta al Estado en qué ha avanzado.
Como hay un tema de presupuesto de por medio, el juez debe ordenar que se vea dicho presupuesto para el año fiscal 2025, que se prepare una partida, sobre todo para la municipalidad de Maynas para el agua potable.
Hay una serie de obligaciones y mandatos del Tribunal Constitucional, si no han cumplido con la sentencia, el juez tiene facultad de poner multas acumulativas a los funcionarios renuentes a cumplir y eso abarca hasta la destitución. Tiene responsabilidad penal por omisión de funciones. A Defensoría del Pueblo se le ha encargado el seguimiento de la sentencia.
(LMHL).





