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¿Y la ley de moral pública?.

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LA CLAVE DE UN BUEN GOBIERNO, SE BASA EN LA HONESTIDAD. (Thomas Jefferson).

Desde 1990, en la cámara de diputados primero y en el Congreso unitario  después, yace el proyecto de ley sobre moral pública, que quedó a mitad del camino, en la última legislatura del régimen que feneció en 1990. Al parecer,  nadie en el  antiguo congreso tuvo interés en promover la aprobación de un texto que resultaba importante por su carga moral, pero por razones hasta ahora no explicadas sigue siendo ignorado y al parecer en vías de extinción.

Dicho instrumento era considerado indispensable porque complementaba el artículo de la constitución del 79 que expresaba «El fiscal de la nación, por denuncia de cualquier persona o de oficio formula cargos ante el poder judicial cuando se presume enriquecimiento ilícito».

Hasta ese entonces y hasta ahora no se conoce  de ninguna denuncia de la Fiscalía contra  funcionarios o autoridades, se presume que por no haber tenido  la oportunidad de prever enriquecimiento ilícito   de nadie o si conociendo casos no hicieron uso de las facultades que le confiere tanto la Constitución como la Ley Orgánica del Ministerio Público.

El enriquecimiento ilícito es el más común de las infracciones que cometen quienes ejercen funciones públicas y cuya meta hayan sido o sean forjar riqueza rápida y fácil. La penalidad está contemplada en el artículo 401 del Código Penal.

Para algunos tal delito es de difícil probanza pero hay que tener en cuenta  que es lo contrario, si se investiga los signos exteriores de riqueza y el análisis de la declaración jurada de bienes y rentas, para poder llegar a conclusiones,  si además los presuntos implicados no pudieran probar fehacientemente la propiedad legítima y origen ilícito de sus bienes.

Por todo eso una ley de moral pública es indispensable a fin de que tanto los particulares  como el Fiscal de la Nación puedan contar.

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