
El rector, Heiter Valderrama Freyre, entregó resoluciones de nombramiento a 20 trabajadores administrativos de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP), en una pequeña y corta ceremonia realizada en el auditorio de la Biblioteca Central, siguiendo todos los protocolos sanitarios establecidos por Ley, donde solo estuvieron la autoridad y los involucrados, el lunes 27 de julio de 2020 a las 11 de la mañana.
El rector felicitó a los nuevos nombrados, quienes vienen laborando en la institución desde hace varios años de manera eficiente, y que esperaban este nombramiento para mejorar su condición laboral.
Los trabajadores en mención forman parte de los que están considerados en el Decreto Legislativo N° 276; la carrera administrativa es el conjunto de principios, normas y procesos que regulan el ingreso, los derechos y los deberes que corresponden a los servidores públicos que con carácter estable prestan servicios de naturaleza permanente en la Administración Pública.
Los servidores públicos están al servicio de la Nación. En tal razón deben: a) Cumplir el servicio público buscando el desarrollo nacional del país y considerando que trasciende los períodos de gobierno; b) Supeditar el interés particular al interés común y a los deberes del servicio; c) Constituir un grupo calificado y en permanente superación; d) Desempeñar sus funciones con honestidad, eficiencia, laboriosidad y vocación de servicio; y e) Conducirse con dignidad en el desempeño del cargo y en su vida social.
El rector estuvo acompañado del secretario general de la UNAP, abogado Kadhir Benzaquen Tuesta, y el secretario general del Sindicato Unitario de Trabajadores de la UNAP (SUTUNAP), licenciado Augusto Cárdenas Greffa, quien además es autoridad sindical nacional que expresó que actualmente están luchando para exigir al Gobierno Central la incorporación de los trabajadores CAS al régimen de contrato del DL 276.
Un servidor público nombrado es aquel que tiene derecho a la estabilidad laboral. La carrera administrativa se rige por un conjunto de principios, uno de los cuales es la estabilidad. Esto supone que ningún servidor puede ser cesado ni destituido sino por causa prevista en la ley de acuerdo al procedimiento establecido.





