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“Últimos reportes informan que hemos cumplido con adecuarnos al Diseño Corporativo del Módulo Laboral”

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  • Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, Dr. Manuel Humberto Guillermo Felipe.
  • El anuncio corresponde así a un nuevo logro de la Corte de Loreto.

Como un aspecto importante se recuerda que utilizando de la nueva tecnología informática empezó por el Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Loreto-CSJLO, cuyo presidente el Dr. Manuel Humberto Guillermo Felipe, se refiere a este sistema que fue reconocido a nivel nacional, constituyéndose en un logro para la sede judicial regional.
“Efectivamente, pese a que somos una de las Cortes nuevas en la aplicación de la Nueva Ley Procesal Laboral, sin embargo en los últimos reportes que ha emitido la Unidad del Equipo Técnico Institucional de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, nos ha informado que hemos cumplido con adecuarnos al diseño corporativo de un Módulo Laboral”.
Esto significa que “el expediente ya no es asignado a un secretario predeterminado por todo tipo de trámites y tampoco el juez tiene un secretario, digamos de modo permanente para que asista el mismo expediente”.
El presidente de la Corte de Loreto, continuó explicando que “el Módulo Corporativo se caracteriza por la aleatoriedad en la asignación de expedientes para cada fase del proceso, es decir, no hay un solo especialista o secretario auxiliar jurisdiccional para que tramite un expediente, sino que dependiendo la fase del proceso este expediente va siendo asignado por el sistema de modo aleatorio a un sin número de auxiliares jurisdiccionales”.
El Dr. Guillermo Felipe, precisó: “Es decir se trata de evitar ciertas situaciones de corrupción cuando un expediente permanece siempre desde su inicio hasta el final con un solo especialista”.
Prosiguiendo con la adecuación al sistema, manifestó: “El módulo corporativo laboral se caracteriza por el uso de herramientas tecnológicas, informáticas principalmente, así por ejemplo la notificación se realiza de forma virtual, en línea, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. ¿Qué significa esto? que cuando el juez firma una resolución ésta inmediatamente puede y debe ser enviada por los medios tecnológicos a la casilla electrónica de la parte procesal, especialmente al abogado y solo cuando se trata de notificar a testigos o emplazar con la demanda, es esos casos se hace ante el domicilio real y de modo manual como era tradicionalmente, pero, el grueso o la mayor cantidad de notificaciones se realizan con las herramientas tecnológicas, y eso ha permitido una mayor celeridad”.
Además, dijo el Dr. Manuel Guillermo, “una mayor transparencia en el cómputo de los plazos, pues el sistema siempre deja rastros, consigna de modo automático la hora, el día y desde qué computador se está enviando una notificación. Esto facilita mucho el trabajo, reduce la mayor demanda de personas, aunque sin embargo el módulo corporativo por su propio diseño requiere de más auxiliares jurisdiccionales que cuando se funciona con un órgano tradicional”.
Por ello, indicó: “En la Corte de Loreto hemos asignado personal de otras áreas con el fin de que se implemente cabalmente el Módulo y es por ello que el equipo técnico que monitorea a nivel nacional la implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, ha informado públicamente que Loreto es una de las Cortes que ha cumplido con adecuar integralmente sus servicios de justicia laboral en el orden privador al Módulo Corporativo Laboral”.
(Diana LM.)

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