-En semestre extraordinario:
– Medida fue aprobada por unanimidad y entró en vigencia desde el 1 de junio.
La Universidad Científica del Perú a través de Asamblea de Consejo Universitario desarrollada el pasado 31 de mayo, aprobó la resolución Nº 280-2010-UCP/R, que a la letra dice:
ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR, con carácter excepcional que si el estudiante cumple con el pago de las 3 primeras cuotas dentro de las fechas establecidas conforme el nuevo calendario de pagos del semestre 2010-SE (Primera 05/06/2010, Segunda 30/06/2010 y Tercera 20/07/2010), se hará acreedor al beneficio del NO pago de la cuarta cuota del semestre académico extraordinario.
ARTÍCULO SEGUNDO: PRECISAR, que los alcances de la presente Resolución no incluye a los estudiantes matriculados por créditos en el presente semestre académico 2010-SE.
La citada Resolución que fue publicada el 1 de junio tiene el objetivo de incentivar y premiar la puntualidad de los estudiantes que oportunamente de acuerdo al calendario de pago, cancelan los compromisos asumidos con la UCP.
Esta buena nueva que favorece a la familia universitaria, deja en claro que la gestión encabezada por el Dr. Juan Saldaña Rojas, tiene como objetivo la preparación del estudiante en todos los ámbitos del quehacer humano, incentivando el valor de la responsabilidad, el mismo que servirá para mejorar el desarrollo del futuro profesional. (UCP)