Recordando la oralidad en el juicio
Por: Juez Penal, Hesbert Benavente Chorres. El numeral 1) del artículo 356° del Código Procesal Penal señala que en el juicio rige, especialmente, la oralidad, dado que, es el escenario, el terreno, el camino sobre el cual se desarrollan los principios de publicidad, contradicción e inmediación y, como consecuencia de tales principios, las instituciones…