Señor presidente convoque a Consejo de Estado

Por: Dr. Edhín Campos Barranzuela

La presidenta del Poder Judicial Dr. Elvia Barrios en una interesante entrevista a un medio de comunicación social nacional, ha hecho un llamado por undécima vez al presidente de la República, para que convoque de inmediato a Consejo de Estado.
El Consejo de Estado, es la reunión de los titulares de los tres poderes del Estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, con la finalidad de articular políticas públicas y dar respuestas consensuadas a problemas de gobernanza y de gestión pública.
Según se ha podido apreciar, la representante del Poder Judicial en reiteradas oportunidades ha hecho público, la necesidad que su presidente que en esta oportunidad es el jefe de Estado, convoque a una reunión a fin de tomar acuerdos de políticas de Estado, sobre la preservación de la democracia, la continuidad del orden constitucional, la separación de poderes y la legítima gobernanza en un Estado Constitucional de Derecho.
La urgencia de la reunión de los presidentes de los tres poderes del Estado, es que el primer mandatario al encontrarse investigado por la presunta comisión de algunos delitos, ha referido expresiones no muy apropiadas contra el Poder Judicial y el Ministerio Público, a propósito de la visita de una delegación de la Organización de los Estados Americanos.
Dentro de este contexto, no está demás que se convoque también a una nueva reunión de las autoridades gubernamentales, que conforman el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia, cuya convocatoria debería tener como finalidad intercambiar ideas, acerca del presupuesto requerido para la ejecución de las acciones en el periodo 2023-2025.
Es preciso indicar, que mediante Ley 30942, se creó el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia, con el objetivo de impulsar su refundición, mediante la formulación de los criterios para la elaboración de la política nacional y la coordinación para la ejecución de políticas públicas de justicia.
Además, su finalidad es realizar un seguimiento, control, implementación y ejecución de los respectivos procesos de reforma en todo el sistema de justicia.
El Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia, se encuentra conformado por el presidente de la República, el presidente de Congreso, el/la presidente del Poder Judicial, el presidente de la Junta Nacional de Justicia, el Contralor General de la República y el Defensor del Pueblo respectivamente.
En una oportunidad, existieron cuestionamientos del propio ex presidente del Tribunal Constitucional de ese entonces Dr. Ernesto Blume, quién oficializó la presentación, ante la Oficialía Mayor del Congreso de la República, la derogación del Art. 2, inciso e) y el Art. 6, inc g) de la Ley 30942, que crea el Consejo para la Reforma del Sistema de Justicia.
Precisaba, que ante una eventual situación, podría colocar al Tribunal Constitucional, en la penosa circunstancia de haber participado en la elaboración de políticas públicas, de las que derivarían las normas objeto de cuestionamiento, lo que pondría en cuestión la imparcialidad que corresponde al Tribunal, al administrar justicia constitucional de su competencia.
El pleno del TC acordó por unanimidad de sus siete miembros no participen, por cuanto conforme lo dispone el artículo 201 de la Constitución Política, establece la autonomía de esta institución pública descentralizada, encargada del control de la Constitución.
No está demás precisar, que desde sus orígenes se ha cuestionado que este Consejo, sea presidido por el presidente de la República, pues ha indicado que la ley establece que se elige a quién preside el Consejo, sin embargo se ha dejado entrever que sea otra autoridad la que presida dicha institución, a fin de darle mayor autonomía y funcionalidad.
Asimismo, debemos indicar que este Consejo, cuenta con un Consejo Técnico, para la ejecución de sus acuerdos y serán los propios representantes de las instituciones que conforman el sistema de justicia.
Dentro, de las funciones de esta nueva entidad judicial, será la de impulsar la reforma judicial, realizar seguimiento, control y además formular criterios de evaluación para la elaboración de la política nacional de reforma del sistema de justicia.
Entretanto, es necesario generar debate para que exista una agenda judicial, que marque la pauta para que se implementen algunas reformas dentro del aparato de impartición de justicia y ello parte por la asignación dentro del Programa Estratégico Institucional de cada entidad, que se le asigne de un adecuado presupuesto para la ejecución de los bienes y servicios públicos.
No cabe duda, que la agenda judicial de esta institución, se irá ampliando a medida que se den a conocer el plan de trabajo institucional, pues urge realizar cambios en la reforma judicial, a fin de que se preserve el respeto al orden constitucional, se garantice el sistema democrático y además la plena autonomía e independencia del Poder Judicial.
La convocatoria a esta nueva reunión institucional, no debe quedar en solo eso, “una reunión “, sino se debe plasmar en una buena toma de decisiones, a fin de robustecer el sistema de justicia, tan sensible y descuidado durante estos últimos años, pues si no se hace, se corre el riesgo de seguir deslegitimizando a las autoridades de cada una de las instituciones que componen esta nueva entidad estatal.
Finalmente, consideramos que la agenda es bastante amplia, sin embargo el presidente debe convocar por lo pronto al Consejo de Estado y así coordinar con sus pares, la políticas de estado y de gestión pública y así se optimice la impartición de justicia, pues urge implementar una verdadera política pública de justicia, que le cambie el rostro y todo el cuerpo a la dama de justicia.