24.2 C
Iquitos
spot_img

Se realizó primer Pleno Jurisdiccional Distrital Penal en la Corte de Loreto

Date:

Share:

  • El sábado durante la mañana, en el auditorio de la sede judicial.
  • Participaron los magistrados de la CSJLO, así como fiscales, abogados defensores públicos y privados que fueron invitados.

El sábado en horas de la mañana se realizó el primer Pleno Jurisdiccional Distrital Penal 2018 de la Corte Superior de Justicia de Loreto, en los ambientes del auditorio de la sede judicial. Contó con la participación de los magistrados (jueces), así como fiscales y abogados defensores públicos y privados que fueron invitados.
La finalidad del primer Pleno Jurisdiccional es que los jueces del área penal unifiquen su jurisprudencia, en relación a la prescripción en los procesos que el fiscal no emitió la disposición de formalización y continuación de la investigación preparatoria.
En el Pleno del reciente sábado la participación de los invitados que fueron fiscales penales y abogados de la defensa, tanto públicos como privados, fue en calidad de panelistas. Ellos aportaron al debate jurídico.
Uno de los objetivos fue pacificar el criterio jurisdiccional en relación, si los proceso penales en los que se emite directamente la acusación de flagrancia en proceso inmediato, se da o no la figura de la suspensión o interrupción de la prescripción.
Su importancia radica en establecer si por esa vía, el proceso penal se pueda archivar o no, es decir, si la interposición de dichos medios de defensa obstaculiza o no que un proceso pueda llegar a juicio y eventual sentencia de condena.
Se explicó que la importancia de un acuerdo plenario proveniente de los jueces está en el hecho de que fija criterios orientados para hacer una justicia más predecible como mecanismos de generar confianza y seguridad jurídica en las justiciables y la sociedad, así como transparentar la justicia penal.
Esto viene generando gran expectativa en la comunidad jurídica de la región Loreto, porque si bien, no es vinculante para los mismos jueces, tiene la virtud de tratar de agotar el mayor número de argumentos en pro de una u otra posición sobre la prescripción, vale decir sobre el archivo de un caso penal.
Entonces, cuando un juez no observe el acuerdo plenario, debe fundamentar su criterio jurisdiccional en nuevos argumentos que no fueron debatidos en el Pleno Jurisdiccional, de lo contrario incurriría en responsabilidad funcional. (Diana López M.)

PORTADA DEL DÍA

PUBLICIDAD

━ más noticias

“No puede ser que nuestros ríos que son lo más valioso que tenemos, se tengan que ir a regiones de la costa”

Declaró la vicegobernadora de Loreto, Dolibeth Bardales Manrique. Claramente se refiere a la ley promulgada por este Congreso que está de salida, lo que en...

Justicia en la Amazonía: a bordo de la PIAS Napo se dictó medidas de protección inmediatas a favor de mujer que sufría violencia

En un despliegue de justicia itinerante y eficaz en las zonas más alejadas del país, Dr. Elvis Ayarza Bardales, que viaja a bordo de...

Estrés crónico: señales de alerta y recomendaciones para prevenir sus efectos

Docente de la UTP advierte que vivir en estado permanente de tensión puede afectar el bienestar, el rendimiento diario y las relaciones personales. El estrés...

Corte de Loreto recibió alumnos y profesores de la I.E. Mariscal Oscar R. Benavides del programa “Ruta del adolescente en conflicto con la ley”

La Corte Superior de Justicia de Loreto junto con el programa preventivo del Ministerio Publico del Perú, busca disuadir a los escolares de cometer...

Dictan siete meses de prisión preventiva contra dos extranjeros por minería ilegal en el río Putumayo

La Corte Superior de Justicia de Loreto a través del Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas a cargo del Abg. Alejandro Fernández Shuña,...

PUBLICIDAD