- MEF aprobó desembolso para las que lograron el apalancamiento.
El proceso estuvo sujeto a un estricto proceso de control técnico de los expedientes presentados y los únicos que pudieron superar la valla fueron siete. La documentación fue revisada por el MEF y por la Contraloría.
Hoy lunes nuevamente se reunirá el directorio del Fideicomiso indígena para tratar de que se les amplié el plazo a las que han quedado fuera. Habrá que esperar que respuesta les dará el nuevo gabinete.
Resolución Viceministerial que aprueba el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y la Municipalidad Distrital de Pastaza, en el marco de lo previsto en el Decreto Supremo N° 085-2026-EF. Resolución Viceministerial 0007-2026/EF.
“Dicho Convenio de Traspaso de Recursos establece las condiciones para el reembolso de los recursos derivados de la citada operación de endeudamiento interno al Ministerio de Economía y Finanzas, con cargo a los Recursos Determinados que le corresponden a la referida Municipalidad provenientes del Fideicomiso del Plan de Cierre de Brechas para la población del ámbito petrolero de las provincias de Datem del Marañón, Loreto, Alto Amazonas, Requena y Maynas, del departamento de Loreto, constituido en el marco del numeral 3.3 del artículo 3 de la Ley N° 30897, Ley de Promoción de la Inversión y Desarrollo del Departamento de Loreto.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Se aprueba el Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, y la Municipalidad Distrital de Pastaza, en el cual se establecen los términos y las condiciones para el traspaso de los recursos derivados de la operación de endeudamiento interno aprobada en virtud del artículo 1 del Decreto Supremo N° 085-2026-EF que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial.
Artículo 2.- Servicio de la Deuda
Se dispone que el mecanismo de reembolso a cargo de la Municipalidad Distrital de Pastaza a favor del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la operación de endeudamiento interno aprobada en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 085-2026-EF, es con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Determinados que le corresponden a la municipalidad provenientes del Fideicomiso del Plan de Cierre de Brechas.





