- Sustento del pedido de prisión preventiva lo hará un fiscal superior.
En su debido momento la noticia de pedido de prisión preventiva (9 meses) contra el gobernador regional de Loreto y varios funcionarios, causó conmoción en la población y mucho más en los propios investigados. Luego decayó debido a que la jueza de investigación, declaró improcedente el pedido en primera instancia. La fiscalía apeló.
El caso está en el expediente 00555-2022-91-1903-JR-pe-01. Imputados: José Luis Damián Zárate (candidato a la alcaldía en Tarma). Elisban Ochoa Sosa (actual gobernador). Gabriel Alejandro Gómez Saldaña. Heidy Adriana Lazo Campos. Andrés Macedo Saboya. Arcadio Gómez Cárdenas. Roberto Danilo Tello Pezo. Joiner Martin Vásquez Egoavil. José Ricardo Young Gonzales. José Nelson Cabanillas Mendo y Leonor Espinoza Jara, por el presunto delito de peculado doloso.
Los investigados Elisbán Ochoa Sosa, Andrés Macedo Saboya y Roberto Danilo Tello Pezo, solicitan permiso para ausentarse de la ciudad. A lo que les respondieron que de acuerdo a lo previsto en
según el artículo 27° del código procesal penal las salas penales son competentes para conocer–entre otros- del recurso de apelación contra los autos y las sentencias en los casos previstos por la ley.
Asimismo, el artículo 409°.1 de la acotada norma, precisa que la impugnación confiere al tribunal revisor competencia solamente para resolver la materia impugnada; estando a ello, tendrían que haber formulado su pedido conforme a ley en la instancia que corresponda.





